Personas físicasPersonas jurídicasES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

CONVOCATORIA 2026-2027 PROGRAMAS DE FORMACIÓN CONDUCENTES DESEMPLEADOS Y OCUPADOS

Desempleo

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • No podrá superar el importe equivalente a su mayor volumen anual de facturación y de gestión de actividades de formación.
  • Dicho volumen deberá referirse a los 3 últimos ejercicios anteriores a fecha de la solicitud.
  • En el caso de entidades de nueva creación, o cuando por la fecha de constitución no sea posible acreditar ese volumen de facturación, el importe máximo de la solicitud será por cada entidad o agrupación
  • 000 euros por programa de formación para la Línea 1 y de
  • 000 euros por programa de formación para la Línea 2.
  • La valoración técnica obtenida por la solicitud según los criterios establecidos en esta convocatoria y con arreglo al Anexo I. Criterios de valoración de las solicitudes, que acompaña a la presente Resolución.
  • La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de participantes y por el importe del módulo económico correspondiente.
  • Sólo se tendrán en cuenta para este cálculo las personas participantes y acciones formativas admitidas en la tramitación de la solicitud. Las acciones formativas tendrán que estar de alta en el catálogo en el momento de solicitud.
  • La cuantía máxima de subvención a conceder de cada programa será la suma del coste de todas las acciones formativas que lo integran.
  • La entidad solicitante deberá garantizar que:
  • Programa formativo L1: al menos el 80 % de las acciones formativas se impartan en modalidad presencial.
  • Programa formativo L2: al menos el 25% de las acciones formativas se impartan en modalidad presencial.
  • Apoderamiento del representante de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la misma.
  • Documento de compromiso de ejecución para entidades asociadas o agrupadas que se acompaña como Anexo V a esta convocatoria debidamente cumplimentado y firmado por cada uno de los integrantes de la agrupación. A.6 Identificación de la persona que ocupe la dirección académica del centro de formación, acompañada de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos referidos en el artículo 168.1 a) del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio. A.7Ficha de acreedor debidamente cumplimentada. Este documento solo será necesario aportarlo cuando se hayan realizado cambios en el número de cuenta bancaria de la solicitante, se solicite subvención por primera vez o nunca se haya obtenido una subvención o ayuda en la Administración del Principado de Asturias.
  • Estado del documento Original Página 27 de 76 Dirección electrónica de validación CSV https://consultaCVS.asturias.es Código Seguro de Verificación (CSV) 16340723011156076251 A.8Declaración responsable del solicitante o representante legal en su caso, relativa a los siguientes extremos (En el caso de solicitudes formuladas por una agrupación de entidades en la Línea 2, deberá efectuar esta declaración
  • Haber procedido a la justificación de las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma.
  • Obtención de subvenciones procedentes de cualesquiera Administración o Ente Público nacional o internacional, para la misma finalidad o actuaciones formativas coincidentes, siempre que pudieran ser compartidas para la financiación de los gastos en que se incurra para la realización de los cursos programados mediante la presente convocatoria, a fin de establecer el cálculo de las imputaciones correspondientes.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, autonómicas y estatales, y con la Seguridad Social.
  • No ser deudora de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles
  • No hallarse incursa en alguna de las circunstancias establecidas en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad