Personas físicasES63 - CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

AYUDAS PARA LA DISMINUCIÓN DE LA BRECHA DIGITAL EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

Título oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA DISMINUCIÓN DE LA BRECHA DIGITAL EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas económicas destinadas a paliar la brecha digital para alumnos adolescentes en situación de vulnerabilidad, que pasan a cursar 1º de la Educación Secundaria Obligatoria durante el año 2026-2027.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES63 - CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA. La gestiona CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 168.300,00 €. Inicio: 07/11/2026. Plazo: Fin: 16/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar empadronados en la Ciudad Autónoma de Ceuta: El menor, posible futuro beneficiario Los progenitores/tutores solicitantes de la ayuda Hijos/tutelados menores de 18 años que vayan a contabilizarse. Estar escolarizados en colegios o institutos públicos o concertados de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Estar cursando 1º de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) durante el curso correspondiente a la convocatoria (2026-2027). Ambos progenitores tendrán que estar al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto con Hacienda, como con los Servicios Tributarios de la Ciudad Autónoma de Ceuta, como con la Seguridad Social, según lo dispuesto en el art. 13 de la LGS.
  • En caso de separación o divorcio de los progenitores, se tendrá en cuenta lo siguiente, según se haya estipulado en la sentencia: Custodias compartidas. Solicitud por cualquiera de los progenitores, ingresos de ambos progenitores, deudas con la administración de ambos progenitores. Custodias a un solo progenitor. La solicitud será presentada por el progenitor custodio, ingresos del progenitor custodio más la pensión de alimentos que se haya determinado, deudas con la administración del progenitor custodio. Los alumnos deberán pertenecer a una unidad familiar en situación socioeconómica desfavorable. Se tomará como referencia el líquido familiar con los siguientes topes económicos:
  • 500€ Progenitor/es Tutor 1 hijo cursando 1º ESO + otro hijo menor de 18 años 2 hijos
  • 650€ Progenitor/es Tutor 1 hijo cursando 1º ESO + otros 2 hijos menores de 18 años 3 hijos
  • 800€ Progenitor/es Tutor 1 hijo cursando 1º ESO + 3 hijos o más, menores de 18 años 4 o más hijos
  • 950€ El valor del IPREM computable será el mensual estatal vigente en el año de la publicación de la convocatoria.
  • Las solicitudes se ajustarán a los modelos que figuran como Anexo I y II y podrán descargarse de la Base Nacional de Subvenciones, página web de la Ciudad Autónoma de Ceuta y/o donde se publique la presente convocatoria. Una vez cumplimentadas en su totalidad, podrán presentarse en cualquiera de las oficinas de Registro de la Ciudad de Ceuta, aportándose junto con la documentación exigida. La presentación de la solicitud implica la plena aceptación de la convocatoria. Los solicitantes de esta ayuda quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus peticiones, responsabilizándose de los mismos. El plazo de presentación se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE), por diez días naturales. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se tendrán por desestimadas.
  • Los padres, madres o tutores deberán presentar:
  • Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a presentar ante la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales del 16 de marzo al 15 de junio 2027 las facturas justificativas de los gastos realizados, cumplimentando el formulario que se expida para ello, a través del Registro de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
  • El incumplimiento de dichas obligaciones, podrá determinar la exigencia del reintegro total o parcial, de las cantidades percibidas y la aplicación del procedimiento sancionador.
  • - Control y aplicación. Podrán ser revocadas las ayudas, procediendo en su caso al reintegro de las mismas cuando el beneficiario incurra en alguna de las conductas contempladas en el Art. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La falsedad de alguno de los datos en los documentos requeridos implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.
  • Será motivo de revocación de dicha ayuda: La alteración de las circunstancias alegadas que motivaron su concesión. Ocultación de datos o documentos.
  • Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención en los siguientes casos: Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello. El beneficiario haya omitido las obligaciones establecidas en la presente convocatoria.
  • - Interpretación de la presente Convocatoria. La Ciudad Autónoma de Ceuta se reserva la facultad de interpretar el contenido de esta convocatoria, resolviendo las dudas que surjan en la aplicación o determinación de miembros computables de la unidad familiar. Disposición Final.- Entrada en vigor La presente convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas económicas destinadas a paliar la brecha digital para alumnos adolescentes en situación de vulnerabilidad, que pasan a cursar 1º de la Educación Secundaria Obligatoria durante el año 2026-2027.