33 BECAS PARA MICROCREDENCIALES UNIVERSITARIAS DEL PROGRAMA “BECAS SANTANDER | MICROCREDENCIALES 2026 II EDICIÓN”

Título oficial: CONVOCATORIA DE 33 BECAS PARA MICROCREDENCIALES UNIVERSITARIAS DEL PROGRAMA “BECAS SANTANDER | MICROCREDENCIALES 2026 II EDICIÓN”

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES413 - León. La gestiona UNIVERSIDAD DE LEÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 9.900,00 €. Inicio: 21/10/2026. Plazo: Fin: 28/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar preinscrito o admitido en alguna de las microcredenciales incluidas en el
  • formalizado ni abonado la matrícula. La formalización de la matrícula y el abono del precio correspondiente no constituyen requisitos para presentar la solicitud, pero sí condiciones necesarias para adquirir la condición definitiva de persona beneficiaria y para hacer efectiva la beca.
  • Haberse inscrito en el Programa a través de Santander Open Academy dentro del plazo fijado en las Bases Legales del Programa (https://www.santanderopenacademy.com/es/sites/scholarships/microcredenciale s/listado.html)
  • Presentar la solicitud administrativa ante la Universidad de León en la forma y plazo establecidos conforme al apartado cuarto y al modelo del Anexo II.
  • La identidad se comprobará mediante los sistemas de identificación utilizados para presentar la solicitud o mediante consulta electrónica. Solo se requerirá la aportación del DNI o NIE cuando dicha comprobación no resulte posible.
  • Evidencia (pantallazo) de la inscripción en Santander Open Academy.
  • Documentación académica necesaria para aplicar los requisitos de acceso y los criterios
  • En las microcredenciales que requieren titulación universitaria, las personas cuyo título haya sido expedido por una universidad distinta de la Universidad de León deberán aportar la certificación académica del título de acceso, con indicación de la nota media en una escala de 0 a 10.
  • En las microcredenciales que no requieren haber finalizado una titulación universitaria, las personas solicitantes deberán aportar la documentación Código Seguro De Verificación YBbBdbsMAnqB5sr73rYclA== Estado Fecha y hora Firmado Por Maria Jose Vieira Aller - Vicerrectora de Emprendimiento, Empleabilidad y Formación Permanente Firmado 28/09/2026 09:39:46 Observaciones Página 2/16 Url De Verificación https://portafirmas.unileon.es/verifirma/code/YBbBdbsMAnqB5sr73rYclA%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).
  • Microcredenciales que requieren titulación universitaria: En primer lugar, se situarán las personas cuyo título universitario de acceso haya sido expedido por la Universidad de León y, a continuación, las personas cuyo título de acceso haya sido expedido por otra universidad española o extranjera oficialmente reconocida. Dentro de cada uno de estos dos grupos, las solicitudes se ordenarán de mayor a menor conforme a la nota media, expresada en una escala de 0 a 10, del expediente académico correspondiente al título universitario que haya permitido el acceso a la microcredencial.
  • Microcredenciales que no requieren haber finalizado una titulación universitaria: Las solicitudes se ordenarán conforme a los siguientes grupos de prioridad: 1.º personas egresadas de la Universidad de León; 2.º personas egresadas de otras universidades españolas o extranjeras oficialmente reconocidas; 3.º estudiantes matriculados en la Universidad de León durante el curso 2026/2027; 4.º estudiantes matriculados durante el curso 2026/2027 en otras universidades españolas o extranjeras oficialmente reconocidas;
  • º personas con título de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente, Certificado Profesional o Curso de Especialización de nivel 3; 6.º personas con título de Bachiller o equivalente; 7.º personas con título de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente; y 8.º restantes personas solicitantes. Cada persona quedará incluida exclusivamente en el primero de los grupos anteriores cuyos requisitos cumpla. Dentro de los grupos 1.º y 2.º, las solicitudes se ordenarán de mayor a menor según la nota media del Código Seguro De Verificación YBbBdbsMAnqB5sr73rYclA== Estado Fecha y hora Firmado Por Maria Jose Vieira Aller - Vicerrectora de Emprendimiento, Empleabilidad y Formación Permanente Firmado 28/09/2026 09:39:46 Observaciones Página 3/16 Url De Verificación https://portafirmas.unileon.es/verifirma/code/YBbBdbsMAnqB5sr73rYclA%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).
  • Presidencia: la persona titular del Área de Formación Permanente, o persona que la sustituya.
  • Vocalía: la persona responsable de la Unidad de Títulos Propios, o persona que la sustituya.
  • Vocalía: la persona coordinadora de la microcredencial correspondiente, o persona que la sustituya.
  • Vicerrectorado de Emprendimiento, Empleabilidad y Formación Permanente Undécimo.- Recursos Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Rectora de la Universidad de León en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León, o recurso contencioso- administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente. Duodécimo.- Eficacia y anexos La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León. Forman parte de la convocatoria el Anexo I (microcredenciales y distribución de becas), el
  • Código Seguro De Verificación YBbBdbsMAnqB5sr73rYclA== Estado Fecha y hora Firmado Por Maria Jose Vieira Aller - Vicerrectora de Emprendimiento, Empleabilidad y Formación Permanente Firmado 28/09/2026 09:39:46 Observaciones Página 6/16 Url De Verificación https://portafirmas.unileon.es/verifirma/code/YBbBdbsMAnqB5sr73rYclA%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).
  • MICROCREDENCIAL SOLICITADA Marque una sola opción. Debe haber realizado previamente la preinscripción en la microcredencial elegida. ☐ Implantoprótesis digital avanzada ☐ Cirugía menor dirigida a profesionales de enfermería ☐ Habilitación para la certificación energética de edificios ☐ Gestión empresarial y habilidades en entornos cambiantes ☐ Tecnología del yogur y de las leches fermentadas
  • SITUACIÓN ACADÉMICA (A EFECTOS DE ORDENACIÓN) Marque una sola opción: la primera de la lista que corresponda a su situación. ☐ Titulado/a por la Universidad de León. ☐ Titulado/a por otra universidad. ☐ Estudiante de la Universidad de León en el curso 2026/2027. ☐ Estudiante de otra universidad en el curso 2026/2027. ☐ Titulado/a de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente, o titular de un Certificado Profesional o Curso de Especialización de nivel 3. ☐ Titulado/a de Bachillerato o equivalente. ☐ Titulado/a de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. ☐ Ninguna de las situaciones anteriores. Código Seguro De Verificación YBbBdbsMAnqB5sr73rYclA== Estado Fecha y hora Firmado Por Maria Jose Vieira Aller - Vicerrectora de Emprendimiento, Empleabilidad y Formación Permanente Firmado 28/09/2026 09:39:46 Observaciones Página 8/16 Url De Verificación https://portafirmas.unileon.es/verifirma/code/YBbBdbsMAnqB5sr73rYclA%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).
  • proceda):  Microcredencial que exige titulación universitaria: si el título fue expedido por otra universidad, deberá aportarse el título universitario de acceso o certificación que lo acredite y el certificado académico con nota media en escala de 0 a 10. Si fue expedido por la Universidad de León, su aportación es voluntaria para agilizar la tramitación.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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