Convocatoria 2026 de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva para contrataciones de personas del municipio.

Estas Bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de un sistema de ayudas para incentivar la creación de puestos de trabajo por la ciudadanía de Vila-seca, mediante la Bolsa de Trabajo Municipal, en el ámbito temporal que establezca la co rrespondiente convocatoria de estas ayudas. La finalidad de estas subvenciones es el fomento de la ocupación estable, la mejora de la empleabilidad de las personas en situación de paro, especialmente de los colectivos más desfavorecidos por su inserción laboral, y el apoyo a la mejora competitiva de l tejido económico local.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES514 - Tarragona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILA-SECA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • No se pueden encontrar en jefe de los supuestos que impiden adquirir la condición de persona beneficiaria, que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Vila-seca, Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Tributaria Catalana y ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se tiene que mantener: previamente a la resolución de otorgamiento y antes de recibir cualquier pago. Los beneficiarios que tengan un convenio de regularización de deudas en vigor y estén al corriente de pago de los plazos, se considerará que están al corriente de las obligaciones financieras con el Ayuntamiento.
  • Estando al corriente de las obligaciones de justificación de cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento, excepto en aquellos casos en que todavía no haya transcurrido el correspondiente plazo de justificación. Este requisito se tiene q ue cumplir en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse durante todo el procedimiento hasta la aprobación de la cuenta justificativa definitiva y el último pago.
  • Ser titular de la cuenta bancaria donde se tendrían que realizar los pagos de la subvención.
  • Permitir en el Ayuntamiento de Vila-seca que haga difusión de las ayudas otorgadas.
  • Desarrollar una actividad lícita que no suponga discriminación, atente contra la dignidad e igualdad de las personas, fomente la violencia o vaya contra los derechos humanos, no lleven a cabo acciones que sean ilegales, nocivas, peligrosas o molestas ni que puedan herir la sensibilidad de las personas y/o las empresas.
  • No haber estado nunca objeto de sanciones administrativas firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o enero y según Ley 17/2015 de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
  • Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarla en el momento de concesión y hasta la aprobación de la cuenta justificativa y pago final. b. Requisitos de la contratación subvencionada
  • La persona solicitando previamente a la presentación de la solicitud tiene que haber abierto una oferta de trabajo a la Bolsa de trabajo el Ayuntamiento de Vila -seca y la relación laboral a subvencionar tiene que estar vinculada esta oferta de trabajo. La persona contratada tiene que constar como una de las candidatas a esta oferta.
  • La persona contratada tendrá que estar empadronada en el municipio de Vila -seca como mínimo los 6 meses continuados inmediatos a la fecha de inicio del contrato de trabajo a subvencionar y mantenerse de alta al padrón hasta el momento de presentación de la solicitud.
  • La jornada laboral del contrato subvencionable es de jornada completa y de manera gradual a partir del 80% de jornada laboral. Este requisito se debe cumplir des del inició de la relación laboral.
  • Las modalidades contractuales serán las vigentes de acuerdo con la normativa laboral del momento de la formalización de la contratación; así como los salarios serán los fijados de acuerdo con la normativa y convenio vigente durante la vida del contrato laboral.
  • El periodo en que se tiene que iniciar la contratación subvencionable es del 1 de enero de 2025 hasta el 01 de abril de 2026 (incluidos).
  • La contratación subvencionable tiene que suponer un incremento de la plantilla en relación con el año anterior de trabajadores o su mantenimiento, de haberse producido bajas voluntarias.
  • Si la empresa beneficiaria ha presentado un ERTE, este se tendrá que haber levantado al menos parcialmente y hará falta que no haya ningún trabajador/a todavía en situación de ERTE con el mismo perfil profesional de la nueva persona contratada.
  • Presentación de solicitudes de trámite. Las solicitudes para poder participar se podrán presentar a la Oficina de atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Vila -seca, situadas al c. de la Font, 1 o mediante la sede electrónica en el siguiente enlace: https://vila-seca.eadministracio.cat/dossier.1 o en cualquier de las formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Plaça de l’Església, 26 43480 Vila-seca Tel. 977 309 300 Fax. 977 309 301 El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona y a E -Tablero y durante el plazo de uno (1) mes. Habrá que tener presente a todos los efectos los obligados a relacionarse electrónicamente con la administración y a la presentación telemática de las solicitudes, de acuerdo con el arte. 14 de la LPACAP.
  • La documentación que habrá que adjuntar a la instancia de solicitud:
  • Solicitud mediante modelo normalizado.
  • Copia del NIF/DNI/NIE de la persona solicitante. En el caso de personas jurídicas, escrituras o estatutos de la empresa.

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables · eligible
    Plaça de l’Església, 26 43480 Vila-seca Tel. 977 309 300 Fax. 977 309 301 Los gastos subvencionables serán únicamente los sueldos y la seguridad social de las personas contratadas por las que se ha concedido la subvención. No se subvencionarán jornadas inferiores al 80% de la jornada laboral completa. El importe de la subvención se ajustará al porcentaje contratado de la jornada laboral. Se podrá acumular más de una ayuda por persona beneficiaria, correspondiendo a diferentes relaciones laborales.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Importes La cuantía de las subvenciones concedida por solicitud se determina en función de la duración
  • Gastos subvencionables · eligible
    Tipo A - TEMPORAL (CAUSAS ESPECÍFICAS NORMA), se fija una cuantía genérica de 2.000€ si el contrato es de mínimo 6 meses en cómputo anual.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Están en situación de paro de 2 años o más.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Mayores de 45 años
  • Gastos subvencionables · eligible
    Tipo B- INDEFINIDOS, se fija una cuantía genérica de 5.000€ por jornada completa. Y proporcional a esta importa a partir de jornadas del 80%.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Tipo C- FIJAS DISCONTINUOS, se fija una cuantía genérica de 2.500€ si el contrato fijo discontinuo se de un mínimo de 6 meses en cómputo anual.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Mayores de 45 años Las personas solicitantes tendrán que cumplir los requisitos de las bases de los apartados 3 y 4 que rigen la convocatoria.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Periodo subvencionable. El periodo subvencionable a la subvención es el asociado al tiempo mínimo de contratación en función del punto 4.3 de las bases reguladoras. Cómputo desde el inicio de la contratación objeto de la subvención dentro del periodo fijado a la convocatoria.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Características de la convocatoria El objeto, las condiciones y la finalidad de la concesión de subvenciones convocadas, los requisitos para solicitarlas, así como los criterios de reparto constan en las bases específicas reguladoras de la convocatoria.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Estas Bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de un sistema de ayudas para incentivar la creación de puestos de trabajo por la ciudadanía de Vila-seca, mediante la Bolsa de Trabajo Municipal, en el ámbito temporal que establezca la co rrespondiente convocatoria de estas ayudas. La finalidad de estas subvenciones es el fomento de la ocupación estable, la mejora de la empleabilidad de las personas en situación de paro, especialmente de los colectivos más desfavorecidos por su inserción laboral, y el apoyo a la mejora competitiva de l tejido económico local.