Convenio con la Universidad de Zaragoza para la realización del rotatorio de las asignaturas de prácticas clínicas tute · 2026/2027

Título oficial: Convenio con la Universidad de Zaragoza para la realización del rotatorio de las asignaturas de prácticas clínicas tuteladas en Huesca para el curso 2026/2027 y ayudas a estudiantes de medicina que realicen prácticas en el medio rural de la provincia.

El objeto del presente convenio es establecer las líneas de colaboración entre la Diputación Provincial de Huesca y la Universidad de Zaragoza para realizar en Huesca el rotatorio de las asignaturas “Prácticas Clínicas Tuteladas” de la Facultad de Medicina de Zaragoza durante el curso 2026/2027. Además se establece una línea de ayudas a los profesores tutores y a los estudiantes de Medicina para la realización de prácticas en los centros sanitarios ubicados en el medio rural de la provincia.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 49.724,76 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Conceder una subvención directa en la que se acreditan razones de interés público, social y económico, de acuerdo con el artículo 31 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, a la Universidad de Zaragoza, por un importe estimado de
  • 724,76 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 41.3260.482000 Promoción educativa. Subvenciones a Universidades (documentos RC n.º 2027.2.0000811.000 y RC n.º
  • 2.0000811.001 )- Decreto Nº 3112 de 09/09/2026 "Decreto de Aprobación Convenio"
  • Contratación profesores asociados en Hospital San Jorge y CC. Salud de Huesca capital: 25.105,5 €.
  • Contratación profesores asociados CC. Salud zonas rurales: 8.119,26 €.
  • Subvencionar estudiantes de Medicina que realicen prácticas en centros rurales:
  • 500 € La justificación de los importes se presentará por la beneficiaria en la memoria final sobre la satisfactoria ejecución de la actividad subvencionada, en su caso, acorde al proyecto-
  • Huesca, por lo que la subvención será incompatible con cualquier otra ayuda pública o privada para el mismo objeto y finalidad. De acuerdo con el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, ni superar el límite de financiación establecido.
  • Nombrar dos representantes de la Diputación Provincial de Huesca en la comisión de seguimiento.
  • Realizar y desarrollar las actividades en el marco del objeto del convenio aportando su personal, organización, servicios necesarios y gestión de gastos y pagos.
  • Contratar cuatro profesores médicos (PAM) durante el curso académico completo, y hasta tres durante el segundo semestre del curso, en función del perfil de los alumnos solicitantes y por tanto de los módulos de rotación que éstos deban realizar. Dichos contratos podrán realizarse en el Hospital General Universitario San Jorge, de Huesca (pertenecientes a las especialidades de médicas del Hospital, Cirugía general o Urología, Urgencias, Obstetricia y Ginecología, Traumatología), y en Centros de Atención Primaria de Huesca y provincia (pertenecientes a las especialidades de Medicina de Familia y Pediatría). Dichos profesores asociados se encargarán de las prácticas del rotatorio de los estudiantes que deseen llevar a cabo las prácticas en los centros señalados.
  • Difundir entre sus estudiantes esta opción y, si hay estudiantes interesados que manifiesten su voluntad de realizar las prácticas en estos centros, el correspondiente departamento universitario solicitará del Vicerrector de Profesorado la autorización de la convocatoria de las respectivas plazas. Las especialidades de Medicina de familia y de Pediatría se podrán realizar en centros de salud de la provincia de Huesca (excluida la capital), si voluntariamente los alumnos lo solicitan. En estos casos, la Universidad, con cargo a la línea de ayudas sobre alojamientos y desplazamientos, se compromete a subvencionar e informar de esta opción de prácticas rurales en dichas especialidades a los estudiantes, así como a llevar a cabo la correspondiente convocatoria y la gestión del pago a los estudiantes por los conceptos subvencionados. Decreto Nº 3112 de 09/09/2026 "Decreto de Aprobación Convenio"
  • Acreditar la realización de las actividades y justificar los gastos ante la Diputación de Huesca, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que se determinen en este convenio.
  • Reunir en todo momento los requisitos exigidos por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para ser beneficiaria de la subvención y no estar incursa en las prohibiciones previstas en el citado artículo para obtener dicha condición, así como estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y por de reintegro de subvenciones con la Diputación Provincial de Huesca.
  • Comunicar a la Diputación de Huesca, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación, cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, así como la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos nacionales o europeos. En este caso deberá incluirse en la documentación justificativa una relación de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada.
  • Facilitar cuanta información le sea requerida por la Diputación Provincial de Huesca, referente a cualquier circunstancia o extremo relativo a la actividad subvencionada, y someterse a cuantas visitas y comprobaciones se consideren convenientes para cotejar la necesidad, desarrollo y realización de las actuaciones para las que se ha solicitado subvención, para lo que permitirá el libre acceso a cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de esta función por la Intervención General de la Diputación.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y a las de control financiero que corresponden a los servicios de Intervención de la Diputación de Huesca, y previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas estatal o, en su caso, la Cámara de Cuentas de Aragón, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Suministrar a la Diputación Provincial de Huesca, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquellas de las obligaciones de transparencia establecidas en el Título II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana.
  • Nombrar dos representantes de la Universidad en la comisión de seguimiento.
  • El cumplimiento de la obligación de justificación conllevará la de acreditar ante la Diputación Provincial de Huesca la realización y el pago de la actividad subvencionada, de acuerdo con el presupuesto presentado en la memoria de la solicitud, así como el cumplimiento del resto de las obligaciones previstas en el convenio, conforme a lo dispuesto tanto en la normativa básica estatal como en la aragonesa, y demás normativa aplicable en la materia. A estos efectos, se considerará que el gasto ha sido efectivamente pagado cuando se haya procedido a reconocer su obligación con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado por la norma reguladora de la subvención. A estos efectos, la justificación podrá consistir en la certificación emitida por el Interventor o el órgano que tenga atribuidas las facultades de control en la que se haga constar la toma de razón en contabilidad y el cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida, de acuerdo con el

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Tercera. Gastos subvencionables. · eligible
    Se considerarán subvencionables aquellos gastos corrientes que resulten estrictamente necesarios, respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen con anterioridad a la finalización del plazo previsto para su ejecución. En concreto, serán subvencionables los gastos derivados de la contratación de los profesores necesarios para tutelar las asignaturas “Prácticas Clínicas Tuteladas”, y del abono de las cuotas de las Seguridad Social de dichos docentes, en los centros de la ciudad de Huesca y en los centros rurales. Igualmente se subvencionarán los gastos de seguridad social, desplazamiento y alojamiento de los estudiantes que opten por realizar sus prácticas de Medicina de Familia o Pediatría en centros rurales de la provincia.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de carácter protocolario en servicios de hostelería y restauración, alojamientos, obsequios y otros similares.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos suntuarios.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los relativos a dietas, locomoción, manutención, alojamiento y similares de personal, en la medida que resulten subvencionables, y superen los límites establecidos con carácter oficial para el personal de la administración clasificado en el grupo 2 en el anexo II del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de dietas y viajes de los profesionales vinculados al proyecto con contrato de arrendamiento de servicios.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de dietas, viajes, indemnizaciones por asistencia a reuniones de los órganos de gobierno de los miembros de las Juntas directivas, de los Consejos de dirección, de los socios o directivos de la entidad en condición de tales, y las retribuciones de sus cargos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto del presente convenio es establecer las líneas de colaboración entre la Diputación Provincial de Huesca y la Universidad de Zaragoza para realizar en Huesca el rotatorio de las asignaturas “Prácticas Clínicas Tuteladas” de la Facultad de Medicina de Zaragoza durante el curso 2026/2027. Además se establece una línea de ayudas a los profesores tutores y a los estudiantes de Medicina para la realización de prácticas en los centros sanitarios ubicados en el medio rural de la provincia.