Convocatoria ayudas garantia alimentaria con cargo a impuestos 0,7% IRPF y sociedades

1. El objeto de esta convocatoria es financiar proyectos y actuaciones de entidades sin ánimo de lucro destinadas a cubrir las necesidades básicas de personas y familias en situación de precariedad económica con el fin de reducir las situaciones de vulnerabilidad o exclusión social.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES53 - ILLES BALEARS. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SERVICIOS SOCIALES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.340.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Pueden solicitar las ayudas que establece esta convocatoria las entidades que
  • Estar constituidas como entidades privadas sin ánimo de lucro con una antigüedad mínima de dos años en la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Estar constituidas legalmente e inscritas como entidades prestadoras de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears en la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo que dispone el capítulo II del Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el que se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular.
  • Los estatutos de la entidad tienen que incluir, como beneficiarias de sus actividades o intervenciones, a las personas o familias en situación de riesgo o exclusión social del ámbito territorial de las Illes Balears, sin limitarlo a un colectivo o sector concreto o específico de población por razones de salud, discapacidad, dependencia, edad, procedencia o cualquier otra condición.
  • Disponer de sede o delegación permanente y activa en las Illes Balears y desarrollar las actividades de manera real y efectiva en el ámbito de la comunidad autónoma.
  • Disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficiente y necesaria para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Haber presentado la justificación, si corresponde, de las ayudas o las subvenciones que hayan recibido anteriormente de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • No estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o a ningún procedimiento sancionador.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones que establecen el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres. Pl. de la Drassana, 4 07012 Palma Tel. 971 17 72 00 www.caib.es 11
  • Cumplir la obligación que establece el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia ante la violencia.
  • En el caso de tener personal contratado, disponer de un sistema de gestión preventivo en algunas de las modalidades previstas y de un plan de prevención de riesgos laborales de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Disponer, en caso de que estén obligadas por la normativa vigente, de un plan de igualdad, de acuerdo con lo que estipulan la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; el Real decreto ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el trabajo y la ocupación, y la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad entre mujeres y hombres.
  • No incurrir en las prohibiciones y limitaciones establecidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no-discriminación; la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI; la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar el LGTBI-fobia, y la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears o cualquier otra aplicable y que no hayan sido objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género. De acuerdo con el
  • Disponer de la infraestructura necesaria para llevar a cabo el proyecto de distribución de alimentos entre las entidades dedicadas al reparto de alimentos.
  • Estar realizando de forma efectiva la distribución de alimentos entre las entidades dedicadas al reparto de alimentos desde el 1 de enero de 2026.
  • Las entidades que presenten solicitudes para la modalidad 2, además de los
  • requisitos generales, tienen que cumplir los siguientes:
  • Acreditar la participación de un mínimo de personas voluntarias a lo largo del ejercicio de 2025 en actividades relacionadas con el objeto de esa
  • Para las entidades de la isla de Mallorca: 75.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables · eligible
    En la modalidad 1, son subvencionables los gastos derivados directamente del
  • Gastos subvencionables · eligible
    El personal contratado por la entidad y destinado para el desarrollo del proyecto, con un gasto máximo de 50.000 euros del proyecto aprobado. Pl. de la Drassana, 4 07012 Palma Tel. 971 17 72 00 www.caib.es 16
  • Gastos subvencionables · eligible
    La diferencia entre el importe total del proyecto y el importe destinado a personal se distribuirá entre los gastos que se indican a continuación.
  • Gastos subvencionables · eligible
    La adquisición de alimentos u otros productos de primera necesidad para entregar a los usuarios en el desarrollo de proyectos de intervención de entidades dedicadas al reparto de alimentos, con un mínimo del 90 % del importe del proyecto aprobado.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos corrientes necesarios para llevar a cabo los servicios o las actividades (telefonía fija y móvil y acceso a Internet, material fungible, etc.) y para mantener los espacios o locales donde se llevan a cabo los servicios o las actividades (alquiler; suministro de agua, electricidad y gas; etc.), con un máximo del 7 % del importe del proyecto aprobado.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos de justificación, mediante un informe de auditoría, con un máximo del 3 % del importe del proyecto aprobado.
  • Gastos subvencionables · eligible
    En la modalidad 2, son subvencionables los gastos derivados directamente del
  • Gastos subvencionables · eligible
    La adquisición de alimentos u otros productos de primera necesidad (higiene personal o limpieza del hogar) para entregar a los usuarios en el desarrollo de proyectos de intervención, con un mínimo del 90 % del importe del proyecto aprobado. Se incluye en este apartado la adquisición de tarjetas de prepago cargadas y entregadas a favor de los usuarios para adquirir productos de primera necesidad. En caso de que la entidad opte por esta metodología, tiene que garantizar que el uso de la tarjeta se limita a la adquisición de alimentos o productos de primera necesidad, bien mediante el mismo sistema de las tarjetas, bien mediante controles posteriores llevados a cabo por la entidad.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos de justificación, mediante un informe de auditoría, con un máximo del 3 % del importe del proyecto aprobado. Los destinatarios de las tarjetas solo podrán cambiarlos por alimentos o artículos para la higiene, como por ejemplo jabón, champú y pasta de dientes, así como productos de higiene femenina menstrual y pañales infantiles. En
  • Gastos subvencionables · eligible
    Todo tipo de bebidas y refrescos que contengan gas, azúcar o productos sustitutivos. Pl. de la Drassana, 4 07012 Palma Tel. 971 17 72 00 www.caib.es 17
  • Gastos subvencionables · eligible
    Bebidas alcohólicas de todo tipo.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Productos dietéticos.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Bollería y golosinas.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Productos elaborados, a excepción de legumbres precocinadas y conservas.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Productos de estética.
  • Gastos subvencionables · eligible
    En la modalidad 3, son subvencionables los gastos derivados directamente del
  • Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos de adquisición de alimentos, los gastos derivados de la adquisición de material necesario para repartir la comida (recipientes, envases, etc.) y los gastos corrientes necesarios para el mantenimiento de los espacios o locales donde se llevan a cabo los servicios o las actividades (alquiler; suministro de agua, electricidad y gas; etc.), con un mínimo del 90 % del importe del proyecto aprobado.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos corrientes necesarios para llevar a cabo los servicios o las actividades (telefonía fija y móvil, acceso a Internet, material fungible, etc.), con un máximo del 7 % del importe del proyecto aprobado.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Ámbito temporal El periodo subvencionable incluye desde el día 1 de enero de 2027 hasta el 31 de diciembre de 2027.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Presentación de solicitudes, plazos y documentación

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. El objeto de esta convocatoria es financiar proyectos y actuaciones de entidades sin ánimo de lucro destinadas a cubrir las necesidades básicas de personas y familias en situación de precariedad económica con el fin de reducir las situaciones de vulnerabilidad o exclusión social.