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CONVENIO DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Y SOCIEDAD CIENTÍFICA EL MUSEO CA…

Título oficial: CONVENIO DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Y SOCIEDAD CIENTÍFICA EL MUSEO CANARIO DESTINADO A SUFRAGAR GASTOS GENERALES DEL PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE EL MUSEO CANARIO: ELECTRIFICACIÓN Y CLIMATIZACIÓN FASES I-II

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES705 - Gran Canaria. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 450.000,00 €. Inicio: 18/05/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Justificación de la ayuda: La justificación de la ayuda revestirá la forma de cuenta justificativa con informe de auditoría , cuyo contenido debe ajustarse a lo establecido en el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El beneficiario, con independencia del porcentaje de financiación del ayuntamiento, deberá presentar la totalidad de la documentación acreditativa del gasto de la actividad/proyecto objeto de la subvención,
  • Informe del auditor con el alcance determinado en las cláusulas de este convenio.
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Memoria económica justificativa del coste de la totalidad del proyecto realizado que contendrá: Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
  • Concepto / descripción del gasto realizado.
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  • La justificación del gasto debe numerar la factura y relacionar con el mismo orden de la cuenta justificativa.
  • Cualquier modificación o incidencia que varíe el objeto, presupuesto, calendario o finalidad del programa inicial subvencionado deberá ser comunicado al Ayuntamiento.
  • Material de difusión con la presencia del logotipo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
  • El IGIC no tendrá la consideración de partida subvencionable, si el beneficiario está obligado.
  • En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como los intereses derivados de los mismos.
  • Conforme al art. 31 de la Ley 38/2003, c uando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. La justificación deberá realizarse dentro de tres meses después de la fecha de finalización de la actividad o dentro de tres meses después de la fecha del efectivo abono del 80% de la cantidad subvencionada, si esta fecha fuera posterior.
  • La subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera administraciones, entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se rebase el costo de la actividad subvencionada, sin perjuicio de lo que pudiera establecer la normativa reguladora de dichas subvenciones o ayudas.
  • Con carácter general la Intervención General Municipal realizará actuaciones de control financiero permanente de las subvenciones y ayudas concedidas a entidades privadas, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro, con el fin de comprobar la correcta aplicación de los fondos públicos y su equivalencia con la memoria y acuerdo de concesión, debiéndose facilitar por las áreas la documentación original, requerida en plazo al beneficiario.
  • SEXTA.- La entidad beneficiaria deberá ejecutar el proyecto Proyecto de Ampliación de El Museo Canario, fase III.A objeto de la subvención, descrita en la memoria aportada al expediente de subvención para este ejercicio y, hará constar en toda publicidad que contrate, tanto en los programas de sala, como en carteles o cualquier otra difusión pública que realice, teniendo en cuenta en las redes sociales de hacer mención específica mediante etiquetado (tagging) de manera preeminente el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria como patrocinador, incluyendo el logotipo de la institución e invitará al Ayuntamiento, con la antelación suficiente, a las presentación y ruedas de prensa que se lleven a cabo con motivo de las acciones-actividades culturales, además deberá aparecer en la página web del beneficiario.
  • indicadores que deberán reflejarse de manera explícita en la memoria justificativa:
  • NÚMERO DE HOMBRES Y MUJERES EN LOS ÓRGANOS DE DECISIÓN.
  • NÚMERO DE HOMBRES Y MUJERES EN LOS ENCARGOS ARTÍSTICOS O INTELECTUALES
  • OCTAVA.- Seguimiento de la ejecución del convenio. El Ayuntamiento, a través del personal del Servicio de Cultura, comprobará la adecuada justificación de la subvención concedida, así como que la misma ha sido destinada para la realización del objeto del presente convenio. Para ello, podrá solicitar al beneficiario toda la información y datos que considere oportunos y convenientes para la supervisión de las actividades realizadas en relación con el proyecto subvencionado, además de hacer un seguimiento por las redes sociales.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • ANEXO AL CONVENIO - GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Área de Gobierno de Seguridad, Convivencia y Cultura Servicio de Cultura Como desarrollo de la Cláusula CUARTA punto 4, en relación con los criterios que han de reunir los gastos subvencionables a efectos de justificación de los mismos, esto conforme a lo señalado en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 1 7 de noviembre, General de Subvenciones, se enumeran a continuación los gastos subvencionables que se relacionan con el objeto del convenio de referencia, conforme a lo indicado por la entidad subvencionada en la documentación remitida.
  • ANEXO AL CONVENIO - GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    GASTOS SUBVENCIONABLES Gastos de EJECUCIÓN del Proyecto de ampliación de El Museo Canario: Electrificación y Climatización fases I-II incluidos gastos indirectos y beneficio industrial Este ANEXO del convenio a suscribir, desarrolla, concreta y enumera los gastos subvencionables señalados en la Cláusula CUARTA punto 4, y que conforme al artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones responden de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, siendo necesarios para la ejecución de la misma, y que, por consiguiente, computarán en la fase de justificación del convenio, no existiendo modificación en el documento de convenio que consta en el expediente. El Concejal de Gobierno del Área de Seguridad, Convivencia y Cultura (Decreto 26777/2023, de 26 de junio) Josué Íñiguez Ollero Presidente de Sociedad Científica El Museo Canario Diego López Díaz El secretario general técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria Antonio José Muñecas Rodrigo

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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