Personas jurídicasES522 - Castellón / Castelló

CONVENIO PUEBLA DE ARENOSO "HABILITACIÓN DE COCINA EN EL HOGAR DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE PUEBLA DE ARENOSO"

Infraestructuras

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓ/CASTELLÓN.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.231,97 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 30/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Resolución del acuerdo del órgano competente solicitando la subvención, así como certificado del órgano responsable de la contabilidad de la existencia de crédito suficiente para cubrir la cuantía resultante hasta alcanzar el 100% del coste total de la actuación.
  • Descripción de las actividades o programas (obra) objeto de la subvención, con detalle del presupuesto de ingresos y gastos, según ANEXO I. El presupuesto de gastos se refiere al total de la actividad subvencionada, diferenciando los gastos subvencionables de los no subvencionables, y especificando las partidas clasificatorias de unos y otros . Los ingresos deben ser suficientes para la cobertura final de todos los gastos. En el bloque de gastos subvencionables se computan TODOS los gastos de la actividad que resultan encuadrables en la categoría de gasto configurados como subvencionables en la correspondiente base reguladora. El importe del total de gastos subvencionable coincid e con el importe a justificar que se fijará en el acuerdo de concesión de la subvención, disminuyéndose proporcionalmente la subvención en el caso de que se justifique menor importe. Se detallan los ingresos y demás recursos financieros de la actividad objeto de subvención de la presente convocatoria, indicando su importe y procedencia (subvención solicitada a la Diputación, otras subvenciones concedidas,
  • Acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como por reintegro de subvenciones, y no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2 de la LGS. De conformidad con lo establecido en el art. 24 y 25 del RLGS, su cumplimiento se ha realizado mediante declaración responsable , según modelo adjunto en ANEXO II . En todo caso el órgano gestor de la presente convocatoria ha solicitado a la Tesorería de la Diputación Provincial informe acreditativo de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de pago de cualquier derecho reconocido al favor de la Diputación o de sus Organismos Autónomos. En caso de resultar negativo, se requerirá a la entidad solicitante para que, en el término de diez días, lo subsane, con la advertencia de que, en caso contrario, se le tendrá por desistida su petición, previa resolución emitida al efecto. d ) Ficha actualizada de mantenimiento de terceros, cumplimentada según el modelo aprobado por la Diputación Provincial.
  • Proyecto y Presupuesto de la Obra , junto con el certificado del acuerdo de su aprobación por el órgano competente del beneficiario, debidamente supervisados por la OTAM, en fecha 24 de septiembre de 2026 previa petición de oficio por el órgano gestor de la Diputación.
  • Declaración responsable sobre la naturaleza que el IVA tiene para el beneficiario. Sin perjuicio de la obligación de comunicar a la Diputación de Castellón cualquier alteración de las circunstancias del punto anterior desde la concesi ón hasta el momento de la justificación. Con independencia de la documentación exigida, la Diputación de Castellón se reserva la facultad de solicitar cuanta información y documentación complementaria considere necesaria. La presentación de solicitud comportará, salvo manifestación expresa en contrario, la autorización para recabar de cualquier Administración Pública, y/o entidad pública o privada, cuantos datos sean necesarios para comprobar o verificar el cumplimiento, por parte de la entidad beneficiaria, de los requisitos para acceder a las subvenciones objeto de las presentes bases. Asimismo, implicará el conocimiento y aceptación de las presentes bases reguladoras, así como de la cesión que se realice a favor de otras Administraciones Públicas de los datos contenidos en la misma y, en su caso, la de los relativos a la subvención concedida a los efectos de estadística, evaluación y seguimiento.
  • Recibida la solicitud, el órgano instructor ha verificado que cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente y ha emitido propuesta de
  • La propuesta de resolución definitiva se ha sometido a dictamen de la Comisión Informativa competente, para posteriormente remitirse a la Junta de Gobierno, que ha aprobado la concesión de la subvención en sesión de fecha 27 de octubre de 2026. El Órgano Instructor del procedimiento de concesión de subvenciones es el Servicio de Cooperación Municipal de la Excma. Diputación Provincial de Castellón.
  • Aceptar la subvención concedida, presentando en caso contrario, la oportuna renuncia, al objeto de evitar el innecesario bloqueo de los fondos públicos.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, que no podrán alterar la finalidad perseguida con la concesión
  • Adoptar las medidas de difusión del carácter público de la financiación
  • Cumplir la normativa contractual administrativa Durante la ejecución de las obras y hasta su finalización y recepción, el Ayuntamiento deberá colocar obligatoriamente un cartel indicativo en el que se informe de la inversión. Finalizada la obra, se deberá colocar una placa en lugar visible en la que se deje constancia de la fecha de inauguración de la obra y del financiamiento provincial. El texto estará redactado en valenciano. Además, la entidad deberá dar difusión de esta información a través de sus canales de comunicación en línea que disponga (páginas web, redes sociales, etc), indicando la financiación de la Diputación a través del Convenio. En el caso de instalación de placas conmemorativas permanentes, estas incluirán la referencia a la financiación con cargo a esta subvención.
  • DÉCIMA- Renuncia La presentación por el beneficiario, en su caso, de la renuncia a la subvención concedida deberá realizarse como máximo hasta el 20 de noviembre de 2026, motivado por las fechas en las que se aprobará el convenio, a los efectos de evitar la inmovilización innecesaria de fondos públicos. La comunicación la renuncia dentro de este plazo constituye una obligación del beneficiario, a los efecto de la infracción y sanciones configuradas en el Título IV de la LGS. DECIMOPRIMERA. Abono de la subvención El importe de la subvención concedida será abonado mediante pago anticipado del 100% de la subvención tras la presentación por el beneficiario de la adjudicación , previo decreto de reconocimiento de la obligación.
  • NUM.EXPEDIENTE: 5419/2026 La adjudicación se presentará por vía telemática a través de la sede electrónica de Diputación en el momento en el que se produzca y como plazo máximo 1 de diciembre de 2026, con el fin de recalcular el importe de la subvención si se producen bajas o mejoras en la adjudicación, y evitar la inmovilización innecesaria de fondos públicos.
  • Se deberá presentar la siguiente documentación:
  • Expediente de contratación de la obra.
  • NUM.EXPEDIENTE: 5419/2026 El plazo máximo para la justificación de la Subvención será el 30 de diciembre de 2026. La justificación deberá presentarse por vía telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Castellón. Sólo se admitirá por esta
  • vía, a la cual podrá acceder a través del siguiente enlace: https://dipcas.sedelectronica.es/ . La justificación electrónica se entiende sin perjuicio de la necesaria presentación de los justificantes de gasto y de pago de la subvención en formato papel, a los efectos de la validación y estampillado por el servicio gestor.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • TOTAL GASTOS SUBVENCIONABLES,……. 25.231,97 € · eligible
    GASTOS NO SUBVENCIONABLES Honorarios redacción (proyecto + estudio básico seg y salud) 2.628,51 € Honorarios dirección (dirección obra, dirección ejecución y coord seg y salud) ……………………………………………………... 1.051,40 €
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    TOTAL GASTOS 28.911,88 €
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    NUM.EXPEDIENTE: 5419/2026 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 31.7 y 8 de la LGS, en ningún caso serán gastos subvencionables los inte reses deudores delas cuentas bancarias; los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; los gastos de procedimientos judiciales, los impuestos indirectos cuando son susceptibles de recuperación o compensación (ej. IVA soportado deducible) ni los impuestos personales sobre la renta.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas La cuantía de la subvención es de 25.231,97 € (veinticinco mil doscientos treinta y un euros con noventa y siete céntimos) , siendo el gasto máximo subvencionable de 25.231, 97€ y que se corresponde con el presupuesto de ejecución por contrata. La financiación de la Diputación a la inversión es del 100% del total subvencionable. Según el proyecto y presupuesto de la obra aprobado por el órgano competente del beneficiario y supervisado por la Oficina Técnica de Asistencia a Municipios (en adelante OTAM) de la Diputación Provincial de Castellón, en
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    fecha 24 de septiembre de 2026 y de conformidad con el siguiente detalle: Gasto máximo subvencionable Anualidad Aportación provincial Aportación municipal Presupuesto Ejec. Contrata 2026 25.231,97 0,00 25.231,97
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Resolución del acuerdo del órgano competente solicitando la subvención, así como certificado del órgano responsable de la contabilidad de la existencia de crédito suficiente para cubrir la cuantía resultante hasta alcanzar el 100% del coste total de la actuación.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Descripción de las actividades o programas (obra) objeto de la subvención, con detalle del presupuesto de ingresos y gastos, según ANEXO I. El presupuesto de gastos se refiere al total de la actividad subvencionada, diferenciando los gastos subvencionables de los no subvencionables, y especificando las partidas clasificatorias de unos y otros . Los ingresos deben ser suficientes para la cobertura final de todos los gastos. En el bloque de gastos subvencionables se computan TODOS los gastos de la actividad que resultan encuadrables en la categoría de gasto configurados como subvencionables en la correspondiente base reguladora. El importe del total de gastos subvencionable coincid e con el importe a justificar que se fijará en el acuerdo de concesión de la subvención, disminuyéndose proporcionalmente la subvención en el caso de que se justifique menor importe. Se detallan los ingresos y demás recursos financieros de la actividad objeto de subvención de la presente convocatoria, indicando su importe y procedencia (subvención solicitada a la Diputación, otras subvenciones concedidas,
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como por reintegro de subvenciones, y no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2 de la LGS. De conformidad con lo establecido en el art. 24 y 25 del RLGS, su cumplimiento se ha realizado mediante declaración responsable , según modelo adjunto en ANEXO II . En todo caso el órgano gestor de la presente convocatoria ha solicitado a la Tesorería de la Diputación Provincial informe acreditativo de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de pago de cualquier derecho reconocido al favor de la Diputación o de sus Organismos Autónomos. En caso de resultar negativo, se requerirá a la entidad solicitante para que, en el término de diez días, lo subsane, con la advertencia de que, en caso contrario, se le tendrá por desistida su petición, previa resolución emitida al efecto. d ) Ficha actualizada de mantenimiento de terceros, cumplimentada según el modelo aprobado por la Diputación Provincial.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Proyecto y Presupuesto de la Obra , junto con el certificado del acuerdo de su aprobación por el órgano competente del beneficiario, debidamente supervisados por la OTAM, en fecha 24 de septiembre de 2026 previa petición de oficio por el órgano gestor de la Diputación.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Declaración responsable sobre la naturaleza que el IVA tiene para el beneficiario. Sin perjuicio de la obligación de comunicar a la Diputación de Castellón cualquier alteración de las circunstancias del punto anterior desde la concesi ón hasta el momento de la justificación. Con independencia de la documentación exigida, la Diputación de Castellón se reserva la facultad de solicitar cuanta información y documentación complementaria considere necesaria. La presentación de solicitud comportará, salvo manifestación expresa en contrario, la autorización para recabar de cualquier Administración Pública, y/o entidad pública o privada, cuantos datos sean necesarios para comprobar o verificar el cumplimiento, por parte de la entidad beneficiaria, de los requisitos para acceder a las subvenciones objeto de las presentes bases. Asimismo, implicará el conocimiento y aceptación de las presentes bases reguladoras, así como de la cesión que se realice a favor de otras Administraciones Públicas de los datos contenidos en la misma y, en su caso, la de los relativos a la subvención concedida a los efectos de estadística, evaluación y seguimiento.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Recibida la solicitud, el órgano instructor ha verificado que cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente y ha emitido propuesta de
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    La propuesta de resolución definitiva se ha sometido a dictamen de la Comisión Informativa competente, para posteriormente remitirse a la Junta de Gobierno, que ha aprobado la concesión de la subvención en sesión de fecha 27 de octubre de 2026. El Órgano Instructor del procedimiento de concesión de subvenciones es el Servicio de Cooperación Municipal de la Excma. Diputación Provincial de Castellón.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Aceptar la subvención concedida, presentando en caso contrario, la oportuna renuncia, al objeto de evitar el innecesario bloqueo de los fondos públicos.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, que no podrán alterar la finalidad perseguida con la concesión
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Adoptar las medidas de difusión del carácter público de la financiación
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Cumplir la normativa contractual administrativa Durante la ejecución de las obras y hasta su finalización y recepción, el Ayuntamiento deberá colocar obligatoriamente un cartel indicativo en el que se informe de la inversión. Finalizada la obra, se deberá colocar una placa en lugar visible en la que se deje constancia de la fecha de inauguración de la obra y del financiamiento provincial. El texto estará redactado en valenciano. Además, la entidad deberá dar difusión de esta información a través de sus canales de comunicación en línea que disponga (páginas web, redes sociales, etc), indicando la financiación de la Diputación a través del Convenio. En el caso de instalación de placas conmemorativas permanentes, estas incluirán la referencia a la financiación con cargo a esta subvención.
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 3.679,91 € · eligible
    Expediente de contratación de la obra.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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