Convocatoria 2026 para las ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas y Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícolas, s/ Resolución de 22 de julio de 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES43 - EXTREMADURA. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.

● Cerrada

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Qué necesitas

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    Relación de personas titulares de las explotaciones que constituyen la ADS en el momento de la solicitud, con indicación de los códigos de explotación de cada una de ellas, elaborada por el personal veterinario que ocupe la dirección técnica de la ADS, o por la jefatura del mismo designada por la presidencia de la ADS en el caso de que hubiera más de un veterinar io o veterinaria, y firmada por quien ocupe la presidencia de la agrupación. A tal efecto, el órgano instructor consultará dicha relación en la base de datos oficial salvo que la presidencia de la ADS se oponga a ello.
  • documentation
    Las ADS aportarán información sobre la composición de su Junta Directiva, con indicación de sexo de quien ocupa cada uno de los cargos que la integran.
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    Declaración responsable de la presidencia de la ADS y/o de las personas titulares de cada explotación, conforme a la letra c) del apartado 4, del artículo 6 de la Orden de 20 de marzo de 2024, de que las mismas cumplen la condición de PYMES, de acuerdo con el Anexo I del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado , así como de que están al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, y frente a la Seguridad Social, mediante modelo anexo II y/o anexo III de la presente Resolución.
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    A tenor de lo establecido en el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano instructor podrá consultar o recabar la información necesaria para comprobar los extremos referidos al cump limiento de las obligaciones de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Hacienda Regional, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso de las personas solicitantes. Csv: FDJEXCBWRSW4A8V35YYNTUS4HMQ7NV Fecha 22/07/2026 13:48:09 Firmado Por JOSE MARIA GUERRERO PÉREZ - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 3/18
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    Copia Electrónica Auténtica Página 4 de 18 Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 95.1,k) de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el órgano instructor podrá consultar o recabar la información necesaria para comprobar los extremos referidos al cumplimiento de l as obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria si consta la autorización expresa de las personas solicitantes. En el caso de que las personas solicitantes se opongan o no autoricen las consultas referidas en los párrafos anteriores, deberán aportar con la solicitud las certificaciones acreditativas de estar al corriente correspondientes.
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    En la solicitud se comunicará la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades por las que se solicita la subvención. Quinto.- Procedimiento de concesión y convocatoria.
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    El procedimiento de concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, en los términos establecidos en los Capítulos I y II del Título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
  • documentation
    El procedimiento se iniciará de oficio mediante la presente resolución de convocatoria pública aprobada por la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, que se ajustará a las bases reguladoras, y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, junto con sus extractos, obtenidos por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Asimismo, la presente convocatoria será objeto de publicación en el Portal de Subvenciones de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, según prevé el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
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    La concesión que corresponda a cada ADS se calculará en base a los datos estimados y comunicados por la misma, según las bases de cálculo establecidas en el artículo 4 de la Orden de 20 de marzo de 202 4, para cada actividad subvencionable de entre las recog idas en el mencionado artículo. No obstante, si el dato estimado presentado por alguna de las ADS solicitantes referidos a alguna de las bases de cálculo, fuera superior al obrante en las bases de datos oficiales de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, se utilizará este último para calcular el montante económico concedido que le corresponda a la actividad afectada, salvo que por parte de la agrupación solicitante se aporte la documentación que acredite la validez de los datos suministrados.
  • documentation
    En el proceso de concesión, justificación y pago de la ayuda se determinará un orden de prioridad para las actividades subvencionables por parte de la Dirección General de Agricultura y Ganadería según se establece en el resuelvo noveno; de esta forma, se asignará financiación a la actividad subvencionable que aparezca en primer lugar hasta completar todas las solicitudes admitidas que la hayan solicitado, y así sucesivamente y siguiendo el orden Csv: FDJEXCBWRSW4A8V35YYNTUS4HMQ7NV Fecha 22/07/2026 13:48:09 Firmado Por JOSE MARIA GUERRERO PÉREZ - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 4/18
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    No obstante, en el caso de que el crédito disponible no fuera suficiente para cubrir íntegramente la actividad que en ese momento se está financia ndo conforme al orden de prioridad establecido, con carácter excepcional, y atendiendo a la finalidad colectiva de esta ayuda y para cumplir con el objeto de la misma, se distribuirá la cantidad disponible para esa actividad entre toda s las beneficiarias que cumplan los requisitos necesarios para poder percibir la ayuda destinada a esa acción, procediéndose por tanto a un prorrateo en estos casos. Sexto.- Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento y plazo de resolución y notificación.
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    El órgano encargado de la ordenación e instrucción del procedimiento será el Servicio de Sanidad Animal de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
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    efectuada. La Comisión de Valoración estará constituida: − La titular de la Dirección Regional de Programas de Sanidad Animal, del Servicio de Sanidad Animal que actuará como presidenta, Dª. Sara María Barroso Casillas. − El titular de la Jefatura de Sección de Bienestar Animal, del Servicio de Sanidad Animal que actuará como vocal, D. Miguel Ángel Muñoz Jaraiz. − La Asesora Jurídica de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, que actuará como secretaria, Dª. M.ª Antonia Viniegra Cancho. Octavo.- Notificación de la resolución. La resolución se notificará individualmente a cada persona o entidad beneficiaria de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Csv: FDJEXCBWRSW4A8V35YYNTUS4HMQ7NV Fecha 22/07/2026 13:48:09 Firmado Por JOSE MARIA GUERRERO PÉREZ - El Secretario General Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 5/18
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    Las actividades subvencionables establecidas de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la Orden de 20 de marzo de 2024 y el orden de prioridad determinado por la Dirección General de Agricultura y Ganadería según establece el artículo 5 de la citada orden, para esta convocatoria
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    Copia Electrónica Auténtica Página 8 de 18 5ª Inmunización con vacunas autorizadas en España frente a enfermedades que determine anualmente la autoridad competente en la convocatoria de ayuda, siguiendo las indicaciones establecidas en la normativa aplicable, en la autorización del fabricante o la ficha técnica del medicamento y, además, cumpliendo los requisitos que establezca el Servicio de Sanidad Animal respecto de las explotaciones y/o an imales a los que irá dirigida la inmunización: vacunación de Lengua Azul en las especies bovina y ovina, y/o de Fiebre Q en las especies bovina, ovina y caprina. 1 € por UGM vacunada 6ª Actuaciones realizadas para el cumplimiento de programas sanitarios contra enfermedades parasitarias, que deben incluir la toma de muestras (por cada especie animal), de heces en al menos el 20% de las explotaciones que integran la ADS, y su envío a labora torios oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para su análisis. 30 € por explotación
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    Las solicitudes se ordenarán en función de su puntuación, de acuerdo con los siguientes
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    Serán prioritarias las solicitudes de aquellas ADS que agrupen un mayor número de explotaciones y ganado. Se ponderará este criterio con una valoración máxima de 35 puntos,
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    Número total de personal veterinario para desarrollar las actuaciones sanitarias. Se ponderará este criterio con una valoración máxima de 15 puntos. Se adjudicarán 15 puntos realizando la ponderación de forma proporcional, calculando la carga de UGM por la persona o personas tituladas en veterinaria que ocupen la dirección técnica y asignando mayor puntuación a aquellas que tengan menor carga ganadera por cada persona veterinaria.
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    Número de especies ganaderas que integran las ADS. Se ponderará este criterio con una valoración máxima de 25 puntos, valorando según la importancia de cada especie con el
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    Bovinos y porcinos: se asignarán 11.5 puntos si una de estas especies es la primera en valor específico respecto al cómputo total de UGM de la agrupación, 7.5 si es la segunda, 5 si es la tercera, 2.5 si es la cuarta y 1.5 en el resto de casos.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación