CONVENIO SUBVENCIÓN NOMINATIVA ASOCIACION DE COMERCIO DE PUENTE GENIL

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES613 - Córdoba. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 190.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Plazo y forma de justificación por parte del ben eficiario del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y d e la aplicación de los fondos
  • Los abonos a cuenta supondrían el pago parcial p revia justificación del importe equivalente como aplicación de la subvención concedida.
  • 1D96 9682 434B E5AC 1C8B Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)
  • Los anticipos a cuenta supondrían entregas de fo ndos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para pod er llevar a cabo los propósitos, actividades o proyectos inherentes a la subvención.
  • En ambos casos deberá contemplarse expresamente en las bases reguladoras la posibilidad, límites y requisitos de concesión, y r equerirá para su inclusión en dicha norma autorización previa de la Concejalía de Hacie nda, que fijará las garantías que proceda aportar.
  • el beneficiario del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos. El artículo 20 de la Ordenanza General Reguladora d e las Subvenciones Municipales señala que en las bases de ejecución del presupuest o se indicarán las partidas presupuestarias con cargo a las cuales se financiar án las subvenciones de este tipo. En cumplimiento del citado artículo se relacionan d ichas aplicaciones presupuestarias entre las que se encuentran en la Base 32 del Presupuesto General para el 2024. Dispone también la Base 32 que la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado, el Ayuntamiento de Puente Genil y con la Seguridad Social se efectuará mediante la presentación de declaración r esponsable en los supuestos previstos en el artículo 24 del Reglamento de la Le y General de Subvenciones. Visto cuanto antecede, analizado el borrador del Convenio se emite informe favorable. Deberá someterse este expediente a fiscalización previa de la Intervención. Puente Genil (Firmado y fechado electrónicamente)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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