Personas jurídicasVivienda y alquilerES30 - COMUNIDAD DE MADRID

CONVOCATORIA A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA FINANCIACIÓN DE OBRAS DE CONSERVACIÓN DE L · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA FINANCIACIÓN DE OBRAS DE CONSERVACIÓN DE LA URBANIZACIÓN Y MEJORA DE LA MISMA REALIZADAS O A REALIZAR A LO LARGO DEL AÑO 2026 EN EL DOMINIO PÚBLICO POR ENTIDADES URBANÍSTICAS

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 200.000,00 €. Inicio: 04/09/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Ejemplar de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (B.O.C.M. nº 294, de 10 de diciembre de 2012).
  • Propuesta de convocatoria de subvenciones, de la Titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Vivienda y Embellecimiento y Desarrollo de la Ciudad.
  • Memoria justificativa de la Jefa de Servicio de los Servicios Jurídicos de Urbanismo y Vivienda.
  • Documento RC del Presupuesto de gastos, ejercicio corriente 2026, de 3 de febrero de 2026, que acredita que existe saldo de crédito disponible por importe de 200.000€, con cargo a la aplicación 01.1532.78000 del presupuesto de 2026 (nº operación 220260000528).
  • Borrador del texto de la convocatoria y anexo. Tercero.- La Asesoría Jurídica emite, en el expediente de referencia, Nota de Servicio Interior de fecha 17/07/2026, en la que concluye que se reexamine y modifique el objeto subvencionable o/y la definición de beneficiarios de la subvención para adaptarlo a lo manifestado en la misma, en el sentido de modificar la redacción a fin de que el Ayuntamiento solo financie gastos de conservación y mantenimiento de las de la urbanización, sus redes e infraestructuras, de los ámbitos o unidades que cuenten con Entidad Urbanística de Conservación constituidas después de la entrada en vigor de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid. Dicha modificación se ha plasmado en la propuesta de convocatoria. A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
  • FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, precepto de carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico los objetivos y
  • 1532.78000 del presupuesto de gastos, ejercicio corriente de 2026 acreditado que existe saldo de crédito disponible según RC (nº operación
  • . 2º.- APROBAR la convocatoria de subvenciones, a través del procedimiento de concurrencia competitiva, para la financiación de obras de conservación de la urbanización y mejora de la misma realizadas o a realizar a lo largo del año 2026 en el dominio público por entidades urbanísticas, con la redacción que se acompaña.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación