Personas físicasES615 - Huelva

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS AL ESTUDIO NO OBLIGATORIO 2026/2027

Es objeto de esta convocatoria conceder ayudas, para el curso académico que se indique en la convocatoria, al alumnado empadronado en Villanueva de los Castillejos para compensar parte del coste que conlleva estudiar fuera del municipio para realizar estudios con título de carácter oficial, con carácter presencial y con validez en todo el Estado español.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES615 - Huelva. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar empadronado/a en el municipio de Villanueva de los Castillejos, con una antigüedad de un año antes de la publicación de esta convocatoria.
  • Estar matriculado/a en el curso escolar en el que se publique la convocatoria en enseñanzas universitarias/ master, ciclos formativos o bachillerato al menos un 50% del total de las asignaturas correspondientes al curso académico. No
  • será motivo de exclusión la matriculación de menos del 50% de los créditos o asignaturas establecido para el último curso en el plan de estudios, cuando sea el resto de créditos o asignaturas a superar para obtener la titulación o pasar de curso.
  • Aquellos estudiantes que, aun viviendo en su domicilio familiar, necesitan desplazarse más de 30 km desde Villanueva de los Castillejos para llegar al Centro Educativo matriculado.
  • No superar los ingresos económicos establecidos como criterios de valoración de esta convocatoria.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación e inspección para la concesión de la ayuda, así como al control financiero al que se hace referencia en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Que la persona solicitante no haya recibido ningún tipo de beca del Ministerio de Educación, ni de la Consejería de Educación para los estudios por los que se solicita.
  • Cuantía y dotación presupuestaria El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 3.000,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 326-480.11, repartiéndose entre las solicitudes que reúnan los requisitos hasta agotar el crédito disponible.
  • Plazo: Diez (10) días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOP de Huelva y en el Tablón de Anuncios municipal.
  • Lugar: Registro General del Ayuntamiento (de 9:00 a 13:00 h) o por cualquiera de los medios previstos en el art. 66 de la Ley 39/2015.
  • Documentación a aportar: o Fotocopia DNI/NIE. o Certificado de empadronamiento (antigüedad mínima de un año). o Declaración de la renta 2025 o certificación negativa. o Matrícula del curso 2026/2027. o Justificante de desplazamiento o contrato de alquiler, si procede. o Denegación de otras becas (si existiera).
  • o Declaraciones responsables de estar al corriente con sus obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales, y con la Seguridad Social. o Modelo a tercero para el pago.
  • Publicación de lista provisional en tablón de anuncios dentro del plazo máximo de 30 días naturales, contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
  • Plazo de 5 días hábiles para subsanar defectos o presentar alegaciones.
  • Pago de la ayuda El abono se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la persona beneficiaria, una vez comprobado el cumplimiento de requisitos.
  • Publicidad y régimen jurídico La resolución de concesión se publicará en el tablón de anuncios y en la web municipal. En lo no previsto expresamente, regirá lo establecido en las Bases Reguladoras, la Ordenanza Municipal de Subvenciones , la Ley 38/2003, General de Subvenciones , y demás normativa aplicable. Villanueva de los Castillejos, a fecha de firma electrónica
  • Para optar a ser beneficiario/a de las ayudas previstas en esta convocatoria, las personas solicitantes tendrán que cumplir los siguientes requisitos en el momento en que
  • Estar matriculado/a en el curso escolar en el que se publique la convocatoria en enseñanzas universitarias/ master, ciclos formativos o bachillerato al menos un 50% del total de las asignaturas correspondientes al curso académico. No será motivo de exclusión la matriculación de menos del 50% de los créditos o asignaturas establecido para el último curso en el plan de estudios, cuando sea el resto de créditos o asignaturas a superar para obtener la titulación o pasar de curso.
  • Las solicitudes para la participación en la presente convocatoria se presentarán en un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOP de Huelva y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.
  • Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General de este Ayuntamiento en horario de 09:00 a 13:00 horas. Asimismo, se podrá emplear cualquiera de los medios previstos en los artículos 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Es objeto de esta convocatoria conceder ayudas, para el curso académico que se indique en la convocatoria, al alumnado empadronado en Villanueva de los Castillejos para compensar parte del coste que conlleva estudiar fuera del municipio para realizar estudios con título de carácter oficial, con carácter presencial y con validez en todo el Estado español.