Personas físicasES512 - Girona

Convocatoria 2026 de subvención para usuarios de la Residència Geriàtrica Sant Josep en régimen de residencia asistida…

Título oficial: Convocatoria 2026 de subvención para usuarios de la Residència Geriàtrica Sant Josep en régimen de residencia asistida o centro de día

Sanidad

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASSÀ DE LA SELVA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 8.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • Haber estado empadronados en el municipio de Cassà de la Selva como mínimo durante los cinco años anteriores al ingreso en la Residència Geriàtrica Sant Josep.
  • Que el solicitante tenga unos ingresos anuales que no superen el equivalente a dos veces la pensión mínima anual de jubilación vigente.
  • Ser usuario de la Residència Geriàtrica Sant Josep en régimen de residencia asistida o centro de día.
  • Los solicitantes, en la fecha de presentación de su solicitud, deberán estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, el resto de Administraciones Públicas y la Seguridad Social. La presentación de una declaración responsable susti tuirá la presentación de certificados acreditativos de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En dicha declaración el solicitante autorizará al Ayuntamiento a efectuar las consultas necesarias con las demás adminis traciones públicas.
  • SEXTA. - CUANTÍA El presupuesto máximo que se destinará a la concesión de estas subvenciones objeto de la presente convocatoria será de 8.000 €. El gasto se imputará a la aplicación presupuestaria 521 2310 48006. El importe otorgado en el marco de estas subvenciones para cada solicitante será, como máximo, de 3.000 €. No podrán concederse ayudas por encima del crédito presupuestario disponible. En el caso de que el número de solicitudes recibidas suponga una cuantía de ayudas superior al crédito disponible, dicho crédito se prorrateará proporcionalmente entre todas las solicitudes.
  • En la solicitud deberá constar:
  • Indicación de si el solicitante es usuario de la Residència Geriàtrica Sant Josep en régimen de residencia asistida o centro de día.
  • Nombre y apellidos, DNI del solicitante y del representante legal o guarda de hecho, y teléfono.
  • Declaración de la renta o certificado de ingresos anuales totales del ejercicio anterior del residente solicitante.
  • Declaración responsable indicando las siguientes circunstancias: d.1) Haber obtenido el solicitante, en el ejercicio anterior, unos ingresos que no superen el equivalente a dos veces la pensión mínima anual de jubilación. d.2) Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, el resto de Administraciones y la Seguridad Social.
  • Autorización expresa del solicitante, de su representante legal o de su guardador de hecho al Ayuntamiento para realizar las consultas necesarias con las demás administraciones públicas, a fin de comprobar las circunstancias expresadas en la solicitud y el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la subvención.
  • Lugar, fecha y firma del solicitante o de su representante legal o guarda de hecho.
  • Asimismo deberá adjuntarse la siguiente documentación: g.1) Datos bancarios de la cuenta, en el modelo debidamente cumplimentado y firmado por el interesado o por su representante legal o guarda de hecho y validado por la entidad bancaria. g.2) Los recibos correspondientes al pago de las cuotas mensuales de la Residència Geriàtrica Sant Josep del año en curso en concepto de residencia asistida y centro de día, excluyendo los servicios complementarios. La presentación de la solicitud implica la aceptación íntegra de las Bases reguladoras de la subvención.
  • Se examinarán conjuntamente, en un único procedimiento, todas las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido y se resolverán en un único acto administrativo. La resolución pondrá fin a la vía administrativa, contra la cual los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, recurso contencioso-administrativo o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. Transcurrido el plazo fijado sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud de otorgamiento de la subvención.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Sanidad