AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL FOMENTO ENTRE LOS JÓVENES DEL USO DE LAS TIC EN EL ÁMBITO EDUCATIVO Y SOCIAL 2026.

Título oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL FOMENTO ENTRE LOS JÓVENES DEL USO DE LAS TIC EN EL ÁMBITO EDUCATIVO Y SOCIAL 2026.

Es objeto de esta convocatoria conceder, en el régimen de competencia competitiva, ayudas para la compra de equipo tecnológico (ordenador de mesa, ordenador portátil, tablet, impresora, ratón, teclado, memoria extraíble USB, scanner, altavoces ...) por importe máximo de 500 euros. Dicha ayuda va dirigida a los jóvenes que alcancen la mayoría de edad a lo largo del 2.026 y nacidos en el año 2.00 8, así como los que hayan cumplido la mayoría de edad en el año 2.025, nacidos en 2.007, que no hubieran sido subvencionados en la anterior convocatoria.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 120.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - El alumno debe obtener la mayoría de edad a lo largo del 2.026 (nacidos en 2.008) o haberla obtenido en el 2.025 (nacidos en 2.007) siempre que no fueran beneficiarios de subvención ni él ni sus padres en la convocatoria anterior.
  • - Estar empadronados en San Roque (si el alumno es menor de edad deberá estar empadronado al menos uno de los progenitores que ostente la patria potestad y custodia del solicitante/beneficiario así como el hijo/a; si el beneficiario/solicitante es mayor de edad solo se comprobará la inscripción en padrón de éste) con una antigüedad mínima de 12 meses a contar desde la fecha de apertura del plazo para la presentación de solicitudes.
  • - El alumno debe estar matriculado en organismo público o privado, en estudios oficiales.
  • - No tener deuda tributaria alguna con el Ayuntamiento de San Roque en el momento de la presentación de la instancia en plazo ni en todo caso durante la tramitación del procedimiento de concesión de subvenciones. En el caso de que el hijo o hija sea meno r de edad, este requisito se aplicará al solicitante/beneficiario que será el padre, madre o tutor. Si el solicitante/beneficiario fuera el hijo mayor de edad, este requisito se aplicará únicamente a él. Este requisito deberá cumplirse en el momento de la presentación de la solicitud ( y, en todo caso, dentro del plazo establecido para la presentación de la solicitud).
  • 1. El plazo de presentación de las solicitudes será de un quince días hábiles a contar desde el siguiente al día de la publicación de las presentes bases en el BOP de Cádiz, previa comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
  • 2. Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada del Ilustre Ayuntamiento de San Roque o en las Alcaldías de Barrio del término municipal, donde se registrará la entrada de cada una de ellas, sin perjuicio de la posibilidad de presentarla por cualquiera de los medios previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través solicitud específica. La solicitud se dirigirá a la Delegación de Educación bajo la coordinación de la Secretaría General.
  • - En el supuesto de que a la fecha de la presentación de la instancia el
  • Modelo de solicitud debidamente cumplimentada. Ayuntamiento de San Roque Plaza de las Constituciones, s/n, San Roque. 11360 (Cádiz). Tfno. 956780106. Fax: 956782149
  • Fotocopia del DNI/NIF/NIE de la persona solicitante.
  • Documento acreditativo del número de cuenta bancaria con IBAN, cuyo titular o cotitular debe ser la persona solicitant e (alumno mayor de edad) o declaración del mismo donde aparezca el numero de cuenta bancaria con IBAN.
  • Autorización del solicitante/beneficiario para consultar su empadronamiento, que se incluirá en la misma solicitud según modelo que se adjunta.
  • Certificado o informe acreditativo de la matriculación, emitido por el centro de estudio, en organismo público o privado, en estudios oficiales del solicitante/beneficiario.
  • Declaración de no tener deuda tributaria alguna con el Ayuntamiento y autorización a que se expida la correspondiente certificación.
  • Declaración responsable de no haber recibido otros fondos cuya suma supere el coste del gasto subvencionable , y en el caso de los nacidos en 2.00 7, declaración de no haber sido beneficiario él o sus padres en la convocatoria anterior.
  • - En el supuesto de que a la fecha de presentación de la instancia el alumno/a aún no
  • haya obtenido la mayoría de edad, pero la vaya a obtener durante el 2.026:
  • Modelo de solicitud debidamente cumplimentada del padre/madre o tutor legal, que será el solicitante/beneficiario, solicitando la subvención.
  • Fotocopia del DNI/NIF/NIE del padre/madre o tutor legal solicitante/beneficiario, así como del DNI/NIF/NIE del hijo/a menor de edad.
  • Fotocopia del libro de familia que acredite la relación de parentesco o documento acreditativo de la tutoría legal entre el representante y el beneficiario (en el libro de familia debe aparecer tanto la hoja de los titulares como la del hijo o hijos).
  • Documento acreditativo del número de cuenta bancaria con IBAN, cuyo titular o cotitular debe ser el padre/madre o tutor legal del alumno o declaración del padre, madre o tutor legal del alumno donde aparezca el numero de cuenta bancaria con IBAN.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Es objeto de esta convocatoria conceder, en el régimen de competencia competitiva, ayudas para la compra de equipo tecnológico (ordenador de mesa, ordenador portátil, tablet, impresora, ratón, teclado, memoria extraíble USB, scanner, altavoces ...) por importe máximo de 500 euros. Dicha ayuda va dirigida a los jóvenes que alcancen la mayoría de edad a lo largo del 2.026 y nacidos en el año 2.00 8, así como los que hayan cumplido la mayoría de edad en el año 2.025, nacidos en 2.007, que no hubieran sido subvencionados en la anterior convocatoria.