AYUDAS PARA CENTROS DE EDUCACIÓN DE PRIMARIA PÚBLICOS UBICADOS EN LA ISLA DE IBIZA CON ALUMNOS EMPADRONADOS EN EL MUNIC · 2025

Título oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA CENTROS DE EDUCACIÓN DE PRIMARIA PÚBLICOS UBICADOS EN LA ISLA DE IBIZA CON ALUMNOS EMPADRONADOS EN EL MUNICIPIO DE STA EULARIA DES RIU INSCRITOS EN EL PROG. DE FINANCIACIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO CURSO 2025-26

El objeto de la convocatoria es fomentar la participación en el programa de financiación de libros de texto y material didáctico en los centros de educación primaria públicos ubicados en la isla de Eivissa con alumnos empadronados en el municipio de Santa Eulària des Riu inscritos en el programa durante el curso 2025/2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES531 - Eivissa y Formentera. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 36.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • ( ) CERTIFICADO DE ESTAR AL CORRIENTE DE PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS (EN EL CASO
  • Que el centro educativo sea de gestión pública.
  • Que participe en el programa de financiación de libros de texto y material didáctico del curso 2025-26.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • No hallarse sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears, y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
  • No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.
  • En cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, no estar sancionados o condenados en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme. A estos efectos, el solicitante firmará una declaración responsable ubicada en el trámite de solicitud de la ayuda en la sede electrónica municipal.
  • El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del extracto de la convocatoria. Las solicitudes se presentarán en el Registro Telemático del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, situado en la página web www.santaeulariadesriu.com, en virtud a lo que se establece en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El solicitante deberá presentar su solicitud mediante medios electrónicos habilitados a tal fin.
  • - Las solicitudes se presentarán por registro de entrada electrónico utilizando el trámite que se habilitará al efecto en la sede electrónica municipal durante el período de presentación de solicitudes, identificándose mediante medios electrónicos o acreditando debidamente la representación. La solicitud contendrá los datos mínimos requeridos para tramitar la ayuda, incluyendo las declaraciones responsables necesarias. La documentación
  • que deberá adjuntarse en este trámite es la siguiente: a. Certificado emitido por el centro en el que aparezcan todos los alumnos del centro con la fecha de nacimiento del curso 2025/2026 que pertenezcan al programa de financiación de libros de texto y material didáctico de este curso, separados en alumnos de nuevo ingreso inscritos en el programa de financiación de libros de texto y material didáctico del curso 2025 / ingreso). b. Certificado u otro documento bancario en el que se identifique el número de cuenta en la que se pagará el importe íntegro de la subvención. Debe ser una cuenta bancaria de la que el centro sea titular.
  • - En caso de que el solicitante, se oponga expresamente a que el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu en el marco de la tramitación del procedimiento, pueda consultar o recabar electrónicamente los documentos y datos que ya abran en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por otras Administraciones Públicas, a través de las redes corporativas, plataformas de plataformas de plataformas el artículo 28.2 de
  • la Ley 39/2015, debe presentar la siguiente documentación:
  • Certificado de encontrarse al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), actualizados con fecha posterior a la publicación de la convocatoria.
  • Certificado de encontrarse al corriente de pago con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), actualizados con fecha posterior a la publicación de la convocatoria.
  • - El Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río podrá requerir en cualquier momento de la tramitación de la solicitud los documentos que considere necesarios a fin de garantizar la correcta adjudicación de la ayuda según los criterios de evaluación establecidos.
  • Los beneficiarios de las subvenciones deben presentar la cuenta justificativa de las actividades subvencionadas según modelo Anexo 1. Cuenta Justificativa, debidamente cumplimentada y firmada por medios electrónicos, aprobada para la presente convocatoria. De conformidad con el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones, la justificación de la ayuda revestirá la forma de cuenta justificativa del coste total de la actuación objeto de la subvención, en cuyo caso el coste total programa de financiación de libros de texto y material didáctico en los centros de educación primaria públicos del curso 2025-26. Por tanto, el beneficiario vendrá obligado a justificar el 100% de los gastos vinculados al proyecto, y no únicamente la fracción financiada con cargo a la presente subvención. Todo ello sin perjuicio de que, requeridas al efecto, deban presentar los justificantes y/o libros contables que se les soliciten, de conformidad con el
  • Los beneficiarios/as tendrán que comunicar la aceptación de la subvención; no obstante, pasados 5 días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) de la resolución definitiva sin respuesta alguna, se entenderá que la asociación beneficiaria acepta la subvención.
  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
  • Justificar la realización de la actividad, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la ayuda.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación del Ajuntament.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de la convocatoria es fomentar la participación en el programa de financiación de libros de texto y material didáctico en los centros de educación primaria públicos ubicados en la isla de Eivissa con alumnos empadronados en el municipio de Santa Eulària des Riu inscritos en el programa durante el curso 2025/2026.