CONVENIO REGULADOR DE SUBVENCIÓN DIRECTA NOMINATIVA DEL PMPDISCAPACIDADD DEL EXCMO.AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL A FAVOR DE FESORMANCHA

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES422 - Ciudad Real. La gestiona PATRONATO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Destinar íntegramente la subvención concedida a la finalidad para la que expresamente se concedió, y dentro de los plazos previstos en el presente convenio
  • Facilitar cuanta información sea requerida por el órgano instructor
  • Tener a disposición del PMPDISCAPACIDAD, durante cuatro años contados desde el momento en que entre en vigor el presente convenio, todos los documentos contables y administrativos justificativos de la acción subvencionada, sin perjuicio de las competencias que sobre la materia pudieran corresponder a la Intervención del Ayuntamiento de Ciudad Real.
  • Comunicar al órgano instructor la obtención de ayudas, subvenciones y otros ingresos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, así como toda la información que sea requerida por el órgano instructor de la subvención y por el de control financiero correspondiente
  • SEXTA. - Justificación. FESORMANCHA, deberá justificar la subvención fijada en el presente convenio, conforme a lo establecido en el art. 30 de la Ley 38/2003, 17 noviembre, General de Subvenciones en relación con el art. 72 del Reglamento que desarrolla la mencionada Ley, que revestirá la forma de cuenta justificativa con aportación de los justificantes de gasto. En la primera justificación correspondiente al primer pago del 50% deberá presentar mediante registro
  • Relación clasificada de los documentos justificativos del gasto realizado con cargo a la subvención concedida, con indicación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, porcentaje aplicado y firmada por el representante legal de la entidad (Anexo I)
  • Certificación y declaración que reflejen el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación del primer 50% los fondos percibidos (Anexo II)
  • Los gastos satisfechos se acreditarán aportando documentos o facturas originales o copias debidamente compulsadas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos en la normativa vigente. También podrán efectuarse mediante factura electrónica, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.
  • Procederá el reintegro de la subvención y, en su caso, de los intereses de demora, en los siguientes casos: a. Obtener la subvención y firmar el presente convenio sin reunir las condiciones requeridas para ello, o mediante datos no ajustados a la realidad. b. Incumplimiento total o parcial del objeto del convenio. c. Incumplimiento de la obligación de justificar. d. Duplicación de la ayuda con cargo a otros créditos de los presupuestos del Ayuntamiento de Ciudad Real o de otras Administraciones Públicas. e. Los demás supuestos recogidos en el presente convenio.
  • OCTAVA. – Compromiso de las partes. El PMPDISCAPACIDAD, además de efectuar las aportaciones económicas en la forma indicada en la estipulación quinta se compromete a fomentar y difundir los servicios que ofrece FESORMANCHA en materia de accesibilidad y promocionará la participación ciudadana, entre la comunidad de personas sordas de la ciudad de Ciudad real, a través de acciones de comunicación y sensibilización, y se responsabiliza de mantener absoluta confidencialidad sobre los datos que pudiera conocer con ocasión del desarrollo del presente convenio, ni los aplicará o utilizará con fin distinto, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas, en cumplimiento de la “Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal”. FESORMANCHA, además de justificar los gastos en la forma indicada en la estipulación sexta, se
  • Hacer constar el patrocinio de PMPDISCAPACIDAD como Entidad colaboradora en la interpretación de la Lengua de Signos.
  • Mantener informados a la ciudadanía, en especial a la comunidad de personas sordas, del presente convenio y dar la adecuada publicidad de carácter público de su financiación
  • Realizar la contratación y alta en la Seguridad Social del personal cualificado necesario para el buen funcionamiento del objeto del convenio.
  • Mantener absoluta confidencialidad sobre los datos que pudiera conocer con ocasión del desarrollo del presente convenio, ni los aplicará o utilizará con fin distinto, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas, en cumplimiento de la “Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal”.
  • Página 6 de 10 Para velar por el cumplimiento del presente convenio, así como para la aclaración de cualquier duda que surja sobre el desarrollo del mismo se crea una comisión de seguimiento formada por ambas partes que se reunirán una vez al año, además podrán reunirse en cualquier momento de la ejecución del proyecto a petición de una de las partes Sin prejuicio de lo anterior, el PMPDISCAPACIDAD, y por medio de la Intervención Municipal, tiene la potestad irrenunciable de efectuar el control de aplicación de las subvenciones y ayudas económicas de cualquier tipo que se otorguen, para comprobar fehacientemente que se invierte en los fines para los que se otorgó, todo ello en cumplimiento del artículo 189 y 214 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. UNDÉCIMA. Órgano Gestor e instructor Se designa como órgano gestor al Patronato Municipal de Personas con Discapacidad y como órgano instructor a la coordinadora del Patronato Municipal de Personas con Discapacidad. DUODÉCIMA. - Causas de extinción.
  • Incumplimiento d cualquiera de las estipulaciones anteriormente acordadas

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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