CONVENIO-SUBVENCIÓN CON LA FEDERACIÓN PROVINCIAL DE ASOCIACIONES DE VECINOS DE PALENCIA, PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARRO…

Título oficial: CONVENIO-SUBVENCIÓN CON LA FEDERACIÓN PROVINCIAL DE ASOCIACIONES DE VECINOS DE PALENCIA, PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DEL ENTIERRO DE LA SARDINA.

Cultura

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES414 - Palencia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PALENCIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.200,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 19/03/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cumplir el proyecto o actividad que fundamentó la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el Ayuntamiento de Palencia el cu mplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y finalidad que determine la concesión de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y cont rol que sean debidamente requeridas por los órganos municipales, aportando cu anta información le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones y que estén re lacionadas con la concesión de la subvención.
  • Comunicar a la Entidad Local la obtención de otra s subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionad as. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Los beneficiarios tendrán que estar al corriente de sus obligaciones fiscales y financieras con la Entidad Local, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
  • Las asociaciones y fundaciones para poder ser be neficiarias de subvenciones tendrán que estar inscritas en el correspondiente registro oficial.
  • Disponer de los libros contables, registros dili genciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable, o en su caso, los estados contables que garanticen el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la apl icación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de control y comprobación.
  • -. Deberán dar la adecuada publicidad del carácte r público de la financiación en programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, con el logotipo aprobado por el Ayuntami ento de Palencia. Este logotipo deberá aparecer en todas las publicaciones o soport es (carteles, lonas, folletos, etc.) así como en la página web en un lugar destacado y perfectamente visible. Si el Ayuntamiento de Palencia fuera el mayor colaborador, dicho logot ipo deberá tener unas dimensiones superiores al del resto de colaboradores. Igualmen te, en cualquier promoción de las
  • -. Proceder al reintegro de los fondos públicos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la LGS.
  • -. Los beneficiarios de la subvención estarán ob ligados a difundir que la actividad ha estado subvencionada por la Entidad Local, a excepc ión de actividades en las cuales no se elabore documentación o programa, como pueden ser becas, premios y otros.»
  • - Si el objeto de la subvención conllevare cualq uier tipo de publicaciones, producidas o editadas en España, por cualquier procedimiento de producción edición o difusión y distribuidas o comunicadas en cualquier soporte o po r cualquier medio, tangible o intangible, el beneficiario estará obligado a solic itar el número de depósito legal. arts. 1 y 7 de la ley 23/2011 de 29 de julio, de depósito legal. Además, el beneficiario se compromete a mantener informado al Excmo. Ayuntamiento de Palencia del desarrollo objeto de este convenio.
  • SEXTA. COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES Esta subvención es compatible con otras ayudas econó micas otorgadas para la misma finalidad por cualesquiera otra Administración Públi ca o Entidad Privada, si bien el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, i ngresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • EN SU CASO, DEBERAN APORTAR LOS BENEFICIARIOS. El pago de la subvención se anticipará en su totalidad a la firma del convenio. Si el beneficiario es deudor de la Entidad Local se podrá efectuar la compensación del pago de la subvención con las deudas del beneficiario. Régimen d e g arantías. - No será exigible la prestación de garantía por par te del beneficiario por cuanto no se aprecia riesgo de que incumpla las obligaciones asumidas en virtud de este convenio.
  • APLICACIÓN DE LOS FONDOS PERCIBIDOS. Plazo de Justificación. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 de la LGS y 69 del RGLS, el beneficiario deberá justificar el 100% de los fondo s percibidos ante el órgano que ha tramitado el presente convenio (Servicio de Cultura, Turismo y Fiestas, de la Concejalía de Identidad Cultural y Actividad Físico-deportiva, del Ayuntamiento de Palencia), hasta el día 30 de junio de 2026 Forma de Justificación. Las justificaciones se presentarán, junto con la do cumentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento. Si la solicitud o la docume ntación presentada no reúnen los requisitos exigidos, se requerirá al interesado par a que, en el plazo máximo de diez días hábiles subsane la falta indicándole que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su petición. La justificación deberá realizarse de acuerdo a las bases de Ejecución del Presupuesto municipal vigente, arts. 27 y 30 y del art.19 de la Ordenanza General de Subvenciones.
  • Memoria del programa realizado.
  • Declaración r esponsable de las ayudas e ingresos obtenidos para la misma finalidad, en su caso, o bien declaración de no haber percibido ningún otro tipo de ayuda o subvención para la misma finalidad. (Anexo
  • II) En el caso de existir otros ingresos, deberá justif icarse su gasto por el importe del presupuesto total de la actividad, con f otocopias de los documentos acreditativos del mismo, así como relación d e las fotocopias de facturas presentadas por cada subvención.
  • Cuenta de ingresos y gastos de la actividad.
  • Relación de facturas presentadas.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura