AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS NO PRODUCTIVOS (PROMOTORES PRIVADOS) EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLL · 2023/2027

Título oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS NO PRODUCTIVOS (PROMOTORES PRIVADOS) EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL (LEADER) DEL GRUPO DE ACCION LOCAL (GAL) ADRI CERRATO PALENTINO EN EL PERÍODO 2023-2027

La presente convocatoria tiene por objeto la regulación de la concesión de ayudas en el ámbito territorial del GAL ADRI Cerrato Palentino y en el marco de la medida 7119.2 de la Intervención LEADER del PEPAC 2023-2027 de proyectos no productivos (promotores privados). Las ayudas reguladas en la presente convocatoria se concederán de acuerdo con lo previsto en el primer párrafo del apartado 1 del artículo 79 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES414 - Palencia. La gestiona CERRATO PALENTINO - ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL INTEGRAL DEL CERRATO PALENTINO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 67.967,22 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de las ayudas enmarcadas en la medida 7119.2 dentro de los que se identifican en el artículo 6 de la Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León, por la que se aprueba el régimen de ayudas para la aplicación de Estrategias de Desarrollo Local (LEADER) en Castilla y León en el período 2023-2027 (BOCyL nº 40 de
  • Promotores privados que se relacionan a continuación:
  • Fundaciones y Asociaciones, así como cualquier otra en Ɵdad, asocia Ɵva o societaria, con personalidad jurídica. En el caso de Fundaciones y Asociaciones, cuando el ámbito de actuación según sus Estatutos sea superior al provincial, se deberá jus Ɵficar adecuadamente su vinculación efec Ɵva en el territorio de actuación del GAL.
  • Comunidades de bienes u otras en Ɵdades de Ɵpo comunal, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las inversiones o ac Ɵvidades que moƟvan la concesión de la subvención. En estos casos, los comuneros nombrarán un representante o apoderado único y, en documento que se incorporará al expediente, manifestarán sus respec Ɵvas par Ɵcipaciones en la cosa común y
  • Personas de derecho público de base asociativa privada, como las Comunidades de Regantes o los Consejos Reguladores de las indicaciones de calidad. Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir las obligaciones y requisitos establecidos en el arơculo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, además del arơculo 7 del régimen de ayudas para la aplicación de Estrategias de Desarrollo Local (LEADER) en CasƟlla y León en el período 2023-2027 (BOCyL nº 40 de 26 de febrero de 2024), los criterios de selección y de baremación de proyectos señalados en el Procedimiento de GesƟón del GAL en vigor (PG).
  • PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, y finalizará el 27 de diciembre de 2027 (inclusive) excepto para el GAL ADRI Cerrato Palentino, que finalizará el 31 de diciembre de 2027 (inclusive). Sólo se podrá tener un expediente con ayuda por beneficiario, con la excepción del GAL ADRI Cerrato Palentino, que no tiene límite para la presentación de solicitudes de ayuda. La presentación de la solicitud y su registro podrá realizarse de forma presencial - en la oficina técnica del Grupo de Acción Local - o de forma telemá Ɵca a través de la aplicación informá Ɵca GesƟón de ayudas LEADER Externa GALE (hƩps://parƟculares.ayg.jcyl.es/) La aplicación informáƟca GALE asignará un número correlaƟvo al expediente de ayudas y generará el correspondiente impreso oficial de solicitud de ayuda, el cual deberá ser firmado por la persona İsica solicitante o la representante legal en el caso de personas jurídicas. Los documentos para la presentación de las solicitudes se pueden encontrar en la página web del GAL
  • La solicitud se acompañará de los documentos que, a continuación, se indican:
  • Acreditación de personalidad del titular. A efectos de justificar la representatividad del solicitante, según el caso que se trate se acompañará la
  • Certificados de encontrarse al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social o autorización para su consulta.
  • Acreditación de la gestión del IVA, en caso de solicitar su subvencionalidad. Podrá subvencionarse el IVA no recuperable, que sea costeado de forma efec Ɵva y defini Ɵva por el
  • establecimientos de carácter social, se deberán aportar:
  • 5  Un acuerdo de reconocimiento de exención de IVA para las actividades que desarrolla, emitido por la AEAT (podrá sustituirse por los estatutos, en este caso el GAL deberá comprobar que se cumplen los requisitos establecidos en el apartado tres, del artículo 20, de la citada Ley),  una certificación de no haber efectuado declaración de IVA en el último ejercicio (o una copia de la liquidación del IVA en el caso de realizar tanto actividades exentas como no exentas)  y una certificación en vigor de la situación censal, emitidas también por la AEAT.
  • Memoria del solicitante (en modelo normalizado).
  •  Cuando las inversiones previstas contemplen la ejecución de obra civil, se deberán aportar los documentos técnicos exigidos para su ejecución por la Administración competente (Memoria Valorada; Proyecto Básico o Proyecto de Ejecución). Aunque la administración no exija documentación técnica según la legislación, se deberá presentar la documentación que permita valorar las inversiones: memoria, resumen de presupuesto y planos (localización, planta alzados y distribución).
  • Cualquier otra documentación necesaria para la resolución de ayuda.
  • RÉGIMEN DE RECURSOS FRENTE A LOS ACUERDOS DEL ÓRGANO DE DECISIÓN DEL
  • CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES Los criterios de selección en base a los que se valorará cada solicitud y que servirán para establecer el
  • LÍMITE MÁXIMO DE AYUDA El límite máximo de ayuda total es de 3.000,00 € (tres mil euros), independientemente de que la aplicación a la inversión del porcentaje de ayuda resultante de la aplicación de los criterios de selección y baremación del proyecto disponga una ayuda mayor. Este límite de ayuda no se aplicará a los proyectos no producƟvos promovidos por el GAL ADRI Cerrato PalenƟno, cuyo máximo de ayuda será el establecido en el Régimen de Ayudas 2023-2027.
  • PAGOS A CUENTA DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS Se podrán realizar pagos a cuenta de las subvenciones concedidas en función de los gastos jusƟficados por el beneficiario.
  • OBLIGATORIEDAD DEL NO INICIO DE LAS INVERSIONES No será subvencionable a efectos de concesión de ayudas ninguna inversión que se haya iniciado antes de que se presente la solicitud de ayuda y realizado el acta de no inicio, a excepción de las inversiones en proyectos realizados por el GAL ADRI Cerrato Palen Ɵno, que sí que podrán haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud, siempre y cuando no esté finalizado el proyecto, y para los cuales se realizará acta de no finalización.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por objeto la regulación de la concesión de ayudas en el ámbito territorial del GAL ADRI Cerrato Palentino y en el marco de la medida 7119.2 de la Intervención LEADER del PEPAC 2023-2027 de proyectos no productivos (promotores privados). Las ayudas reguladas en la presente convocatoria se concederán de acuerdo con lo previsto en el primer párrafo del apartado 1 del artículo 79 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021. La finalidad de la convocatoria es auxiliar aquellos proyectos Ɵpificados en el Anexo I de la Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Cas Ɵlla y León, por la que se aprueba el régimen de ayudas para la aplicación de Estrategias de Desarrollo Local (LEADER) en CasƟlla y León en el período 2023-2027 (en adelante, Régimen de Ayudas). Los municipios de la provincia de Palencia que comprenden el ámbito territorial para la aplicación de la presente convocatoria son: Alba de Cerrato, Antigüedad, Astudillo, Baltanás (Valdecañas de Cerrato), Castrillo de Don Juan, Castrillo de Onielo, Cevico de la Torre, Cevico Navero, Cobos de Cerrato, Cordovilla la Real, Cubillas de Cerrato, Dueñas, Espinosa de Cerrato, Hérmedes de Cerrato, Herrera de Valdecañas, Hontoria de Cerrato, Hornillos de Cerrato, Magaz de Pisuerga, Melgar de Yuso, Palenzuela, Población de Cerrato, Quintana del Puente, Reinoso de Cerrato, Soto de Cerrato, Tabanera de Cerrato, Tariego de Cerrato, Torquemada, Valbuena de Pisuerga, Valdeolmillos, Valle de Cerrato, Venta de Baños, Vertavillo, Villaconancio, Villahán, Villalaco, Villamediana, Villamuriel de Cerrato, Villaviudas, Villodre y Villodrigo; según las ordenes AGR/647/2023 y AGR/1048/2023, por las que se aprueban el ámbito territorial del GAL, las Estrategias de Desarrollo Local y se confiere la condición de Grupo de Acción Local en CasƟlla y León.