CONVENIO REGULADOR DE LA SUBVENCIÓN DIRECTA NOMINATIVA OTORGADA POR EL PATRONAT MUNICIPAL DE TURISME DE SALOU A LA ASSOCIACIÓ ESTACIÓ NÀUTICA COSTA DAURADA I TERRES DE L’EBRE PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN TURÍSTICA

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES514 - Tarragona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SALOU.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Asimismo, deberán hacerse constar las desviaciones que, en su caso, se hayan producido respecto de la memoria de actividades y del presupuesto presentados con la solicitud de subvención.
  • documentation
    Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que incluirá:
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    Una relación clasificada de los gastos ef ectuados, con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto y fecha de emisión de la factura. Se admitirán facturas, pero no facturas proforma ni presupuestos.
  • documentation
    La relación deberá ir acompañada de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, así como de la documentación acreditativa del pago, consistente en extracto bancario o, en caso de pago en efectivo, justificante de la percepción del importe por parte del acreedor. Asimismo, se incorporarán los tres presupuestos solicitados para acreditar el precio de mercado, salvo que, debido a las características especiales del contrato, no exista un número suficiente de entidades que lo realicen, presten o suministren.
  • documentation
    Detalle de la financiación definitiva de los gastos del concepto subvencionado, con indicación del origen de los ingresos y subvenciones.
  • documentation
    En el supuesto de que parte de la financiación proceda de la venta de entradas u otros ingresos similares, deberán acreditarse las entradas vendidas mediante el informe del sistema de ventas, contrastado con su correspondiente reflejo contable.
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    Los presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, haya debido solicitar la entidad beneficiaria.
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    En caso de subcontratación con empresas vinculadas, justificación de que el precio se ajusta al mercado.
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    Materiales de difusión y publicidad, que deberán presentarse en formato digital. Si la entidad beneficiaria ejecuta la totalidad de las actividades del proyecto objeto de la ayuda, pero el coste final efectivo resulta inferior al coste presupuestado, se practicará una reducción proporcional de la ayuda. La falta de presentación de la justificación en los términos y plazos establecidos podrá dar lugar a la minoración, revocación o reintegro de la subvención. La entidad beneficiaria pondrá a disposición del Patronat la documentación que le sea requerida para la comprobación y control de la actividad y de su gestión económica. Asimismo, informará al Patronat Municipal de Turisme de Salou de las aportaciones recibidas
  • documentation
    350F15736I272J2B00EA En ningún caso podrá concederse una nueva subvención cuando los proyectos anteriormente subvencionados no se encuentren definitivamente ejecutados. DECIMOCUARTA. Control financiero de las subvenciones La competencia para el ejercicio del control financiero de las subvenciones previstas en el presente convenio corresponderá a la Intervención General del Ayuntamiento, y se ejercerá de conformidad con lo dispuesto en el Título III de la Ley General de Subvenciones y en el Plan Anual de Control Financiero. DECIMOQUINTA. Difusión y publicidad En los materiales informativos y de difusión, así como en las acciones publicitarias relacionadas con el objeto del presente convenio, deberá hacerse mención expresa a la colaboración del Patronat Municipal de Turisme de Salou e incorporarse la imagen
  • documentation
    Deberá hacerse constar la colaboración del Patronat Municipal de Turisme de Salou en todo el material de difusión, tanto impreso como digital, mediante la incorporación del logotipo del Patronat Municipal de Turisme de Salou.
  • documentation
    El logotipo del Patronat Municipal de Turisme de Salou deberá figurar en el apartado «Con el apoyo de», respetando criterios de proporcionalidad y adecuando su visibilidad a la importancia de la ayuda concedida por el Patrona t en relación con otras posibles ayudas recibidas dentro del conjunto del proyecto. DECIMOSEXTA. Infracciones y sanciones administrativas El régimen sancionador aplicable a la presente subvención será el establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con las especialidades previstas en materia de régimen local, de conformidad con el Título XI de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
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    350F15736I272J2B00EA VIGÉSIMA. Modificación del convenio Cualquier modificación que pueda producirse respecto del proyecto presentado y objeto de la subvención deberá ser notificada al Patronat Municipal de Turisme de S alou, que, en su condición de órgano concedente, podrá revisar el importe de la ayuda, el porcentaje de financiación y los compromisos asumidos. Las modificaciones que, en su caso, se aprueben se formalizarán mediante la firma de la correspondiente adenda o acuerdo de modificación. VIGESIMOPRIMERA. Extinción del convenio El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su
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    El transcurso del plazo de vigencia del convenio.
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    El acuerdo unánime de las partes firmantes. En función de la fase de ejecución en la que se produzca la resolución, las partes acordarán la forma de finalizar las actuaciones en curso que cause el menor perjuicio posible a los intereses municipales.
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    El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cualquiera de las partes. En este supuesto, cualquiera de ellas podrá requerir a la parte incumplidora para que, en un plazo determinado, cumpla las obligacione s o compromisos que se consideren incumplidos. Dicho requerimiento deberá comunicarse al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, así como a la otra parte firmante. Si, transcurrido el plazo señalado en el requerimiento, persistiera el incumplimiento, la parte requirente notificará a las partes la concurrencia de la causa de resolución, entendiéndose resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá dar lugar a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados a la parte cumplidora.
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    350F15736I272J2B00EA Asimismo, deberán cumplir con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos), así como con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Pr otección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. VIGESIMOTERCERA. Protección de datos personales Los datos de las personas firmantes del presente convenio, así como los de aquellas otras personas encargadas de su seguimiento o ejecución, serán recogidos y tratados, respectivamente, por la ENTIDAD y por el AYUNTAMIENTO, en los domicilios que figuran en el encabezamiento del presente convenio (en adelante, los «Responsables del
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    Gestionar adecuadamente la relación contractual con la empresa en la que presta sus servicios o a la que representa.
  • documentation
    Mantener el contacto comercial con la empresa en la que presta sus servicios o a la que representa.
  • documentation
    La existencia de una relación jurídica o contractual.

Gastos y actuaciones

  • En ningún caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de amortización.
  • En ningún caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses deudores de cuentas bancarias.
  • En ningún caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses, recargos y sanciones administrativas o penales.
  • En ningún caso tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    350F15736I272J2B00EA Tampoco podrá concertarse la ejecución de la actividad en los demás supuestos previstos en el artículo 29.7 de la Ley General de Subvenciones. Para subcontratar con personas físicas o jurídicas vinculadas a la entidad beneficiaria (artículo 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones) será requisito indispensable que la contratación se realice a precio de mercado y que se obtenga la autorización previa del órgano competente del Patronat Municipal de Turisme de Salou. Toda referencia al precio de mercado implicará l a obligación de solicitar y obtener, como mínimo, tres presupuestos, o bien acreditar los convenios colectivos de aplicación o los honorarios oficiales correspondientes.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Asimismo, deberán hacerse constar las desviaciones que, en su caso, se hayan producido respecto de la memoria de actividades y del presupuesto presentados con la solicitud de subvención.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que incluirá:
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    Una relación clasificada de los gastos ef ectuados, con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto y fecha de emisión de la factura. Se admitirán facturas, pero no facturas proforma ni presupuestos.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    La relación deberá ir acompañada de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, así como de la documentación acreditativa del pago, consistente en extracto bancario o, en caso de pago en efectivo, justificante de la percepción del importe por parte del acreedor. Asimismo, se incorporarán los tres presupuestos solicitados para acreditar el precio de mercado, salvo que, debido a las características especiales del contrato, no exista un número suficiente de entidades que lo realicen, presten o suministren.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    Detalle de la financiación definitiva de los gastos del concepto subvencionado, con indicación del origen de los ingresos y subvenciones.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    En el supuesto de que parte de la financiación proceda de la venta de entradas u otros ingresos similares, deberán acreditarse las entradas vendidas mediante el informe del sistema de ventas, contrastado con su correspondiente reflejo contable.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    Los presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, haya debido solicitar la entidad beneficiaria.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    En caso de subcontratación con empresas vinculadas, justificación de que el precio se ajusta al mercado.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    Materiales de difusión y publicidad, que deberán presentarse en formato digital. Si la entidad beneficiaria ejecuta la totalidad de las actividades del proyecto objeto de la ayuda, pero el coste final efectivo resulta inferior al coste presupuestado, se practicará una reducción proporcional de la ayuda. La falta de presentación de la justificación en los términos y plazos establecidos podrá dar lugar a la minoración, revocación o reintegro de la subvención. La entidad beneficiaria pondrá a disposición del Patronat la documentación que le sea requerida para la comprobación y control de la actividad y de su gestión económica. Asimismo, informará al Patronat Municipal de Turisme de Salou de las aportaciones recibidas
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    350F15736I272J2B00EA En ningún caso podrá concederse una nueva subvención cuando los proyectos anteriormente subvencionados no se encuentren definitivamente ejecutados. DECIMOCUARTA. Control financiero de las subvenciones La competencia para el ejercicio del control financiero de las subvenciones previstas en el presente convenio corresponderá a la Intervención General del Ayuntamiento, y se ejercerá de conformidad con lo dispuesto en el Título III de la Ley General de Subvenciones y en el Plan Anual de Control Financiero. DECIMOQUINTA. Difusión y publicidad En los materiales informativos y de difusión, así como en las acciones publicitarias relacionadas con el objeto del presente convenio, deberá hacerse mención expresa a la colaboración del Patronat Municipal de Turisme de Salou e incorporarse la imagen
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    Deberá hacerse constar la colaboración del Patronat Municipal de Turisme de Salou en todo el material de difusión, tanto impreso como digital, mediante la incorporación del logotipo del Patronat Municipal de Turisme de Salou.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    El logotipo del Patronat Municipal de Turisme de Salou deberá figurar en el apartado «Con el apoyo de», respetando criterios de proporcionalidad y adecuando su visibilidad a la importancia de la ayuda concedida por el Patrona t en relación con otras posibles ayudas recibidas dentro del conjunto del proyecto. DECIMOSEXTA. Infracciones y sanciones administrativas El régimen sancionador aplicable a la presente subvención será el establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con las especialidades previstas en materia de régimen local, de conformidad con el Título XI de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    El transcurso del plazo de vigencia del convenio.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    El acuerdo unánime de las partes firmantes. En función de la fase de ejecución en la que se produzca la resolución, las partes acordarán la forma de finalizar las actuaciones en curso que cause el menor perjuicio posible a los intereses municipales.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cualquiera de las partes. En este supuesto, cualquiera de ellas podrá requerir a la parte incumplidora para que, en un plazo determinado, cumpla las obligacione s o compromisos que se consideren incumplidos. Dicho requerimiento deberá comunicarse al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, así como a la otra parte firmante. Si, transcurrido el plazo señalado en el requerimiento, persistiera el incumplimiento, la parte requirente notificará a las partes la concurrencia de la causa de resolución, entendiéndose resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá dar lugar a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados a la parte cumplidora.
  • DÉCIMA. Justificación de la subvención En el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad o proyecto · eligible
    350F15736I272J2B00EA Asimismo, deberán cumplir con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos), así como con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Pr otección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. VIGESIMOTERCERA. Protección de datos personales Los datos de las personas firmantes del presente convenio, así como los de aquellas otras personas encargadas de su seguimiento o ejecución, serán recogidos y tratados, respectivamente, por la ENTIDAD y por el AYUNTAMIENTO, en los domicilios que figuran en el encabezamiento del presente convenio (en adelante, los «Responsables del

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes