CONVOCATORIA 2026 SUBVENCIONES DE TRANSPORTE PÚBLICO PARA ESTUDIANTES DE NIVELES DE FP SUPERIOR Y UNIVERSIDAD. CURSO 2025/2026

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PETRER.

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Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • Empadronadas en Petrer desde al menos el 1 de septiembre de 2025.
  • Que utilicen el servicio de transporte público para sus desplazamientos a su centro educativo o centro universitario correspondiente y que la distancia entre éste y la población de residencia del alumnado no sea inferior a 20 kilómetros ni superior a 50 kilómetros.
  • Que hayan estado matriculados en un Centro de Enseñanza que imparta formación profesional de grado superior, estudios de grado o máster universitarios oficiales, para el mismo curso para el que se convocan estas becas. No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias que lo imposibilitan previstas en el apartado 2, 3 y 3.bis del articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS). 1 Cód. Validación: 3JSTQMGPCY9SSWR4P4H56SAGT Verificación: https://petrer.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 22
  • CUARTA.- Actividades o proyectos subvencionables y objetivos perseguidos. Las presentes bases y convocatoria tiene por objeto regular, para el ejercicio 2026, la concesión de becas de transporte público, con la finalidad de promover y apoyar los programas y actividades que fomenten la igualdad de acceso a la enseñanza de estudiantes de niveles superiores de formación profesional y universitarios empadronados en el término municipal de Petrer, reduciendo el impacto de este tipo de gastos en las economías familiares. Las subvenciones están destinadas a cofinanciar los gastos derivados de la utilización del transporte público para los desplazamientos habituales a los centros educativos de f ormación profesional superior y universitarios de estudiantes de Petrer que se adjudicarán en función de las necesidades económicas familiares de quienes solicitan, y de los criterios establecidos a valorar en la base décima. Los solicitantes solo podrán presentar una única solicitud, con la actividad a subvencionar.
  • QUINTA.- Gastos subvencionables. Serán gastos objeto de subvención los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del periodo del CURSO ESCOLAR 2025-2026 (del 1 de Septiembre de 2025 al 30 de Junio de 2026), sin perjuicio de lo previsto en la base octava. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Únicamente serán objeto de ayuda los gastos de carácter corriente, en ningún caso gasto en bienes inventariables.
  • GASTOS POR SERVICIO DE TRANSPORTE. L os gastos derivados de la utilización del transporte público para los desplazamientos habituales a los centros educativos de formación profesional superior y universitarios de estudiantes de Petrer, y que la distancia entre éste y la población de residencia del alumnado no sea inferior a 20 kilómetros ni superior a 50 kilómetros En ningún caso serán gastos subvencionables, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
  • 7 y 8 de la LGS: los intereses deudores de las cuentas bancarias; los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; los gastos de procedimientos judiciales, los impuestos indirectos cuando son susceptibles de recuperación o compensación (ej. IVA soportado deducible) ni los impuestos personales sobre la renta.
  • SEXTA.- Cuantía individualizada de la subvención. Compatibilidad con otras subvenciones. Para la determinación final del importe individualizado de la subvención concedida a cada solicitante se tendrá en cuenta la documentación justificativa, que se presentará junto con la solicitud. La subvención individualizada resultará de la distribución de la cuantía máxima total de los diferentes apartados en función de la puntuación obtenida conforme a los criterios 2 Cód. Validación: 3JSTQMGPCY9SSWR4P4H56SAGT Verificación: https://petrer.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 22
  • OCTAVA.-. Solicitudes y justificación: plazo, lugar y documentación. Los interesados en concurrir al procedimiento de concesión deberán presentar sus solicitudes por sede electrónica o por cualquiera de las formas descritas por procedimientos establecidos en el
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    DNI del solicitante y, en su caso del representante.
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    ANEXO I “Solicitud de la actividad subvencionable”.
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    ANEXO II . Acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como por reintegro de subvenciones, y no 3 Cód. Validación: 3JSTQMGPCY9SSWR4P4H56SAGT Verificación: https://petrer.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 22
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    se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2 de la LGS.
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    Certificado de matrícula expedido por el centro de formación profesional o universitario, y resguardo bancario de haber efectuado el ingreso de la matrícula del curso 2025/2026.
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    Fotocopia de las notas del curso anterior al de esta convocatoria con indicación de la nota media del curso escolar 20 24-2025, o en el caso de haber accedido por primera vez al ciclo superior de fp o universidad, fotocopia de documento oficial en que conste la nota de acceso al ciclo superior de fp o a la universidad (N.A.U.), o su equivalente en otras enseñanzas que den acceso a estos estudios.
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    Si es el caso, la documentación de las circunstancias sociofamiliares y, circunstancias sobrevenidas, es decir, que la situación familiar actual haya variado con respecto al año 2025 (documentación no obligatoria)
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    Ficha actualizada de alta y mantenimiento de terceros , cumplimentada según el modelo aprobado por el Ayuntamiento de Petrer, adjuntando la documentación que corresponda según lo indicado en el apartado “documentación adjunta”.
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    Si es el caso, fotocopia de la declaración del IRPF del año 2025 de la unidad familiar, de todos sus miembros computables, o si no han presentado declaración el certificado negativo correspondiente.
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    Documentación relativa a la justificación de la subvención. La justificación deberá adoptar la forma de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, conforme al modelo oficial de Cuenta Justificativa con justificantes de gasto del Ayuntamiento de Petrer. La
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    documentación que constituye la memoria económica a presentar es la siguiente:

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación