Personas físicasES - ESPAÑA

Convocatoria Ayudas Comedor 2026-2027

Se convocan ayudas de comedor que cubran el menú del día, para ser utilizadas en algunas de las cafeterías de la UPV durante el curso académico 2026/2027. Aquellas ayudas que no sean consumidas durante el curso académico 2026/2027, de acuerdo con lo establecido en la base 8ª de esta convocatoria, podrán consumirse hasta el 2 4 de septiembre de 202 7 (excluyendo el mes de agosto).

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Estudiantado matriculado en número superior a 40 ECTS (tiempo completo), haber superado 40% de dichos créditos.
  • Estudiantado matriculado en número igual o inferior a 40 ECTS (tiempo parcial), superar el 50% de dichos créditos. En el caso de estudiantado matriculado en estudios de máster y que está cursando complementos formativos en estudios de grado, los créditos correspondientes a los complementos formativos serán tenidos en cuenta para el cálculo del rendimiento académico. Las solicitudes del estudiantado que cumpla los requisitos académicos, serán priorizadas en función de la renta per cápita de la unidad familiar, hasta un máximo de 8.000 euros, en orden creciente. La adjudicación de las ayudas se realizará atendiendo a es te orden, hasta agotar el presupuesto. No podrá percibir esta ayuda el estudiantado titulado que se matricule en una titulación del mismo o inferior nivel cursado anteriormente.
  • DETERMINACIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR Son miembros computables de la familia los progenitores, el tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso, el solicitante, los hermanos/as solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2025 o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal de empadronamiento correspondiente. Id: UPV-GENFirma-419501 Cod. Verificació: 9Z5DF9DRRPAK5AFC
  • CÁLCULO DE LA SITUACIÓN ECONÓMICA Y
  • - Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración o solicitud de devolución por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyendo los saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores al ejercicio 2025. De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación.
  • - Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios, que no hubieran presentado declaración, por no estar obligados a ello, ni hubieran solicitado devolución, se seguirá el procedimiento descrito en el párrafo primero anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados. Para el cálculo de la renta familiar a efectos de ayuda según lo establecido en los párrafos anteriores, se deducirá el cincuenta por ciento de los ingresos aportados por cualquier miembro computable de la familia distinto de los sustentadores principales. Tendrán deducciones para obtener estas ayudas, el estudiantado que pertenezca a alguno de los grupos siguientes y avalen dichas circunstancias en documento oficial junto con la solicitud de
  • Huérfanos absolutos (menores de 25 años): el 20% de la renta
  • Familias en las que el/la solicitante, hermano/a o hijo/a del solicitante esté afectado de
  • Familias numerosas y Familias monoparentales de categoría general : 625 € por cada hermano/a, incluido el solicitante. Estas deducciones, no serán acumulables entre sí. La deducción aplicable a la pers ona solicitante será de 2. 100€ cuando esta se encuentre afectada de una discapacidad de grado igual o superior al 65%. Cuando sea la propia persona solicitante la titular de la familia numerosa o monoparental, las cantidades señaladas serán computadas en relación con los hijos e hijas que la compongan.
  • Familias numerosas y Familias monoparentales de categoría especial: 900€ por cada hermano/a, incluido el solicitante. Estas deducciones, no serán acumulables entre sí. La deducción aplicable a la persona sol icitante será de 2. 100€ cuando esta se encuentre afectada de una discapacidad de grado igual o superior al 65%. Cuando sea la propia persona solicitante la titular de la familia numerosa o monoparental, las cantidades señaladas serán computadas en relación con los hijos e hijas que la compongan.
  • ORGANO INSTRUCTOR Y COMISIÓN DE
  • Presidente/a: Vicerrector/a de Estudiantes y Emprendimiento.
  • Director/a de Área de Estudiantes, Rendimiento y Evaluación curricular
  • Un/a representante del Consejo Social
  • Un/a director/a de Centro miembro del Consejo de Gobierno
  • Un/a profesor/a miembro del Consejo de Gobierno
  • Jefe/a de Sección del Servicio de Estudiantes
  • Un/a estudiante miembro del Consejo de Gobierno
  • Secretario/a: Una persona del Personal Técnico de Gestión y Administración y Servicios del Servicio de Estudiantes, que actuará con voz, pero sin voto
  • documentation
    PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática que se encuentra disponible en la información personalizada del estudiantado (Intranet), eligiendo el número de vales de comida que prevea consumir el solicitante durante cada uno los de Id: UPV-GENFirma-419501 Cod. Verificació: 9Z5DF9DRRPAK5AFC

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Se convocan ayudas de comedor que cubran el menú del día, para ser utilizadas en algunas de las cafeterías de la UPV durante el curso académico 2026/2027. Aquellas ayudas que no sean consumidas durante el curso académico 2026/2027, de acuerdo con lo establecido en la base 8ª de esta convocatoria, podrán consumirse hasta el 2 4 de septiembre de 202 7 (excluyendo el mes de agosto).