CONVOCATORIA ANULADA.- CONVOCATORIA DE AYUDAS AL SECTOR APICOLA DE LA PROVINCIA DE BURGOS, EN EL AÑO 2026 (API/2026)

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES412 - Burgos. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Personas físicas o jurídicas, titulares de una explotación apícola de más de 25 colmenas en cualquier Entidad local de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos.
  • La explotación estará inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León, con anterioridad a la solicitud de la ayuda.
  • Domicilio fiscal y que desarrollen su actividad profesional o empresarial en una de las entidades localidades menos de 20.000 habitantes de la provincial de Burgos.
  • No estar inhabilitado para recibir ayudas de la Administración Pública y no estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con la Diputación Provincial.
  • -Que la explotación cuente con certificado de la actividad económica correspondiente a la apicultura, incluida esta actividad en el epígrafe 01.49 Otras explotaciones de ganado
  • Diputación de Burgos Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16356155555007557070 en https://registro.diputaciondeburgos.es/validacion https://sede.diputaciondeburgos.es y entrar en la sección: MIS DATOS- Datos personales, deberá acceder mediante certificado digital de representante.
  • 3. Las solicitudes irán acompañadas de la documentación exigida en esta Convocatoria:
  • Anexo I (Impreso de Solicitud).
  • Anexo II (Memoria de la actividad subvencionada), incluyendo una descripción de la explotación, número de colmenas, localización.
  • Fotocopia del DNI/CIF de la persona solicitante o representante.
  • Fotocopia de la inscripción en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León.
  • Fotocopia del libro de Registro de Explotación Apícola, donde aparezca actualizado el número de colmenas.
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria
  • Anexo III (Ficha de alta a terceros)
  • - Certificado de la actividad económica (CNAE-01.49 del beneficiario).
  • - Certificado del domicilio fiscal. Se admitirá una única solicitud por beneficiario en la que se incluyan todos los gastos subvencionables.
  • 4. La comprobación de que la solicitud reúne los requisitos exigidos en esta convocatoria y de que se aporta la documentación se realizará por el Servicio de Agricultura, Ganadería y Montes
  • 5. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la Convocatoria, se requerirá al interesado para que los subsane en el plazo máximo improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido en su petición en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • 6. Aprobada la convocatoria se procederá a su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el artículo 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Las solicitudes se presentarán en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de la Provincia”.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación