Convocatoria Ayuda al Alquiler 2026

Cód. Validación: 9L5RH74EAEGPMZQ6DYA47KTFD Verificación: https://peligros.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 16

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES61 - ANDALUCIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PELIGROS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Para ser beneficiario o beneficiaria de dicha subvención, deberán cumplirse con la
  • - Requisitos de las personas físicas solicitantes: a.- Tener una edad superior a los 18 años de edad, incluida la edad de 18 años, en el momento de solicitar la ayuda.
  • Excmo. Ayuntamiento de Peligros b.- El uso de la vivienda debe ser residencia habitual y permanente de la persona solicitante, lo que se considerará acreditado al estar empadronada en el domicilio objeto de la ayuda. c.- La persona solicitante deberá encontrarse en la situación de arrendataria del bien inmueble (lo que se acreditará con el contrato de arrendamiento en el que conste la condición de arrendataria). Dicho arrendamiento debe ser de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. d.- La persona solicitante deberá estar al corriente de pago con el arrendador del
  • Si desde la firma del contrato de arrendamiento hasta la fecha de la solicitud de la subvención ha transcurrido más de doce meses (sin superar los 36 meses), se tendrá que acreditar que está al corriente de pago con el arrendador en las doce mensualidades anteriores.
  • Si desde la firma del contrato de arrendamiento hasta la fecha de la solicitud de la subvención ha transcurrido menos de doce meses , se tendrá que acreditar que está al corriente de pago con el arrendador en todas las mensualidades anteriores. e.- Estar al corriente de pago de los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de dicha ayuda. El Ayuntamiento de Peligros, de oficio, emitirá informe de estar al corriente de pagos con la Hacienda Municipal. f.- Estar al corriente de pago con la AEAT y la TGSS. g.- La persona solicitante no podrá ser titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda, tanto dentro como fuera del Municipio de Peligros. h.- No puede existir parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador. i.- Los ingresos de todas las personas empadronadas en la vivienda, no pueden
  • ser superiores al resultado que se determinará con la siguiente fórmula: {3 X (IPREM) X Miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia} IPREM 2026: 600€. Sujeto a la actualización de I.P.R.E.M. (Este extremo se acreditará con la Declaración de la Renta de todos los integrantes de la unidad familiar mayores de edad). j.- La presente subvención municipal no se podrá compatibilizar con ninguna otra ayuda para el pago del alquiler.
  • - Requisitos de las viviendas:
  • La vivienda sobre la que vaya a recaer la actuación ha de destinarse a domicilio habitual y permanente del beneficiario y hallarse ubicada dentro del término municipal de Peligros.
  • La mensualidad total del arrendamiento no podrá exceder de setecientos cincuenta euros (750€).
  • El contrato de arrendamiento no podrá tener una antigüedad superior a treinta y seis meses, contados a partir de la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
  • PRESUPUESTO La subvención se concederá al amparo de esta convocatoria, imputándose a la aplicación presupuestaria 1510-48000 “Ayuda a alquileres” del Presupuesto General del Ayuntamiento de Peligros 2026.
  • CUANTÍA Y PAGO DE LA SUBVENCIÓN
  • - La cuantía máxima de la subvención será de 1.200,00 euros (100 euros mensuales por vivienda durante 12 meses). Se considera presupuesto subvencionable, a efectos de las presentes bases, la cuota de alquiler de la vivienda, justificado con transferencia bancaria del pago de las cuotas al arrendador y coincidiendo con la cuantía establecida en el contrato de arrendamiento.
  • - El pago de las subvenciones concedidas tendrá carácter anticipado del 100% de la cantidad otorgada; no obstante, dicha cantidad será retenida en concepto de garantía del cumplimiento de la obligación de rendición de la cuenta justificativa y será
  • Si desde la firma del contrato de arrendamiento hasta el momento de la solicitud de la subvención han transcurrido seis meses o más , se le ingresará el 50% (600€) de la cuantía total siempre que dicho gasto quede justificado en el momento de la solicitud y una vez transcurrido el siguiente semestre se le ingresará el 50% restante (600€) del total de la subvención, previa justificación conforme a lo establecido en el punto 16 de la convocatoria.
  • Si desde la firma del contrato de arrendamiento hasta el momento de la solicitud de la subvención han transcurrido menos de seis meses en la vivienda, se le ingresará la parte proporcional a los meses que lleve arrendada la vivienda, siempre que dicho gasto quede justificado en el momento de la solicitud y una vez transcurridos los meses siguientes hasta alcanzar los doce meses de antigüedad, se ingresará la cuantía restante de la subvención, previa justificación conforme a lo establecido en el punto 16 de la convocatoria. El modo de pago será mediante transferencia bancaria. No podrá realizarse el pago de la subvención mientras que la persona beneficiaria no se encuentre al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Peligros.
  • Destinar la subvención a la finalidad para la cual se concede “alquiler de viviendas situadas en el municipio de Peligros”.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones.
  • Comunicar en el Ayuntamiento la modificación de cualquier circunstancia, tanto objetiva como subjetiva que hubiera sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención.
  • PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados