CONVENIO TIPO DE COLABORACION ENTRE EL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE ZAMORA Y EL AYUNTAMIENTO DE GAMONES PARA LA E…

Título oficial: CONVENIO TIPO DE COLABORACION ENTRE EL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE ZAMORA Y EL AYUNTAMIENTO DE GAMONES PARA LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACION DENOMINADA ILUMINACION MONUMENTAL EFICIENTE DE LOS RECURSOS DEL CORREDOR ECOTURISTICO DE ZAMORA Y EL DUERO

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES419 - Zamora. La gestiona PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE ZAMORA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.899,79 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 28/05/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • El Patronato de Turismo de Zamora:  Actuará como Administración contratante en cuanto a la obra referida.  En el supuesto de que durante la ejecución del contrato el Director de la Obra solicitase autorización para la modificación del contrato que implique un incremento del gasto, el Patronato Provincial de Turismo, deberá acordar la correspondiente modificación presupuestaria para hacerse cargo íntegramente del coste de la modificación. 6
  • Otras obligaciones  Una vez recibidas las obras objeto de este convenio, éstas se integrarán en el patrimonio municipal por lo que el Ayuntamiento de se compromete a mantenerlas y conservarlas y por lo tanto el coste de dicho mantenimiento correrá a cargo del presupuesto municipal, para el uso o servicio público local, en lo que concierne a su término municipal.  Conservar las instalaciones asumiendo por lo tanto el coste de dicho mantenimiento para el uso o servicio público a la localidad, y por ello asumir las posibles responsabilidades derivadas del funcionamiento del servicio público que se prestará una vez recibida la obra.  Los ayuntamientos se comprometen a la contratación y pago de los suministros de la iluminación monumental exterior La imposibilidad de contratación de la obra por parte del Patronato de Turismo en los plazos establecidos por la legislación aplicable durante la anualidad 2026, por la no presentación con la antelación suficiente de la documentación relativa a la obra objeto de este convenio que sea requerida al Ayuntamiento por el Patronato Provincial de Turismo, podrá dar origen a la baja de dicha inversión.
  • El presente convenio podrá resolverse en virtud de las siguientes causas:
  • El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
  • El acuerdo unánime de todos los firmantes. 10
  • El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. En caso de resolución del convenio por esta causa se procederá a la liquidación de las tareas efectivamente realizadas y debidamente conformadas hasta el momento del incumplimiento.
  • Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
  • Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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