CONVENIO TAU SAN EUGENIO - ALOJAMIENTO MAYORES VULNERABLES

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • - A la finalización de la vigencia del Convenio y como fecha límite 15 de febrero de 2027, la entidad beneficiaria presentará la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos del convenio que revestirá la forma de cuenta justificativa del gasto realizado, siguiendo las prescripciones establecidas en el artículo 46 de la Ordenanza. Al ser la subvención concedida por importe igual o superior a 50.000 euros, se deberá justificar la misma con la aportación de un informe de auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
  • Un informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Anexo
  • Memoria de actuación (Anexo J01), conforme se indica en el punto 2.
  • Memoria económica abreviada que contendrá un cuadro presupuestario de ingresos que han financiado la ejecución del proyecto con indicación de las fuentes de financiación así como cuadro presupuestario de gastos debidamente agrupados por conceptos reflejándose las desviaciones acaecidas respecto de las cantidades inicialmente presupuestadas (Anexo J02).
  • Relación de facturas y documentos incluidos y comprobados en el informe del auditor (Anexo J02).
  • Declaración responsable (Anexo J05), según modelo normalizado en la que se haga constar que las cantidades correspondientes al impuesto sobre el valor añadido, IVA, que hayan sido imputadas como gasto en la justificación, no han sido compensadas por la entidad beneficiaria, es decir, que no han sido recuperadas.
  • Fuentes de verificación (Anexo J07), conforme a lo indicado en la cláusula concerniente a la cláusula “difusión” del programa/proyecto. 5 / 10 Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Convenio a firma ID FIRMA 16356035 PÁGINA 5 / 10
  • FUNDACION TAU-SAN EUGENIO (JOSE IGNACIO BARCELON GOMEZ) - REPRESENTANTE 30 de julio de 2026
  • M ANGELES OROS LORENTE - CONSEJERA DE POLÍTICAS SOCIALES 31 de julio de 2026 Ayuntamiento de Zaragoza- Documento firmado electrónicamente. Verifique su validez: https://www.zaragoza.es/verifica Código Seguro de Verificación: 50297MTc4NTM2MzI0NTg1OTEyNDI1Mzgx
  • - La memoria de actuación representa la evaluación de las actividades, actuaciones, actos y tareas llevados a cabo y finalizados. Por tanto, deberá referirse a todo aquello ya realizado y concluido, aportando datos exactos y concretos. En ella se presentarán todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el proyecto subvencionado, desagregados por sexo y edad, estableciendo porcentajes, de forma que puede conocerse la población sobre la que incide la subvención. Deberán cumplimentarse todos y cada uno de los apartados de la memoria.
  • - En la justificación económica, se tendrán en cuenta los conceptos de justificación que cumplan los requisitos de los gastos subvencionables previstos en el artículo 32 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones. La naturaleza de los gastos subvencionables será la que se recoge en los artículos 33, 34 y 37 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones. Los gastos directos serán aquellos derivados específicamente del desarrollo de la actividad o programa subvencionados y, por tanto, serán subvencionables en su totalidad. En ningún caso se considerarán gastos justificables los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales y los gastos de procedimientos judiciales. La entidad beneficiaria deberá tener presente que en ningún caso el importe del convenio podrá destinarse a la adquisición de mobiliario y equipos, de otros bienes de carácter inventariable ni a la realización de gastos de inversión.
  • - En aplicación del art. 37.3 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón en el caso de que el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa reguladora de la contratación pública para el contrato menor , el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedo res, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que las realicen, presten o suministren o salvo que el gasto se hubiese realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. Dicha exigencia deberá acreditarse mediante su presentación en el documento J09.
  • - La acreditación de pago se efectuará mediante transferencia, adeudo bancario o documento inequívoco de que las facturas presentadas han sido pagadas. Si se abonan en efectivo las facturas deberán estar firmadas y selladas por la entidad emisora haciendo constar que las mismas ha sido abonadas y fecha de pago. 6 / 10 Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Convenio a firma ID FIRMA 16356035 PÁGINA 6 / 10
  • - Con relación al Impuesto sobre el Valor Añadido, solo se considerará gasto subvencionable el impuesto soportado que no pueda ser compensado a su vez por la entidad. A tal fin la entidad aportará los documentos en que conste la exención del pago de este impuesto para la actividad incluida en el Proyecto subvencionado y, en su caso, los porcentajes de exención de los que se beneficiaría, así como declaración responsable de que no ha imputado como gasto el IVA que haya deducido. Igualmente podrá presentar documentación complementaria (por ejemplo el certificado de la situación censal tributaria o modelo 390 AEAT).
  • - Cuando las actividades hubieran sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas, mediante declaración responsable efectuada al efecto y su pertinente apunte en el documento J02. La documentación justificativa deberá ser presentada en tiempo y forma, por administración electrónica referenciando el expediente al que se aporta, a través de los modelos normalizados disponibles en el siguiente enlace. https://www.zaragoza.es/sede/portal/servicios-sociales/servicio/tramite/37678
  • Deberán presentarse, en todo caso, los documentos siguientes:
  • AUDITOR Adjuntar al expediente de manera electrónica. Modelo No Normalizado J07 FUENTES DE VERIFICACIÓN Adjuntar al expediente de manera electrónica. Modelo No Normalizado
  • SÉPTIMO. INCUMPLIMIENTO Y SISTEMA DE REINTEGRO. Hechas las comprobaciones oportunas, si resultare que el uso de la cantidad concedida no es el fijado en las cláusulas del convenio y/o en el acuerdo de aprobación, previa audiencia del interesado, se iniciará el procedimiento de reintegro regulado en el Capítulo V de la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su sector público. I gualmente se actuará ante el incumplimiento del deber de justificación. En los supuestos mencionados en el párrafo anterior, y una vez terminado el procedimiento, la entidad peticionaria quedará obligada, en su caso, a reintegrar la cantidad recibida a las arcas municipales una vez sumados los intereses legales. 7 / 10 Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Convenio a firma ID FIRMA 16356035 PÁGINA 7 / 10
  • DECIMOPRIMERO.- COMPROMISOS AMBIENTALES. La entidad con la que se suscribe el presente convenio participa a través del mismo en la adopción de buenas prácticas ambientales que presiden la actuación gestora municipal, según se indica en las Bases del Presupuesto municipal y Decretos, en las cuestiones relacionadas con este convenio, de Alcaldía Presidencia en relación al uso de papel y maderas, para lo cual sus proveedores, materiales y actuaciones de cualquier género deberán priorizar un comportamiento respetuoso con el medio ambiente y una tendencia a la sostenibilidad. DECIMOSEGUNDO.- PERSPECTIVA DE GÉNERO. Durante la vigencia del convenio y desde el
  • SERVICIOS SOCIALES ESPECIALIZADOS  La entidad que suscribe el presente convenio facilitará a las personas que participen en este programa la información sobre el uso de sus datos y su posible cesión a la otra parte del convenio y les proporcionará el oportuno documento de consentimiento para su tratamiento y cesión de datos, conservándolos en los archivos correspondientes a este programa.  De acuerdo a lo establecido en el art. 11 de la mencionada ley, los datos que se comuniquen a la entidad colaboradora o viceversa se utilizarán sólo para el desarrollo de lo pautado en el programa, conservándolos durante el tiempo que dure su intervención de acuerdo a la propuesta recibida. Estos datos serán eliminados de las bases de datos de las que se disponga, pudiendo tratar su información a efectos puramente estadísticos.  Cuando los datos personales sean obtenidos del afectado el responsable del tratamiento podrá dar cumplimiento al deber de información establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 facilitando al afectado la información básica indicándole una dirección electrónica u otro medio que permita acceder de forma sencilla e inmediata a la restante información.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social