CONVENIO-SUBVENCIÓN CON LA ASOCIACIÓN DE COCINEROS DE PALENCIA LA BELLA DESCONOCIDA PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO EN LA · 2026

Título oficial: CONVENIO-SUBVENCIÓN CON LA ASOCIACIÓN DE COCINEROS DE PALENCIA LA BELLA DESCONOCIDA PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO EN LA CIUDAD DE PALENCIA Y CREACIÓN DE UN SELLO TURÍSTICO GASTRONÓMICO 2026.

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES414 - Palencia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PALENCIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 16.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 19/03/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria de actividades que deberá acreditar documentalmente la ejecución del objeto de subvención.
  • Declaración responsable de las ayudas e ingresos obtenidos para la misma finalidad, en su caso, o bien declaración de no haber percibido ningún otro tipo de ayuda o subvención para la misma finalidad. En el caso de existir otros ingresos, deberá justificarse su gasto por el importe del presupuesto total de la actividad, aportando relación de las facturas presentadas por cada subvención.
  • Cuenta de ingresos y gastos de la actividad.
  • Relación de facturas presentadas.
  • Documentos originales que justifiquen el gasto realizado y efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, por el total del importe subvencionado por el Ayuntamiento, que contengan todos los requisitos legales que establezca la n ormativa vigente aplicable. Para la justificación de la aplicación de los fondos recibidos a los pagos superiores a 200,00 €, dichos pagos tendrán que haberse realizado mediante transferencia o tarjeta de crédito.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Comercio, Turismo y Pymes