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CONVOCATORIA ABIERTA DE AYUDAS A AYUNTAMIENTOS PARA EL MANTENIMIENTO Y LA GESTIÓN DE LOS PUNTOS LIMPIOS EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ALBACETE DURANTE EL AÑO 2026

Es objeto de la presente “Convocatoria abierta de ayudas a Ayuntamientos para el Mantenimiento y la Gestión de los Puntos Limpios en los Municipios de la Provincia de Albacete durante el año 2026”, el reparto, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a los ayuntamientos y las entidades locales menores de la provincia de Albacete cuya población sea inferior a los 10.000 habitantes y que presten el servicio de punto limpio fijo, entendiendo por punto limpio fijo una instalación municipal permanente diseñada para la recogida selectiva de residuos domésticos que permita a los ciudadanos depositar gratuitamente aquellos desechos que, por su tamaño, toxicidad o características, no d…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES421 - Albacete. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su inadmisión. Los Ayuntamientos deberán cumplimentar el formulario electrónico de solicitud
  • documentation
    disponible en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Albacete: www.dipualba.es, apartado “Subvenciones y ayudas”, firmado electrónicamente, a través de la plataforma de subvenciones, que permitirá el envío a través del Registro Telemático regulado por el Reglamento publicado en el B.O.P. número 7 de fecha 18 de enero de 2008. Los solicitantes deberán presentar a través de la plataforma de subvenciones la siguiente
  • documentation
    Memoria técnica con las actividades a realizar
  • documentation
    Presupuesto destinado a esas actividades (podrá estar incluido en la memoria técnica). El órgano gestor de la presente convocatoria será el Servicio de Medio Ambiente, Agenda 2030 y Reto Demográfico, que colaborará con los Ayuntamientos en la resolución de las dudas que pudieran derivarse de la cumplimentación y presentación de solicitudes, subsanaciones y justificaciones. El órgano competente para la valoración de las solicitudes será la Comisión de Valoración, presidida por el Diputado de Medio Ambiente e integrada por el Jefe del Servicio de Medio Ambiente, Agenda 2030 y Reto Demográfico y otro de los técnicos del Servicio. En caso necesario se podrá solicitar el asesoramiento de otros técnicos externos a esta comisión, que tendrán voz pero no voto. La Comisión Valoradora Servicio de Medio Ambiente, Agenda 2030 y Reto Demográfico Expediente 1616841N
  • El abono de la ayuda que en su caso se conceda se efectuará previa la oportuna justificación de gastos del coste total del proyecto según la memoria presentada en la solicitud, mediante el modelo de formulario electrónico cuenta justificativa simplificada. Deberá remitirse certificación de la Secretaría en el que se acredite la realización efectiva de los gastos justificados, que los mismos se adecúan al objeto y fines que motivaron la solicitud y la relación de otras subvenciones obtenidas para la misma finalidad. Para la justificación de la subvención, los Ayuntamientos deberán entregar, además, una memoria justificativa final que será remitida telemáticamente, junto al resto de la documentación, a través de la plataforma de presentación de solicitudes de subvenciones de la Diputación Provincial de Albacete www.dipualba.es que permitirá el envío a través del Registro Telemático regulado por el Reglamento publicado en el B.O.P. nº 7, de fecha 18 de enero de 2008. Servicio de Medio Ambiente, Agenda 2030 y Reto Demográfico Expediente 1616841N
  • Los gastos relativos a esta convocatoria deberán realizarse antes del 31 de diciembre de 2026 y la justificación de dichos gastos deberá realizarse antes del día 20 de enero de
  • Transcurrida dicha fecha sin haberla recibido, se propondrá la caducidad de las ayudas. Atendiendo a lo establecido en el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se establece como modalidad de justificación el de cuenta justificativa simplificada. La justificación deberá hacerse respetando expresamente las cantidades concedidas en gasto corriente. En los casos en que no se justifique la totalidad del gasto se abonará los gastos realmente realizados y justificados en relación al porcentaje concedido según el
  • Realizar las actividades objeto de la subvención, teniendo en cuenta que cualquier modificación sustancial del proyecto podrá dar lugar a la revocación de la misma.
  • Presentar ante el órgano concedente de la Diputación de Albacete, la documentación justificativa del gasto total del proyecto o de la parte que haya podido realizarse según la memoria presentada, en el plazo y forma establecidos en la base octava de la presente convocatoria.
  • Se deberá colocar una placa informativa que identifique el tipo de instalación y las instrucciones básicas de utilización e incorporen el logotipo de la Diputación Provincial de Albacete haciendo referencia a la cofinanciación recibida por el ayuntamiento.
  • Hacer constar en todas las actuaciones de publicidad, comunicación y difusión que la actividad está subvencionada por la Excma. Diputación Provincial de Albacete.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que estime oportunas el órgano concedente, así como comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto de la presente “Convocatoria abierta de ayudas a Ayuntamientos para el Mantenimiento y la Gestión de los Puntos Limpios en los Municipios de la Provincia de Albacete durante el año 2026”, el reparto, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a los ayuntamientos y las entidades locales menores de la provincia de Albacete cuya población sea inferior a los 10.000 habitantes y que presten el servicio de punto limpio fijo, entendiendo por punto limpio fijo una instalación municipal permanente diseñada para la recogida selectiva de residuos domésticos que permita a los ciudadanos depositar gratuitamente aquellos desechos que, por su tamaño, toxicidad o características, no deben tirarse a los contenedores convencionales de la calle. Esta convocatoria también sirve para regular el procedimiento, requisitos y condiciones para la concesión de subvenciones, de acuerdo con lo establecido en la “Ordenanza general de subvenciones de la Excelentísima Diputación Provincial de Albacete”, cuyo acuerdo de aprobación definitivo se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 8 de 19 de enero de 2024.