Convenio por el que se instrumenta la subvención nominativa concedida por el Ayuntamiento de Mislata a la Asociación Clavarios de San Miguel Arcángel de Mislata para el año 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MISLATA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Modelo de solicitud de subvención nominativa.
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    Memoria de actuación comprensiva de la actividad o actividades proyectadas.
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    Presupuesto para el ejercicio 2026.
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    Póliza de seguro de responsabilidad civil.
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    Declaración responsable expresiva del número de socios y de estar todos ellos al corriente del pago de sus respectivas cuotas.
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    Declaración responsable de no estar incursos en ninguna circunstancia de los
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    arts. 13.2 y 13.3 LGS. En particular, declarar responsablemente1:  No haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.  No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a 1 Se realizan saltos para respetar los apartados del art. 13.2 LGS en la documentación y facilitar el cotejo Fiestas Tradicionales Expediente 2792218F
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    2 la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.  No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración  No estar incursos aquellos que ostenten la representación legal de la entidad en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015 –reguladora de l ejercicio del alto cargo de la AGE -, de la Ley 53/1984 –de incompatibilidades de Personal al Servicio de las AAPP - o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985 – LOREG-, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.  No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.  Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.  No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a ésta u otras leyes que así lo establezcan.
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    Que en el proceso de admisión o funcionamiento de la entidad no se discrimina por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
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    Que con la actividad de la asociación no se promueve ni justifica el odio o la violencia contra personas físicas o jurídicas, ni enaltece ni justifica por cualquier medio los delitos de terrorismo o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares.
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    Autorización para la consulta de datos obrantes en otras Administraciones o intermediación de datos para, incorporado al modelo de solicitud de subvención. En caso de oposición, certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social. Estos certificados deberán contar con una antigüedad inferior a los seis meses.
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    Visto providencia del c oncejal con competencia en materia de fiestas tradicionales de fecha 22 de mayo de 2026 (SEFYCU 8179865) impulsando la continuación de los trámites necesarios para la concesión de la subvención, con la especialidad siguiente en
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    el proyecto de convenio regulador: a. El pago se realizará de acuerdo con lo previsto en el art. 34.3 LGS, sin que se prevean pagos a cuenta ni anticipos del art. 34.4 LGS b. De acuerdo con lo previsto en el art. 31.2 LGS, los gastos inferiores a 1.000 € se considerarán realizados y, por tanto, subvencionables con la factura u otro documento justificativo sin que sea necesario acreditar que hayan sid o efectivamente pagados dentro del período. Para la consideración de subvencionables de los gastos superiores a 1.000 € deberá acreditarse el pago Fiestas Tradicionales Expediente 2792218F
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    Intervención general certifica la existencia de crédit o con cargo a la aplicación 3381 48900 por importe de 9.300 euros y la incorporación al SEGEX 2792218F del documento contable (2026.2.0003236.000).
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    Consta en el expediente certificado de inscripción de la entidad en el Registro Municipal de Asociaciones.
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    Obra en el expediente certificados a nombre de la asociación Clavarios San Miguel Arcangel de Mislata de estar al corriente con las obligaciones de la agencia tributaria, con la Hacienda local y no figura inscrita en el régimen de seguridad social como empresa.
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    Con fecha 11 de junio de 2026 por parte del concejal de fiestas tradicionales se suscribe el borrador de convenio (SEFYCU 8278068).
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    QUINTO. El artículo 189. 2 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
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    En consecuencia, RESUELVO: PRIMERO. – Conceder a la asociación Clavarios San Miguel Arcángel de Mislata con NIF G - 46850962 la subvención nominativa por 9.300,00 € prevista en el presupuesto general del ejercicio 2026 en los términos del convenio que se aneja y que deberá formalizarse para el perfeccionamiento de la concesión. SEGUNDO. – Autorizar y disponer el gasto de 9.300,00 euros, a favor de la asociación Clavarios San Miguel Arcángel de Mislata con NIF G-46850962, imputables a la aplicación presupuestaria

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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