CONVENIO REGULADOR DE LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA DEL CONCELLO DA ESTRADA A LA ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES DE A ESTRADA (ACOE)

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES114 - Pontevedra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ESTRADA, A.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Memoria descritiva e cuantificada das actividades desenvolvidas, segundo o modelo oficial, onde se relacionarán as facturas correspondentes aos gastos realizados e a procedencia dos ingresos obtidos.
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    Declaración xurada de que se realizou o fin para o que a subvención foi concedida.
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    Declaración da non percepción (ou percepción, se é o caso, e detallando importes), doutras subvencións ou axudas públicas para a realización das actividades subvencionadas.
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    Facturas orixinais do gasto realizado, ou fotocopias debidamente cotexadas, xunto aos comprobantes bancarios das transferencias respectivas. Cod. Validación: 6MTGL2FZJC9FR95QTTNSQP52Y Corrección: https://aestrada.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 2 a 3
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    Campaña de Nadal (Reyes 2026)
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    Gerencia 3ª CLÁUSULA: La Asociación de Comerciantes de A Estrada prestará la colaboración que el Ayuntamiento de A Estrada le solicite con motivo de las actividades de promoción económica y comercial que este organice, y hará mención expresa de la ayuda municipal concedida en cuantos documentos o carteles informativos confeccione en relación con las actividades señaladas en la cláusula segunda. 4ª CLÁUSULA: No siendo posible para el cumplimiento de los fines de este convenio la convocatoria pública, el Ayuntamiento de A Estrada, concederá la ACOE una subvención nominativa por imponerte de
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    000 euros con cargo al crédito de la aplicación 2026 / 0 / 433 / 489/ 00 del presupuesto en vigor. 5ª CLÁUSULA: Esta subvención nominativa es compatible con cualquier otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales. 6ª CLÁUSULA: La referida subvención se concederá con el carácter postpagable. El pago de la subvención que se instrumentaliza a través del presente Convenio se realizará una vez los beneficiarios de la subvenciones justifiquen destino de los fondos percibidos y que estos fueron dedicados a la finalidad para a que le fue concedida la subvención. El plazo límite para proceder la justificación de la ayuda concedida será el 31 de octubre de 2026 El pago de la subvención se efectuará mediante el ingreso en la cuenta bancaria señalada al efecto por el beneficiario, y tendrá lugar antes de 31 de diciembre de
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    En todo caso, deberá presentar antes de proceder al cobro de la misma, la siguiente documentación:
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    Memoria descriptiva y cuantificada de las actividades desarrolladas, según el modelo oficial, donde se relacionarán las facturas correspondientes a los gastos realizados y la procedencia de los ingresos obtenidos.
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    Declaración jurada de que se realizó el fin para lo cual la subvención fue concedida.
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    Declaración de la no percepción (o percepción, si es el caso, y detallando importes), de otras subvenciones o ayudas públicas para la realización de las actividades subvencionadas.
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    Facturas originales del gasto realizado, o fotocopias debidamente cotejadas, junto a los comprobantes bancarios de las transferencias respectivas. 8ª CLÁUSULA: Los firmantes de este convenio se comprometen a cumplir con todo lo estipulado en el mismo y a resolver las posibles discrepancias en el seno de una comisión de seguimiento (de composición parietaria) que se constituiría la demanda de cualesquier de las partes. El presente convenio tendrá vigencia durante el año 2026. Así convienen y otorgan y tras la correspondiente lectura, en prueba de conformidad, firman los representantes de las partes telemáticamente de acuerdo al establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE Al MARGEN

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes