ayudas para el mantenimiento y mejora de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria de ganado ovino y vacuno de la provincia · 2027

Título oficial: Convocatoria de ayudas para el mantenimiento y mejora de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria de ganado ovino y vacuno de la provincia de Burgos, año 2027. (ADS/2027)

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES412 - Burgos. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 50.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las actuaciones impuestas en la concesión, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • La cuenta justificativa de los gastos realizados en la actividad subvencionada, según modelo Anexo II de las Bases de la Convocatoria. La Cuenta justificativa se acompañará de copia de las facturas.
  • Declaración de estar al corriente con la Seguridad Social y Hacienda si hubieran variado las circunstancias respecto a la solicitud
  • 2. Para las personas jurídicas, únicamente se admitirán como documentos justificativos aquellos que tengan entrada a través de la sede electrónica de la Diputación de Burgos. El catálogo de trámites comprensible de la documentación clasificada para justificar la subvención figura en la sede electrónica con la denominación: “Justificación de subvenciones”. Para las personas físicas que hayan elegido la vía electrónica como inicio del procedimiento, estarán sujetas al régimen de justificación establecido en el apartado anterior. Las personas físicas que hubieran elegido la vía presencial como inicio del procedimiento, podrán presentar la documentación justificativa en cualquiera de los lugares establecidos en el art.
  • 4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • 3. Se establece como plazo máximo para presentar la justificación de la subvención el 31 de octubre de 2027.
  • 4. No se contempla la posibilidad de realizar pagos anticipados ó abonos a cuenta.
  • 5. Se establecen las siguientes sanciones por incumplimiento del plazo de presentación
  • Hasta dos meses de demora en la presentación de la justificación: minoración de un 10% de la subvención.
  • Entre dos meses y un día y cuatro meses: minoración de un 20% de la subvención.
  • Entre cuatro meses y un día y ocho meses: minoración de un 40% de la subvención.
  • Más de ocho meses y un día: Pérdida/reintegro de la subvención. DUODÉCIMA.- Protección de datos de carácter personal
  • 1. Los datos de carácter personal facilitados por los solicitantes y beneficiarios de esta Convocatoria serán incluidos en ficheros titularidad de la Diputación Provincial de Burgos, los cuales se encuentran inscritos en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de tramitar la correspondiente subvención. Los titulares de estos datos pueden ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición sobre ellos enviando comunicación escrita a: Diputación Provincial de Burgos - Paseo del Espolón, 34, 09001 Burgos (Ref. Protección de Datos).
  • 2. De igual modo, los datos personales de terceros que se hayan facilitado para la tramitación de las subvenciones objeto de la presente Convocatoria serán incluidos en los ficheros responsabilidad de la Diputación Provincial de Burgos, siendo responsabilidad del solicitante dar traslado de este hecho a las personas afectadas.
  • DISPOSICIÓN FINAL Contra las presentes Bases, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición potestativo, ante la Junta de Gobierno de esta Diputación en el plazo de un mes, de conformidad con el art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo podrán ser impugnadas directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Burgos, en el plazo de dos meses a tenor de lo establecido en el art. 8 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, tras la modificación introducida por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre. Ambos plazos contados a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo.
  • EL REPRESENTANTE LEGAL (Sello y Firma) Fdo.: ……………………………………………………………………… Fdo.: …………………………………………………..................................... APD La presentación de esta solicitud implica, a los efectos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el fichero correspondiente de esta Diputación, si endo tratados de forma totalmente confidencial y únicamente podrán ser tratados para el estricto cumplimiento de las funciones derivadas de la solicitud. El interesado podrá ej ercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en cual quier momento y en los términos previstos en la legislación vigente, y siendo res ponsable del fichero la Diputación. (1) Adjuntar copias simples de los Acuerdos de concesión de las ayudas junto con este impreso y especificar, en su caso, la fase o parte del proyecto que está cofinanciado.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Agricultura, Pesca y Alimentación