CONVENIO SUBVENCIÓN NOMINATIVA A LA ASOCIACÓN YMCA PARA SU PROGRAMA DE INTERVENCIÓN COMUNITARIA CON JÓVENES DEL MUNICIP…

Título oficial: CONVENIO SUBVENCIÓN NOMINATIVA A LA ASOCIACÓN YMCA PARA SU PROGRAMA DE INTERVENCIÓN COMUNITARIA CON JÓVENES DEL MUNICIPIO

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES300 - Madrid. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GETAFE.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 159.686,95 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - DECLARACIÓN RESPONSABLE, suscrita por el presidente/a de la entidad relativa a
  • Que los documentos justificativos que se presentan corresponden a los gastos efectivamente realizados en la ejecución del proyecto subvencionado, así como que garantiza que los originales de los citados documentos quedan depositados en su sede a disposición del Ayuntamiento de Getafe, por si fuera preceptiva su consulta.
  • Que los gastos con los que se pretende justificar la s ubvención están íntima, directa e indubitadamente relacionados con la actividad específica subvencionada.
  • Que no se han compensado impuestos con las cantidades subvencionadas
  • Que los documentos justific ativos integrantes de la cuenta justificativa no se han presentado para justificar ninguna otra subvención
  • - MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO,
  • 1.-MEMORIA DE ACTUACIONES de la realización del proyecto subvencionado,. Dicha
  • Descripción de todas y cada una de las actividades realizadas e incluidas en los proyectos subvencionados.
  • Descripción de los objetivos y resultados obtenidos.
  • Calendario de las actividades realizadas.
  • Características de las personas participantes, asistentes o destinatarias.
  • Recursos humanos con los que ha contado para el desarrollo del proyecto de actividades y su relación con la entidad.
  • Justificación del c umplimiento de las medidas de difusión de la partici pación del Ayuntamiento en la financiación del programa subvencionado.
  • 2.-MEMORIA ECONÓMICA, con la totalidad de los gastos incurridos en la ejecución del proyecto, con relación detallada de todos los g astos realizados, así como su importe y concepto, in cluidos los no subvencionados. Cuando el p royecto haya sido financiado además de con la subvención municipal, c on fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá detallarse el importe, l a procedencia y la aplicación de tales fondos al proyecto subvencionado, quedando facultado el Ayuntamiento para
  • exigir su acreditación documental. En el caso de que la entid ad haya tenido ingresos por cuotas de socios para la financiación del proyecto, se deberá hacer constar en la memoria el nº de socios de la entid ad y las cuotas anuales, de existir difere ntes tipos de cuotas La memoria también contendrá las desviaciones acaecidas sobre el presupuesto
  • 3.-DETALLE DE LOS DE GASTOS DE PERSONAL CON CONTRA TO LABORAL QUE SE IMPUTAN Al PROYECTO SUBVENCIONADO
  • 4.-RELACIÓN DE FACTURAS O DOCUMENTOS DE VALOR PROB ATORIO EQUIVALENTE PRESENTADOS: En dicha relación se debe de detallar el nº de factura, fecha, concepto facturado y subvencionable, actuación o activid ad que ha requerido el gasto, importe, % y cuantía .que se impu ta a la subvención , indicando la vinculación de cada una de ellas con el programa subvencionado al que se imputan. Esta documentación es vinculante, y e n consecuencia, en caso de subsanación d e documentación no se podrán presentar nuevas facturas que no es tén registradas en dicha relación.
  • FACTURAS Y DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS DEL GASTO A la memoria económica s e deberá acompañar las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jur ídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación mencionada en el pu nto 2.4, al menos hasta cubrir el importe subvencionado, así como la documentación acreditativa de su pago. Las facturas habrán de adaptarse a lo estab lecido en Re al Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se r egulan las obligaciones de facturación Para la justificación de gastos de personal con contrato laboral deberá presentarse recibos originales de nóminas y justificantes de pago de éstas, documentos RLC y RNT, modelo 111 y 190 , así como justificantes bancar ios acreditativos de pago de los seguros sociales y de las retenciones IRPF. En el caso de justificación de gasto de personal en concepto de actividad profesional deberá presentarse factura de la cantidad devengada en la que figurará la retención efectuada a cargo del IRPF.
  • 3 de la Ordenanza General d e Subvenciones el Ayuntamiento de Getafe, y por tanto, no procederá la reducción proporcional de la subvención concedida en el caso de que el coste del proyecto haya experimentado variación y suponga minoración con respecto al presupuesto presentado al solicitar la subvención. Vencido el p lazo de justifica ción sin haberse presentado la documentación justificativa, se tendrá por incumplid a la obligación de la justifi cación, iniciándose el procedimiento de pérdida de d erecho al cobr o de la subvención , que se regirá por lo establecido en el ar tº 89 del Real De creto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/20 03, de 17 de noviembre, Gener al de Subvenciones, iniciándose de oficio por acuerdo de la Junta de Gobierno. Podrán justificarse con cargo a la subvención co ncedida los gasto s que en su caso se hayan podido efectuar con anterioridad a su concesión, siempre que correspondan al año 2026 y se trate de gastos de las actividades subvencionadas.
  • SEXTA.- NATURALEZA El convenio tiene naturaleza administrativa, se rige por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento aprobado por Rea l Decreto 887/2006, de 21 de julio, y queda excluido de la legislación de contratos del sector público en virtud de lo dispuesto en el artº 6.2 de la Ley de Contratos del Sector Público. De los litigios que pueda presentar su interpretación y ejecución con ocerá la Jurisdicción contencioso- administrativa.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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