LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN PROPIEDAD POR LOS JÓVENES PARA CONTRIBUIR AL RETO DEMOGRÁFICO EN EL MARCO DE LA ESTRATEGI…

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN PROPIEDAD POR LOS JÓVENES PARA CONTRIBUIR AL RETO DEMOGRÁFICO EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO TERRITORIAL DE LA COMARCA DEL CONDADO

La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto d emográfico en el marco de la acción del CIT de Jaén en la Comarca de El Condado (Arquillos, Castellar, Chiclana de Segura, Montizón, Navas de San Juan, Santisteban del Puerto, Sorihuela del Guadalimar y Vilches)…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Jóvenes, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES616 - Jaén. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Jóvenes, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 300.000,00 €. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las personas solicitantes de las ayudas convocadas deberán cumplir los siguientes requisitos generales en
  • Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de las personas extranj eras no comunitarias deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España. NORMATIVA Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. ID. FIRMA firma.dipujaen.es +mfOmHbDU/WaByvAwH3+vA== RS002CP2 PÁGINA 2/20
  • No hallarse incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluida la de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
  • No ser beneficiaria de las ayudas incompatibles con la presente convocatoria.
  • No tener más de 35 años en el momento de solicitar la ayuda.
  • Haber suscrito un contrato público a partir de 01/06/2026, o estar en condiciones de suscribir un contrato público de adquisición de vivienda localizada en un municipio o núcleo de población de la Comarca de El Condado. Se considerará que están en condiciones de suscribir un documento público de adquisición de una vivienda, aquellas personas que así lo acrediten mediante la aportación de un precontrato o contrato privado. El documento público deberá ser aportado por las personas interesadas dentro del plazo de 6 meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda, deberá respetar los términos esenciales recogidos en el precontrato o contrato privado presentado (partes contratantes; vivienda objeto del contrato; precio...).
  • No ser propietaria /o o usufructuaria /o de alguna vivienda en España, salvo que, siendo titulares de una vivienda, acrediten la no disponibilidad de la misma por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad. No se considera persona propietaria o usufructuaria de una vivienda si el derecho recae sobre una parte alícuota de la misma y se ha obtenido por herencia o transmisión mortis causa.
  • Que la vivienda a adquirir vaya a constituir la residencia habitual y permanente de la /s persona/s beneficiaria/s por un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de su adquisición.
  • La vivienda construida, debe cumplir los siguientes requisitos:
  • Hallarse localizada en uno de los municipios de la Comarca de El Condado.
  • Su precio de adquisición, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, NORMATIVA Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. ID. FIRMA firma.dipujaen.es +mfOmHbDU/WaByvAwH3+vA== RS002CP2 PÁGINA 3/20
  • debe ser igual o inferior a 150.000,00 €.
  • No se admiten contratos de arrendamiento con opción de compra.
  • Debe ubicarse en un municipio o núcleo de población de la Comarca de El Condado.
  • Su precio de adquisición, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, debe ser igual o inferior a 150.000 euros.
  • La cuantía de las subvenciones a otorgar consistirá en un porcentaje del 10% de los primeros
  • 000,00 € subvencionables, formado por el precio de adquisición más los gastos de notaría y de inscr ipción en el Registro de la Propiedad, siendo la cua ntía máxima a conceder de
  • 000,00 € por vivienda. NORMATIVA Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. ID. FIRMA firma.dipujaen.es +mfOmHbDU/WaByvAwH3+vA== RS002CP2 PÁGINA 4/20
  • En el supuesto de adquisición de la propieda d de una vivienda por más de una persona, el importe de la ayuda que pudiera recibir un/a beneficiario/a que adquiere una parte de la misma, se determinará, aplicando el porcentaje de cuota adquirida al importe de la ayuda que correspondería a la adquisición del 100 % de la vivienda. En caso de no constar en el precontrato o contrato privado de compraventa el porcentaje de participación, se considerará que se adquiere por partes iguales. No obstante, en los supuestos de adquisición de vivienda habitual por matrimonios o parejas de hecho, el requisito para reunir la condición de beneficiario deberá cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges o uno de los miembros de la pareja inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía o en registros análogos de otras administraciones públicas.
  • Las solicitudes de ayuda se presentar án a tr avés del formulario del A nexo I debidamente suscrito, y se dirigirán a Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Jaén. Su

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto d emográfico en el marco de la acción del CIT de Jaén en la Comarca de El Condado (Arquillos, Castellar, Chiclana de Segura, Montizón, Navas de San Juan, Santisteban del Puerto, Sorihuela del Guadalimar y Vilches). Finalidad Las ayudas del programa tienen por objeto facilitar a las personas jóvenes el acceso, en régimen de propiedad, a una vivienda construida localizada en cualquiera de los ocho municipios de la Comarca de El Condado , mediante la concesión de una subvención directa para su adquisición; contribuyendo con ello al reto demográfico de recuperación de población en los munic ipios de unas de las zonas más despoblada de la provincia de Jaén.