Personas jurídicasES114 - Pontevedra

CONVENIO REGULADOR DE LA SUBVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE A ESTRADA A LA ASOC. SAN PAIO 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES114 - Pontevedra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ESTRADA, A.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Memoria descritiva e cuantificada das actividades desenvolvidas, segundo o modelo oficial, na que se relacionarán as facturas correspondentes aos gastos realizados e a procedencia dos ingresos obtidos.
  • Declaración xurada de que se realizou o fin para o que a subvención foi concedida.
  • Declaración da non percepción (ou percepción, se é o caso, e detallando importes), doutras subvencións ou axudas públicas para a realización das actividades subvencionadas.
  • Facturas orixinais do gasto realizado, ou fotocopias debidamente cotexadas, xunto aos comprobantes bancarios das transferencias respectivas. Cod. Validación: 3Z7ACK3AFJ5Z9AWFACY4354LS Corrección: https://aestrada.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 3 a 4
  • 000,00 € a través de la subvención nominativa a la Asoc. San Paio 2026 incluida en el Presupuesto Municipal del ejercicio de 2026, en la aplicación
  • 489.02 para el cumplimiento de los fines de este convenio. Esta subvención se concederá con el carácter prepagable y será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • QUINTA: JUSTIFICACIÓN Y PAGO La Asoc. San Paio 2026 queda sujeta a la obligación de justificar la subvención en los términos y condiciones establecidos en el apartado IX de la base 55ª de ejecución presupuestaria. Con las consecuencias, para el caso de que no lo había hecho previstas en los párrafos X y siguientes. El pago de la subvención que se instrumentaliza a través del presente Convenio tendrá carácter de prepagable y se efectuará mediante el ingreso en la cuenta bancaria señalada al efecto por el beneficiario, y tendrá lugar antes de 31 de diciembre de 2026 y tras la presentación del compromiso de justificar en el plazo máximo de 3 meses desde que se efectúe el pago. Para la justificación de las cantidades asignadas en este convenio, deberá presentarse en todo caso, en el plazo de 3 meses desde que se perciba la
  • Memoria descriptiva y cuantificada de las actividades desarrolladas, según el modelo oficial, en la que se relacionarán las facturas correspondientes a los gastos realizados y la procedencia de los ingresos obtenidos.
  • Declaración jurada de que se realizó el fin para lo cual la subvención fue concedida.
  • Declaración de la no percepción (o percepción, si es el caso, y detallando importes), de otras subvenciones o ayudas públicas para la realización de las actividades subvencionadas.
  • Facturas originales del gasto realizado, o fotocopias debidamente cotejadas, junto a los comprobantes bancarios de las transferencias respectivas.
  • SEXTA: Los firmantes de este convenio se comprometen a cumplir con todo lo estipulado en él y a resolver las posibles discrepancias en el seno de una comisión de seguimiento (de composición paritaria) que se constituiría la demanda de cualesquier de las partes.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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