Convenios de colaboración entre la Comarca de Somontano de Barbastro y el Ayuntamiento de Santa María de Dulcis en relación con la puesta en marcha, gestión y mantenimiento de las Ludotecas de Verano contempladas en el "Plan Corresponsables 2026".

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La Comarca de Somontano de Barbastro, en su condición de entidad concedente, procederá al pago de las actuaciones ejecutadas relacionadas en la cláusula primera del presente convenio. Así mismo, dará soporte y mantenimiento de la herramienta informática necesaria para gestionar la bolsa de cuidado y facilitará información al Ayuntamiento para gestionar el plan, labores de coordinación y complementariedad con el Ayuntamiento. Convenio Servicio de Ludoteca Verano
  • Corresponde al Ayuntamiento la ejecución de las actuaciones recogidas en la cláusula primera del presente convenio y que son objeto de subvención, en los siguientes términos y con sujeción a la
  • Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que se recojan durante la ejecución de convenio, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso se podrán utilizar los datos para fines distintos o fines propios.
  • Tratar los datos de acuerdo con el presente acuerdo y con las instrucciones del organismo responsable del tratamiento. Si la entidad encargada considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, informará inmediatamente al organismo responsable.
  • Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento
  • - El nombre y los datos de contacto de la entidad o entidades encargadas y de cada organismo responsable por cuenta del cual actúe la entidad encargada y, en su caso, de la persona representante del organismo responsable o la entidad encargada y de la pers ona delegada de protección de datos.
  • - Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada organismo responsable.
  • - En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
  • - Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
  • La seudonimización y el cifrado de datos personales.
  • La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
  • La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
  • El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento. Asimismo, colaborará con el organismo responsable del tratamiento para la identificación de la información que debe incluirse en su Registro de Actividades de Tratamiento en aquellos supuestos en los que la entidad encargada trate los datos en sus locales y exclusivamente con sus sistemas de información
  • No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del organismo responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. La entidad encargada puede comunicar los datos a otras entidades encargadas del tratamiento del mismo organismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del organismo responsable. En este caso, el organismo responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación. Si la entidad encargada debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al organismo Convenio Servicio de Ludoteca Verano
  • Subencargo: Estará permitido el subencargo del tratamiento de datos personales
  • Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.
  • Garantizar que e l personal empleado, así como las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que debe informarles convenientemente.
  • Mantener a disposición del organismo responsable del tratamiento la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
  • Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personal es del personal empleado y de las personas autorizadas para tratar datos personales.
  • Asistir al organismo responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento , portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas (incluida la elaboración de perfiles). Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, porta bilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, ante la entidad encargada del tratamiento, ésta debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección: protecciondatosae@aragon.es así como a la dirección:iam@aragon.es La comuni cación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.

Gastos y actuaciones

  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sólo serán subvencionables aquellos gastos que directa e indubitadamente estén relacionados con el objeto del convenio.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Entre ellos se incluirán: 1- Los costes salariales y la cotización empresarial a la Seguridad Social, tanto del personal contratado por el ayuntamiento, como el contratado a través de un contrato administrativo de servicios, para la bolsa de cuidados que pue dan prestarse en el domicilio, o en dependencias, de conformidad con el Plan Corresponsables. Quedará reflejado en el correspondiente contrato, que el personal contratado lo es para la ejecución del Plan Corresponsables. Para la contratación administrativa de servicios, se atendrá a lo establecido en el artículo 77.2 Ley 11/2023, de 30 de marzo y el resto de normativa aplicable. Convenio Servicio de Ludoteca Verano
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Santa María de Dulcis
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    10 Las personas contratadas para la ejecución de las actuaciones, no podrán percibir cuantía inferior al importe fijado en el conve nio colectivo de aplicación y, en todo caso, el salario mínimo interprofesional establecido. Las contrataciones podrán hacerse a través de la bolsa de interinos como fórmula habilitada únicamente en el Capítulo 1 de gastos de “Personal”, o mediante la con tratación de asistencias técnicas vía Capítulo 2 de “Gastos corrientes en bienes y servicios” (justificando los cometidos, la proporcionalidad e idoneidad del gasto). 2- Los costes salariales y la cotización empresarial a la Seguridad Social de las person as que sean contratadas para la tramitación de los expedientes administrativos y/o la coordinación derivadas de la gestión del Plan Corresponsables. 3- Costes que de manera inequívoca respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada,
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos correspondientes a los Capítulos 2 y 4 del presupuesto de gastos.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos inherentes a la celebración de jornadas formativas y reuniones de coordinación y gastos en materiales, ponencias, locales y medios audiovisuales.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos en concepto de viaje y estancia vinculados a los proyectos de sensibilización y formación de las personas que impartan dichas actividades, excepto en el caso del personal funcionario, y aju stándose las cuantías en concepto de dieta, manutención y alojamiento a la normativa correspondiente en materia de indemnizaciones por razón de servicio.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos de alquiler de inmuebles, vehículos, equipamiento informático y tecnológico, equipamiento audio visual, o mobiliario, siempre que tengan relación directa con la ejecución del proyecto, si bien se recuerda que para los servicios de cuidados preferiblemente se deberán utilizar espacios públicos de uso gratuito.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos de suministros como agua, electric idad, gas, combustible, telefonía, internet, correos, mensajería y otros imputables directamente con las actividades, o en el supuesto de dependencias compartidas el coste prorrateado según el porcentaje de horas de cada proyecto.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos derivados de limpi eza, seguridad, mantenimiento informático, mantenimiento, servicios de prevención de riesgos laborales vinculados directamente a las actividades, por el tiempo y espacio acotados a la actuación de un proyecto del Plan, no para servicios de carácter general para las escuelas o dependencias donde tenga lugar la actividad.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos de compra de material fungible, fotocopias, reprografía material de oficina directamente relacionados y acotados en el tiempo y espacio a una actuación del Plan.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos por servicios de traducción e interpretación imprescindibles para el buen desarrollo de las actividades.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos relacionados con la difusión de actividades, publicaciones y material didáctico, excepto lo relacionado con portales web genéricos de la entidad gestora sin vinculación con la sensibilización o formación
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos de contratación de servicios de formación relacionada con el objeto del proyecto, bien sea de persona física (de alta en el sistema RETA de la seguridad social) o jurídica.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos en subcontrataciones, c umpliendo lo establecido en la Ley General de Subvenciones. Convenio Servicio de Ludoteca Verano
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · eligible
    Gastos en alojamiento y manutención en los espacios públicos colectivos o de entidades sin ánimo de lucro habilitados (campamentos, colonias…); g astos de transporte como gasto accesorio y gastos d e desplazamiento destinados a la prestación en domicilio, espacios públicos o privados habilitados y cumpliendo las garantías sanitarias; seguro de responsabilidad civil.
  • Sexta - Gastos Subvencionables. · ineligible
    Se consideran gastos no subvencionables: a. Queda excluida la financiación de gastos q ue por su naturaleza económica se encuadren en el

Documentos y trazabilidad

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