ayudas destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización 2026-2027

Título oficial: Convocatoria de ayudas destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización 2026-2027

1. La presente resolución tiene por objeto efectuar la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización, tanto para empresas que se encuentran en fases iniciales como para empresas con exportaciones consolidadas.

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES42 - CASTILLA LA MANCHA. La gestiona INSTITUTO DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE CASTILLA-LA MANCHA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Gran empresa, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 900.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas; las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA); las cooperativas; las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas , las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, realicen las actividades subvencionables, excepto las fundaciones públicas y privadas, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas. Podrán ser también beneficiarios los órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como cuando se constituyan como asociaciones y fundaciones.
  • Las líneas 2 y 4 van destinada s a beneficiarios que estén incluidos en las actividades, en las secciones, divisiones, grupos y clases de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas
  • En la sección C, las siguientes divisiones: 13- Industria textil. 14- Confección de prendas de vestir. 15- Industria del cuero y productos relacionados de otros materiales.
  • - Fabricación de artículos de joyería y artículos similares
  • - Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares.
  • En la sección G, división 46, grupos 461, 462 y 464, las siguientes clases: 4616- Actividades de intermediarios del comercio al por mayor de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero. 4624- Comercio al por mayor de cueros y pieles. 4641- Comercio al por mayor de textiles. 4642- Comercio al por mayor de prendas de vestir y calzado.
  • Para acceder a la condición de beneficiario, los solicitantes deberán cum plir los siguientes
  • Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha.
  • En el caso de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas deberán tener su ámbito geográfico o su denominación en Castilla-La Mancha.
  • No estar incursos en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda de acuerdo con las condiciones y requisitos es tablecidos en la orden de bases y en esta convocatoria.
  • Justificar ante el órgano concedente, e n los términos previstos en la orden de bases, en esta convocatoria, y demás normativa concordante, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la resolución de concesión de subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto regionales, nacionales como comunitarios, ap ortando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención con posterioridad de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la misma acción.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la orden de bases reguladoras y demás casos previstos en la legislación vigente.
  • Cumplir con los requisitos exigidos por la legislación vigente para el ejercicio de su actividad, pudiendo la Administración en cualquier momento requerirles la acreditación de dichos extremos.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Cumplir lo dispuesto en la normativa comunitaria, nacional y autonómica en materia de igualdad de trato y lo dispuesto en la normativa medioambiental.
  • Ajustar su actuación a lo previsto en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Séptima. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Serán subvencionables las actuaciones y gastos establecidos en el Anexo I de esta convocatoria.
  • Séptima. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    El presupuesto total de los gastos finan ciables debe ser co mo mínimo los establecidos a
  • Séptima. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Línea 1: Iniciación a la exportación: 2.500 euros.
  • Séptima. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Línea 2: Iniciación a la exportación sector moda: 2.500 euros.
  • Séptima. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Línea 3: Consolidación de la exportación: 4.000 euros.
  • Séptima. Actuaciones y gastos subvencionables. · eligible
    Línea 4: Consolidación de la exportación sector moda: 4.000 euros.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos financieros, reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante, IVA y otros impuestos o tasas que sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos bancarios de cualquier tipo de operación.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos de fabricación de los productos, etiqueta, envases, embalajes y similares.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos de mantenimiento o continuado.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos de personal.
  • No se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    Los gastos realizados con anterioridad al plazo de ejecución a excepción de lo dispuesto en la disposición 8.3.
  • ANEXO I. ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    ACTUACIONES DE PROMOCIÓN INTERNACIONAL (1/3) Actuación Líneas 1 y 2 Líneas 3 y 4 Gastos subvencionables Límite de gasto Otras condiciones Acciones de promoción internacionales presenciales, tales como ferias, exposiciones, promociones en punto de venta, degustaciones, demostraciones, desfiles, presentaciones en showrooms, jornadas técnicas, congresos, seminarios profesionales y similares sí sí
  • ANEXO I. ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos de alquiler del espacio expositivo o coste de participación 8.000 €
  • ANEXO I. ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    el diseño, construcción, montaje y decoración del stand, material de merchandising, material publicitario, catálogos y similares. Podrán admitirse facturas y pagos correspondientes a gastos previos a la fecha de solicitud realizados como máximo dentro de los nueve meses anteriores, siempre que se pueda demostrar que están referidos a una actuación que tenga lugar en el periodo de ejecución
  • ANEXO I. ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos de alquiler de mobiliario, equipos audiovisuales y equipos de refrigeración
  • ANEXO I. ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Transporte de muestras 1.500 €
  • ANEXO I. ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Viaje de una persona Ver límites en apartado de viajes Acciones de promoción internacional realizadas a través de plataformas virtuales sí sí Coste de participación 4.000 € Agendas comerciales para mercados exteriores sí sí
  • ANEXO I. ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos de consultoría especializada en el país de destino 1.800 € Se admitirán un máximo de 3 agendas comerciales. Solo se admitirán gastos de consultores con probada solvencia técnica en el país de destino
  • ANEXO I. ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Viaje de una persona Ver límites en apartado de viajes

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. La presente resolución tiene por objeto efectuar la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización, tanto para empresas que se encuentran en fases iniciales como para empresas con exportaciones consolidadas.