Convenio por el que se instrumenta la subvención nominativa concedida por el Ayuntamiento de Mislata a la Asociación Cultural Falla Quint-Pizarro para el año 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MISLATA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Modelo de solicitud de subvención nominativa.
  • Memoria de actuación comprensiva de la actividad o actividades proyectadas.
  • Presupuesto para el ejercicio 2026.
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil.
  • Declaración responsable expresiva del número de socios y de estar todos ellos al corriente del pago de sus respectivas cuotas.
  • Declaración responsable de no estar incursos en ninguna circunstancia de los
  • LOREG-, en los términos establecidos en la misma o en la normativ a autonómica que regule estas materias. f. No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. g. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen. h. No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a ésta u otras leyes que así lo establezcan. i. Que en el proceso de admisión o funcionamiento de la entidad no se discrimina por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. j. Que con la actividad de la asociación no se promueve ni justifica el odio o la violencia contra personas físicas o jurídicas, ni enaltece ni justifica por cualquier medio los delitos de terrorismo o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares.
  • Autorización para la consulta de datos obrantes en otras Administraciones o intermediación de datos para, incorporado al modelo de solicitud de subvención. En caso de oposición, certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social. Estos certificados deberán contar con una antigüedad inferior a los seis meses.
  • Visto providencia del Concejal con competencia en materia de Fallas de fecha 08 de mayo de 2026 impulsando la continuación de los trámites necesarios para la concesión
  • de la subvención, con la especialidad siguiente en el proyecto de convenio regulador: a. El pago se realizará de acuerdo con lo previsto en el art. 34.3 LGS, sin que se prevean pagos a cuenta ni anticipos del art. 34.4 LGS b. De acuerdo con lo previsto en el art. 31.2 LGS, los gastos inferiores a 1.000 € se considerarán realizados y, por tanto, subvencionables con la factura u otro documento justificativo sin que sea necesario acreditar que hayan sido efectivamente pagados dentro del período. Pa ra la consideración de subvencionables de los gastos superiores a 1.000 € deberá acreditarse el pago dentro del período de justificación sin que, de acuerdo con el art. 7 de la Ley 7/2012, éstos puedan haberse realizado en efectivo.
  • Intervención general certifica la existencia de crédito con cargo a la aplicación 3382 48900 por importe de 7.000 euros y la incorporación al SEGEX 2756167K del documento contable (RC 2026.2.0003321.000).
  • Consta en el expediente certificado de inscripción de la entidad en el Registro Municipal de Asociaciones. Fallas Expediente 2756167K
  • Obra en el expediente certificados a nombre de la Asociación Falla Quint-Pizarro de estar al corriente con las obligaciones de la agencia tributaria, con la Hacienda local y no figura inscrita en el régimen de seguridad social como empresa.
  • Con fecha 19 de mayo de 2026 por parte del concejal de Fallas se suscribe el borrador de convenio (SEFYCU 8175118).
  • aprueba el texto refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales, que establece: “Los perceptores de subvenciones concedidas con cargo a los presupuestos de las entidades locales y de los organismos autónomos vendrán obligados a acreditar, antes de su percepción, que se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales con la entidad, así como, posteriormente, a justificar la aplicación de los fondos recibidos.” Fallas Expediente 2756167K
  • En consecuencia, RESUELVO: PRIMERO. – Conceder a la Asociación Falla Quint-Pizarro con NIF G97250005 la subvención nominativa por 7 .000,00 € prevista en el presupuesto general del ejercicio 2026 en los términos del convenio que se aneja y que deberá formalizarse para el perfeccionamiento de la concesión. Fallas Expediente 2756167K

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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