Personas jurídicasES511 - Barcelona

Convenio que regula la subvención nominativa 2026 entre el Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes y la Cambra Oficial de Comerç, Indústria, Serveis i Navegació de Barcelona en el marco del Proyecto Bo Jove 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT PERE DE RIBES.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones reguladas en el presente convenio y de acuerdo con el Anexo 1 del convenio, indicando las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
  • Relación de establecimientos adheridos detallando el número de bonos liquidados en cada establecimiento y el número total de bonos liquidados de la campaña.
  • La justificación económica y el gasto, que se realizará mediante la presentación de una memoria económica de la actuación subvencionada, con el desglose de todos los gastos e ingresos que hayan generado las actuaciones subvencionadas, con expresión y acreditación de el importe, procedencia y aplicación de las cantidades destinadas a la actividad y que se hayan financiado con fondos, subvenciones o recursos diferentes de la subvención concedida por la organización municipal.
  • Los gastos deben acreditarse según su tipología:
  • En el caso de los gastos de bonos, se acreditarán con un Certificado de la Cámara con la relación de todas las operaciones de venta realizadas, descuentos aplicados y el importe de compra realizado por cada comercio.
  • En el caso de los gastos de personal de la Cámara por la gestión de los bonos se acreditarán mediante nóminas del período a justificar siempre y cuando las nóminas justificadas no estén
  • subvencionadas por otra entidad. Se pueden justificar importes devengados. Es necesario presentar:
  • Nóminas de los meses objeto de subvención según la cláusula del punto 6 del presente convenio.
  • Documento Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC que sustituye al antiguo TC1 de la Seguridad Social).
  • En el caso de los gastos de contratación por la gestión y uso de la plataforma digital de los bonos se acreditarán mediante facturas, recibos (IVA Incluido) y otros documentos con validez en
  • Ser originales o fotocopias compulsadas acompañados de una relación numerada de todos ellos.
  • Facturas con fecha dentro del plazo subvencionado según la cláusula del punto 6 del presente convenio.
  • Ir a nombre de la beneficiaria y reunir requisitos técnicos oficiales (NIF, núm.
  • El concepto de la factura debe estar de forma clara, referido a la actividad subvencionada.
  • Recibos originales, justificantes bancarios de pago, o sello de la empresa proveedora con firma y NIF de la persona, que certifique el pago del gasto.
  • Ajuntament Sant Pere de Ribes 6 Esta documentación se presentará en formato digital a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes de acuerdo con el artículo 14.2 a) de la LPACAP y siendo de aplicación todo lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • - Deficiencias en la justificación. En caso de que los documentos presentados como justificación fueran incorrectos o incompletos, se comunicará a la beneficiaria la necesidad de subsanar las anomalías detectadas en un plazo máximo improrrogable de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la notificación, advirtiendo que en caso contrario se procederá a su revocación o reducción de la subvención de haberse adelantado el pago.
  • - Garantías Los/las beneficiarios/as quedarán exonerados de la presentación de garantías del pago de la subvención, en atención a su naturaleza así como a la de sus beneficiarios/as.
  • - Obligaciones de la beneficiària:
  • Cumplir la ejecución del proyecto “Bo Jove” que fundamenta la concesión de la subvención, de acuerdo con el presente convenio y con el proyecto Anexo 1 del convenio.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura