CONVENIO SUBVENCIÓN CON LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE PALENCIA, PARA EL DESARROLLO DE LA FERI…

Título oficial: CONVENIO SUBVENCIÓN CON LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE PALENCIA, PARA EL DESARROLLO DE LA FERIA DE EMPLEO Y EMPRENDIMIENTO DENTRO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO (PICE).

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones de colaboración entre el Ayuntamiento de Palencia y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Palencia para la celebración de la Feria de Empleo y Emprendimiento 2026 e instrumentar la concesión directa de una subvención nominativa municipal por importe máximo de 4.000 €. La relación tiene naturaleza administrativa y subvencional. El Ayuntamiento no adquiere bienes o servicios para satisfacer una necesidad propia ni abona un precio como contraprestación por una prestación realizada en su favor. La Cámara promueve y ejecuta la Feria y asume su organización y responsabilidad…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio. Su ámbito territorial es ES414 - Palencia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PALENCIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 29/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La Cámara deberá justificar la realización de la Feria, el cumplimiento de la finalidad subvencionada, el coste de la actividad y la aplicación de la aportación municipal. El plazo para presentar la justificación finalizará el 30 de noviembre de 2026. La justificación se presentará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de
  • 000 €, la aportación municipal se reducirá hasta el importe correctamente justificado. Cuando se hubiera abonado un anticipo superior a la cantidad finalmente reconocida, la Cámara deberá reintegrar la diferencia junto con los intereses de demora correspondientes. Cuando la justificación presentada resulte incompleta o contenga defectos subsanables, el Ayuntamiento requerirá a la Cámara para que los subsane en el plazo de diez días hábiles. La falta de presentación de la justificación en plazo dará lugar al requerimiento previsto en el artículo 70.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, sin perjuicio de las consecuencias que legalmente procedan.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Sexta. Gastos subvencionables · eligible
    Serán subvencionables los gastos realizados durante el ejercicio 2026 que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad, resulten necesarios para su preparación, organización, difusión o celebración, se ajusten a las condiciones del Programa Talento Joven y hayan sido efectivamente pagados antes de que finalice el plazo de justificación.
  • Sexta. Gastos subvencionables · eligible
    AYUNTAMIENTO Agencia de Desarrollo Local 5 En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Los impuestos indirectos solo serán subvencionables cuando no sean susceptibles de recuperación o compensación por la Cámara. La subcontratación de las actividades subvencionadas se ajustará al artículo 29 de la Ley General de Subvenciones y a la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Palencia. La Cámara conservará en todo caso la responsabilidad frente al Ayuntamiento por la ejecución y justificación de la actuación.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones de colaboración entre el Ayuntamiento de Palencia y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Palencia para la celebración de la Feria de Empleo y Emprendimiento 2026 e instrumentar la concesión directa de una subvención nominativa municipal por importe máximo de 4.000 €. La relación tiene naturaleza administrativa y subvencional. El Ayuntamiento no adquiere bienes o servicios para satisfacer una necesidad propia ni abona un precio como contraprestación por una prestación realizada en su favor. La Cámara promueve y ejecuta la Feria y asume su organización y responsabilidad. La concesión directa se fundamenta exclusivamente en el carácter nominativo de la subvención, conforme al artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y al artículo 12.1.a) de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Palencia. Este convenio tiene carácter de instrumento regulador de la concesión, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley General de Subvenciones y el