Ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar de Infantil primer y segundo ciclo para el curso 2026/ · 2027

Título oficial: Convocatoria de Ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar de Infantil primer y segundo ciclo para el curso 2026/2027

Concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar para el curso escolar 2026/2027.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE DÉNIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €. Inicio: 08/10/2026. Plazo: Fin: 16/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Hallarse empadronado en Dénia (el cumplimiento de este requisito se verificará directamente por el Ayuntamiento de Dénia, sin que sea necesaria la aportación de ninguna documentación al respecto).
  • Estar matriculado en los centros educativos públicos y concertados de Dénia, La Xara y Jesús Pobre, en los niveles de Educación Infantil en colegios de Educación Infantil de titularidad de la Generalitat o en escuelas infantiles de primer ciclo autorizadas y subvencionadas por la Generalitat.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con respecto a la AEAT, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Dénia.
  • No encontrarse incurso en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 y
  • 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • MODELO DE SOLICITUD El modelo de solicitud se puede obtener a través de la página Web del Ayuntamiento de Dénia (http://www.sede.denia.es). La solicitud se cumplimentará de manera digital a través de la web. Cada familia utilizará una única solicitud para todas las hijas e hijos escolarizados. Si bien, la concesión de la ayuda, si procediese, se realizará de manera individualizada para cada alumna o alumno que pudiera resultar beneficiado.
  • La presentación de la solicitud fuera del plazo establecido.
  • La no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, conforme a lo dispuesto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Las solicitudes se presentarán exclusivamente online a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Dénia: https://oac.denia.es/es/tramits/index.aspx.
  • Junto a la solicitud, se aportará la siguiente documentación:
  • Alta como Tercero en la Tesorería Municipal del M.I. Ayuntamiento de Dénia: en el enlace se dispone de información para la realización del trámite: Alta o modificación datos bancarios (denia.es)
  • Original del justificante de pago con validez legal o eficacia administrativa, del coste de la adquisición de libros de texto o material escolar, cuya cantidad no podrá ser inferior a 40,00€ (cuarenta euros), apareciendo en el concepto el nombre del niño o niña para el que se solicita subvención, y el centro y curso de Educación Infantil en el que se encuentra escolarizado.
  • IMPORTE DE LAS AYUDAS El crédito presupuestario disponible para la concesión de la totalidad de las ayudas será de un máximo de 20.000,00€ (veinte mil euros), a cargo de la aplicación presupuestaria 32000/48901, del Presupuesto General del Ayuntamiento de Dénia aprobado para el ejercicio
  • Se realizará un pago único de 40,00€ (cuarenta euros), que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases de la convocatoria, o del eventual importe inferior que resulte de la distribución de los fondos entre las solicitudes presentadas y previsto en las presentes bases de la convocatoria.
  • LISTAS PROVISIONALES DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS La instrucción del procedimiento de concesión de ayudas le corresponde al Departamento de Educación del Ayuntamiento de Dénia, llevando a cabo cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. Para el estudio y valoración de las solicitudes formuladas por las personas solicitantes, se constituirá una Comisión de Valoración presidida por la Concejala de Educación, que actuará como Presidenta, una persona Técnica del Departamento de Intervención, la persona
  • RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA La Comisión de Valoración emitirá informe relativo a la concesión definitiva de las ayudas, resolviendo las posibles alegaciones efectuadas por las personas interesadas. A la vista del informe elaborado, la Concejala de Educación propondrá a la Junta de Gobierno Local la aprobación definitiva de las ayudas, previo el informe técnico correspondiente del Departamento de Educación. La propuesta de resolución definitiva deberá expresar las personas solicitantes para las que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, y las personas solicitantes para las que se propone su denegación, y el motivo. La resolución definitiva de la convocatoria con el alumnado beneficiario y el importe de la Ayuda concedida se expondrán en la Concejalía de Educación. Así mismo, constarán las solicitudes denegadas y la causa que ha motivado la denegación. Contra la misma podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes desde su publicación o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.
  • PAGO DE LAS AYUDAS El pago de las Ayudas a cada persona solicitante se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que se indique en el documento entregado conjuntamente con la solicitud de la ayuda.
  • Matricularse en el curso académico que corresponda y asistir a sus actividades lectivas.
  • Destinar el importe de la ayuda en su integridad a la adquisición de libros y demás material didáctico, propios del curso académico para el que se haya solicitado la ayuda.
  • Cooperar con la administración municipal en cuantas actividades de inspección y verificación lleve a cabo, en orden a asegurar el destino final de la ayuda. Con el fin de cooperar en la posible inspección, las personas solicitantes conservarán los documentos, facturas u otros, que justifiquen la realización del gasto.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar para el curso escolar 2026/2027.