CONVOCÀCTORIA DE SUBVENCIONS A PERSONES ESPORTISTES I ENTITATS ESPORTIVES DEL MUNICIPI DE MANACOR 2025

Educación

En resumen: Está orientada a Deportistas, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES532 - Mallorca. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MANACOR.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Entidades, clubes y asociaciones deportivas sin ánimo de lucro con do micilio fiscal
  • Consten inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Dirección General de Deportes del Gobierno de las Islas Baleares,
  • Participen como club miembro de una federación deportiva (o equivalente) y,
  • Consten dadas de alta en el Registro de entidades locales del Ayuntamiento de Manacor.
  • Personas físicas con licencia federativa vigente y con residencia en el municipio de Manacor (en fecha 1 de enero del año objeto de subvención) que participen en competiciones deportivas de ámbito estatal, nacional o internacional. Los requisitos generales que deben cumplir las entidades, clubes, asociaciones y
  • Las personas deportistas individuales (línea C): ser persona física empadronada y registrada en el municipio de Manacor, ser deportista federado (con licencia federativa en vigor, durante la anualidad que solicita la ayuda) y estar inscrito y/o haber participado en competiciones oficiales fuera de la isla de Mallorca en el momento de formalizar la solicitud. Además, aportar la certificación de la correspondiente federación o club deportivo que acredite que se ha sido seleccionado/a para formar parte de una selección o de una competición oficial.
  • Para las líneas A, B y D: estar inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Dirección General de Deportes del Gobierno de las Islas Baleares y estar dado de alta como club o como deportista en la Federación Deportiva Territorial o Nacional correspondiente. Tener los datos de la entidad, club o asociación actualizados (anexo 1).
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Manacor y no encontrarse sometido a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo.
  • Haber llevado a cabo las actividades dentro del plazo objeto de esta subvención. Codi Validació: 9AN93LE5STDY69L9GYL6DLL6J Verificació: https://manacor.eadministracio.cat/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 3 de 37
  • cumplir las siguientes condiciones:
  • Llevar a cabo la actividad objeto de la subvención de acuerdo con las condiciones establecidas y realizar la justificación de la subvención dentro del plazo y en la forma adecuada. ii) Comunicar al Ayuntamiento de Manacor las modificaciones que se hayan producido y que sean causa de la concesión o cumplimiento de la subvención. iii) Comunicar al Ayuntamiento de Manacor, en cualquier momento, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad y que no hayan sido consignadas anteriormente en la solicitud. iv) Hacer constar que la actividad está subvencionada o patrocinada por el Ayuntamiento de Manacor, siempre que sea posible según el ámbito temporal de realización de la actividad.
  • Cumplir con la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
  • Naturaleza y régimen de concesión Estas subvenciones son de carácter voluntario, eventuales, anulables, revocables y reintegrables en todo momento, por las causas previstas en la ley, en estas bases y en la ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Manacor. Además, no generan ningún derecho a obtener otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente. La concesión de las subvenciones de estas bases se rige por los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de acuerdo con lo que establecen las bases que la regulan. Asimismo, son compatibles con otras ayudas o subvenciones que pueda recibir la persona o entidad beneficiaria por la misma actividad subvencionada, siempre que el cómputo total de las ayudas o subvenciones recibidas no supere el coste total de la actividad subvencionada.
  • Línea B: El procedimiento de concesión para la línea B es mediante concurrencia competitiva, procedimiento en el que la concesió n de subvenciones se establece mediante un orden de prelación de las solicitudes presentadas conforme a los criterios de valoración fijados en las bases reguladoras (punto 7.1). Las solicitudes se podrán resolver individualmente, una vez vencido el plazo de presentación de solicitudes, a medida que estas entren en el registro del Ayuntamiento y sean debidamente presentadas y justificadas.
  • Líneas A, C y D: En cuanto a las líneas A, C y D, las s ubvenciones serán de concesión directa mediante la concurrencia de solicitudes sin competitividad entre ellas y por riguroso orden de entrada. Así, no ser á necesaria la comparación entre las solicitudes y se concederán todas las que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases y en la convocatoria y sean debidamente justificadas.
  • Se seguirá el orden de entrada de las solicitudes en el registro electrónico del Ayuntamiento de Manacor siempre que el expediente sea correcto y se aporten los documentos preceptivos.
  • En este sentido, si se hace un requerimiento a la entidad o persona solicitante, el orden de entrada que figurará en el registro será el del momento en que se presenta la documentación correcta y completa.
  • Las solicitudes se podrán resolver individualmente, aunque no haya expirado el plazo de presentación de estas, a medida que estas entren en el registro del Ayuntamiento y previa justificación de las mismas. Codi Validació: 9AN93LE5STDY69L9GYL6DLL6J Verificació: https://manacor.eadministracio.cat/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 5 de 37
  • Si se agota el crédito destinado a cada línea antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se continuarán admitiendo solicitudes con la finalidad de crear una lista de espera que, en caso de que haya solicitudes que tengan reconocido un crédito a su favor, pero que no justifiquen debidamente dentro del plazo y en la forma adecuada, o cuando sea posible la redistribución de créditos entre líneas, se pueda redistribuir el crédito reconocido a otros solicitantes de esta lista de espera.
  • Criterios objetivos de otorgamiento y cuantía de las ayudas El importe de la subvención se determinará de la siguiente forma, atendiendo a las líneas descritas en el punto 1 de estas bases reguladoras.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación