ayudas individuales de movilidad educativa para el alumnado de enseñanzas postobligatorias de Vilada, curso 2026-2027

Título oficial: Convocatoria de ayudas individuales de movilidad educativa para el alumnado de enseñanzas postobligatorias de Vilada, curso 2026-2027

Esta convocatoria tiene por objeto establecer los requisitos y el procedimiento para otorgar ayudas individuales de movilidad a alumnos matriculados en enseñanzas postobligatorias en centros públicos y/o privados dentro o fuera de la comarca del Berguedà durante los cursos correspondientes a la convocatoria. Esta convocatoria se financia con las ayudas de la Diputación de Barcelona de «Financiación de programas de apoyo a la movilidad equitativa», en el marco de la convocatoria del Catálogo de servicios 2026 del Plan de cooperación Xarxa de Governs Locals 2024-2027.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILADA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.200,00 €. Inicio: 02/11/2026. Plazo: Fin: 30/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • CRITERIOS DE OTORGAMIENTO Y VALORACIÓN El presupuesto máximo que se destinará este año a la concesión de las ayudas reguladas en estas bases será de 1.200 €, que se distribuirá equitativamente entre todas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos, con un importe máximo de 350 € por alumno y curso.
  • La solicitud de las ayudas supone la plena aceptación de las bases y deberá ir acompañada de toda la documentación requerida. Las personas interesadas en solicitar estas ayudas deberán presentar al Ayuntamiento la siguiente
  • Solicitud en modelo normalizado, en la que también constarán los datos de domiciliación bancaria para el pago de las ayudas y la autorización al Ayuntamiento para comprobar los datos de empadronamiento. Fotocopias del DNI del alumno y, en caso de que sea menor de edad, de sus tutores. Justificante de matrícula del curso 2026-2027. Declaración responsable de no ser beneficiario/a de las becas del «Ministerio de Educación», ya que dichas becas contemplan el transporte, o de no recibir ningún otro tipo de ayuda para el transporte por estudios. Declaración jurada o responsable de utilizar el transporte público para desplazarse a los centros educativos donde se cursan los estudios postobligatorios. Las solicitudes, junto con la documentación, deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Vilada mediante instancia genérica a través de la web municipal www.vilada.cat o presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento, en horario de atención al público.
  • SUBSANACIÓN DE DEFECTOS U OMISIONES DE DOCUMENTACIÓN En caso de que la documentación presentada sea incorrecta y/o incompleta, la subsanación de defectos o la aportación de documentación se realizará, previo requerimiento y con la advertencia de desistimiento, en el plazo máximo de 5 días naturales desde su notificación. Si transcurrido este plazo no se han subsanado los defectos o no se ha aportado la documentación preceptiva, se entenderá que la persona interesada ha desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el 2 de noviembre de 2026 y finalizará el 30 de noviembre de 2026.
  • ÓRGANOS COMPETENTES La ordenación e instrucción del procedimiento se llevará a cabo por el Área de Educación del Ayuntamiento de Vilada. La valoración de las solicitudes presentadas la efectuará la comisión calificadora constituida por el Equipo Básico de Atención Social. Actuará como secretario de la comisión calificadora el secretario de la corporación. La comisión calificadora emitirá una propuesta de valoración y concesión, que elevará al órgano competente. El órgano responsable de la resolución del procedimiento para el otorgamiento de las ayudas será la Junta de Gobierno Local o la Alcaldía.
  • PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN El plazo para resolver y notificar el otorgamiento de las ayudas será, como máximo, el año natural de la convocatoria. La falta de resolución dentro de este plazo máximo tendrá efectos desestimatorios de las solicitudes, pero no eximirá al Ayuntamiento de resolver expresamente. Una vez acordada la concesión de las subvenciones, estas se notificarán a las personas interesadas en un plazo máximo de 10 días desde la fecha de aprobación de la resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En la notificación se hará constar si la resolución pone fin o no a la vía administrativa, así como los recursos, los plazos y los órganos ante los que pueden interponerse.
  • ACEPTACIÓN Por parte de las personas beneficiarias, una vez se les haya comunicado el acuerdo de concesión, no será necesario aceptar expresamente la ayuda, sin perjuicio de la posibilidad de que la persona beneficiaria renuncie a ella, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
  • FORMA DE PAGO El pago de la ayuda concedida se efectuará en un único abono en la cuenta corriente facilitada y no más tarde del día 24 de diciembre de 2026. Ajuntament de Vilada
  • OTRAS CONSIDERACIONES La presentación de la solicitud para recibir la ayuda implica la aceptación de todos los puntos de esta normativa y, por tanto, cualquier incumplimiento de alguno de ellos puede ser causa de revocación de la ayuda. En todo lo no previsto en estas bases y convocatoria se estará a la normativa aplicable. Ajuntament de Vilada

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Esta convocatoria tiene por objeto establecer los requisitos y el procedimiento para otorgar ayudas individuales de movilidad a alumnos matriculados en enseñanzas postobligatorias en centros públicos y/o privados dentro o fuera de la comarca del Berguedà durante los cursos correspondientes a la convocatoria. Esta convocatoria se financia con las ayudas de la Diputación de Barcelona de «Financiación de programas de apoyo a la movilidad equitativa», en el marco de la convocatoria del Catálogo de servicios 2026 del Plan de cooperación Xarxa de Governs Locals 2024-2027.