CONVENIO REGULADOR DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN NOMINATIVA ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE INCA Y LA COOPERATIVA PAGESA D’INCA, S.COOP, EJERCICIO 2026.

El objeto del presente convenio es regular la concesión directa de una subvención nominativa a favor de la Cooperativa Pagesa d’Inca, S.COOP., destinada a la financiación parcial de las

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES532 - Mallorca. La gestiona AYUNTAMIENTO DE INCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    La entidad beneficiaria deberá presentar la justificación de la subvención antes del día 31 de octubre de 2026, incluido, mediante la modalidad de cuenta justificativa, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, y el resto de normativa aplicable. La justificación deberá acreditar suficientemente el cumplimiento de la finalidad subvencionada, la realización efectiva de la actuación y la adecuada aplicación de los fondos
  • justification
    públicos percibidos, y deberá incluir, como mínimo, la documentación siguiente:
  • justification
    Memoria de actuación justificativa acreditativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en el presente convenio, con descripción detallada de las inversiones ejecutadas, grado de ejecución material del proyecto, incidencias producidas y resultados obtenidos.
  • justification
    Relación clasificada de los gastos imputados a la subvención, con identificación del acreedor, número de factura o documento equivalente, concepto, importe, fecha de emisión y fecha de pago.
  • justification
    Declaración responsable suscrita por la persona representante de la entidad relativa a la veracidad de la documentación presentada, a la aplicación de los fondos a la finalidad concedida, a la inexistencia de sobrefinanciación y a las ayudas, ingresos o recursos obtenidos para la misma finalidad, si los hubiera.
  • justification
    Facturas o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
  • justification
    Justificantes bancarios de pago que permitan verificar la trazabilidad efectiva de cada gasto imputado.
  • justification
    Si procede, documentación técnica acreditativa de la legalización, puesta en servicio o ejecución material de la inversión, incluyendo certificados técnicos, boletines, OCA, fotografías o documentación equivalente.
  • Ejecutar íntegramente la actuación subvencionada dentro del plazo establecido y de acuerdo con las condiciones fijadas en este convenio.
  • Destinar la totalidad de los fondos percibidos a la finalidad para la que se otorga la subvención, sin aplicarlos a conceptos diferentes de los autorizados.
  • Presentar la justificación de la subvención en tiempo y forma, aportando la documentación exigida y facilitando la verificación municipal.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento, inspección y control financiero que puedan llevar a cabo el Ayuntamiento de Inca, la Intervención municipal o cualquier otro órgano competente.
  • Comunicar inmediatamente al Ayuntamiento la obtención, solicitud o concesión de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la misma actuación.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, incluidos los documentos electrónicos, durante el plazo legalmente exigible y ponerlos a disposición de los órganos de control cuando sean requeridos.
  • Adoptar las medidas de difusión oportunas haciendo constar la colaboración económica del Ayuntamiento de Inca en aquellos soportes, publicaciones, comunicaciones o elementos informativos relacionados con la actuación subvencionada, cuando por la naturaleza del proyecto resulte procedente.
  • Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Inca durante la vigencia del presente convenio, cuando legalmente sea exigible.
  • Comunicar cualquier incidencia, modificación relevante o alteración de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
  • Proceder al reintegro total o parcial de los fondos percibidos en los supuestos legalmente previstos o cuando así corresponda como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones asumidas.

Gastos y actuaciones

  • Quinta. Gastos subvencionables · eligible
    De acuerdo con el objeto del presente convenio, con la naturaleza inversora de la subvención y con los criterios de necesidad, vinculación directa y adecuación a la finalidad pública perseguida, así como de conformidad con el Informe técnico emitido por el Área de Medio Ambiente incorporado al expediente administrativo, se considerarán subvencionables los gastos efectivamente realizados, pagados en plazo y debidamente justificados que respondan de manera indudable a la ejecución de las actuaciones subvencionadas.
  • En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables, entre otros: · eligible
    suministro de placas fotovoltaicas, baterías, inversores, estructuras de soporte y sistemas de anclaje,
  • En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables, entre otros: · eligible
    cableado, cuadros eléctricos, protecciones, sistemas de monitorización y equipos auxiliares,
  • En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables, entre otros: · eligible
    trabajos de instalación, montaje, conexión y mano de obra especializada,
  • En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables, entre otros: · eligible
    redacción de memorias técnicas, proyectos, dirección técnica, legalizaciones, boletines y actuaciones de OCA o equivalentes,
  • En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables, entre otros: · eligible
    materiales, suministros y trabajos necesarios para el cerramiento, separación, adecuación y mejora funcional de la zona de tienda y espacios anexos.
  • En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables, entre otros: · eligible
    Cuando el importe del gasto subvencionable supere los límites previstos en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la entidad beneficiaria deberá haber solicitado el número mínimo de ofertas legalmente exigible, salvo que por las características del gasto no exista en el mercado suficiente número de proveedores, circunstancia que se deberá justificar expresamente.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    intereses deudores, recargos, sanciones administrativas o penales y gastos judiciales,
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    gastos no vinculados directamente al proyecto subvencionado,
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    gastos corrientes generales o de funcionamiento ordinario ajenos a la actuación inversora,
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    reparaciones ordinarias o mantenimiento no incorporable a la inversión,
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    tributos susceptibles de recuperación o compensación, así como el IVA deducible, de acuerdo con el artículo 31.8 de la Ley General de Subvenciones.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto del presente convenio es regular la concesión directa de una subvención nominativa a favor de la Cooperativa Pagesa d’Inca, S.COOP., destinada a la financiación parcial de las