LAS AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR, INCLUYENDO LIBROS DE TEXTO, PARA ALUMNOS DE INFANTIL DE SEGUNDO CIC · 2026/2027

Título oficial: CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR, INCLUYENDO LIBROS DE TEXTO, PARA ALUMNOS DE INFANTIL DE SEGUNDO CICLO, PRIMARIA, SECUNDARIA, BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DEL MUNICIPIO DE BREÑA BAJA CURSO 2026-2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES707 - La Palma. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 9.439,30 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Mayor puntuación en Renta Per Cápita de la unidad familiar.
  • - Mayor puntuación por número de miembros de la unidad familiar.
  • - En caso de persistir el empate, el riguroso orden de registro de entrada de las solicitudes presentadas.
  • - El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes y comenzará el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
  • - La solicitud, cuyo modelo podrá solicitarse en las dependencias de la Agencia de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Breña Baja, y en la página web del Ayuntamiento de Breña Baja: https://www.bbaja.es, deberá acompañarse
  • Formulario de Solicitud (Anexo I).
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) de los/as solicitantes (padre, madre y/o tutores).
  • Fotocopia del Libro de Familia o de cualquier otro documento acreditativo de la relación de tutela con el/la menor.
  • Certificado o documento expedido por el Centro Educativo acreditativo de que el beneficiario se encuentra matriculado en alguno de los cursos especificados en el apartado b) de la Base III.
  • Fotocopia de las tres últimas nóminas de ambos progenitores del/la menor o de los/as tutores/as si trabajan por cuenta ajena; o de la última declaración de la renta si son empresarios/as; o de cualquier certificado de presentación, pensión o subsidio que se perciba. Si alguno de ellos se encontrara en situación de desempleo deberá presentar copia de la demanda de empleo.
  • Fotocopia del carné de Familia Numerosa, en su caso.
  • Certificado de minusvalía superior al 33% del padre, madre o tutor/a, en su caso.
  • Documento de alta a terceros (Modelo 015) debidamente cumplimentado y sellado por su banco o caja, a retirar en los Servicios Económicos del Ayuntamiento de Breña Baja, si no constara ya su alta. La cuenta bancaria debe figurar a nombre del solicitante de la subvención.
  • Declaración Jurada (Anexo II).
  • Autorización para acceder a datos personales de los/as solicitantes y comprobar si están al corriente con las obligaciones tributarias y con la seguridad social (Anexo III).
  • Declaración Jurada de otras ayudas o subvenciones (Anexo IV).
  • Factura original y documento probatorio original correspondiente al gasto en material escolar para el que solicita la ayuda. La factura deberá estar a nombre del solicitante.
  • - Para una misma convocatoria, para el caso de solicitudes hermanos se entregará conjuntamente una solicitud y una sola copia de documentación citadas anteriormente. Se puede presentar un solo certificado o informe de matriculación en el caso de estar cursando estudios en el mismo centro.
  • - Si la solicitud no reúne los requisitos establecido en la norma de convocatoria y legislación específica aplicable, el instructor requerirá al interesado, para que
  • CONCESIÓN La ordenación y valoración de las instancias presentadas para optar a estas ayudas corresponde al Área de Desarrollo Local. Una vez realizadas las valoraciones se presentará informe técnico a la Comisión Informativa de Educación del Ayuntamiento de Breña Baja, órgano que realiza la propuesta de resolución, correspondiendo la competencia para otorgar dichas ayudas al Sr. Alcalde Presidente de la Corporación, en virtud del artículo 14 de la Ordenanza General de subvenciones del Ayuntamiento de Breña Baja (B.O.P. 151 de 16 de septiembre de 2005). La Comisión Informativa puede requerir a los solicitantes de las ayudas, cualquier documento que estime necesario para poder proceder a una mejor valoración de la solicitud presentada, estipulando un plazo de acuerdo a la normativa vigente. Terminado dicho plazo, la Comisión propondrá al Órgano competente la adjudicación definitiva de las ayudas, que se adjudicarán por Decreto de Alcaldía.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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