Personas físicasES424 - Guadalajara

CONVENIO NOMINATIVO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA Y EL C.D. SALESIANOS GUADALAJARA

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Mantener la condición de no estar incursa en ninguna de las circunstancias o prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, durante todo el periodo de vigencia del convenio y hasta la completa justificación y liquidación de la subvención concedida.
  • Haber recibido, o no, otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad y la cuantía de las mismas.
  • Facturas en formato electrónico o copia digitalizada de las mismas, de conformidad con la normativa tributaria vigente. Dado que el objeto del convenio abarca las actividades y campeonatos programados para la totalidad del ejercicio 2026, y de conformidad con el principio de anualidad presupuestaria, se reconoce la validez y retroactividad de los gastos ejecutados desde el 1 de enero de 2026. Por tanto, se autoriza la imputación de aquellos costes directamente vinculados a los eventos federativos desarrollados en el municipio durante todo el año 2026, con independencia de si se ejecutaron con anterioridad o posterioridad a la firma de este convenio. Para la debida aceptación de los justificantes y facturas, con independencia de su fecha de emisión dentro del ejercicio, se deberán
  • cumplir de forma acumulativa los siguientes requisitos:  Temporalidad: La fecha de emisión de la factura y su correspondiente pago deben estar comprendidas estrictamente entre el 01/01/2026 y el 31/12/2026.  Vinculación directa: El concepto de la factura debe responder de forma inequívoca a la organización, logística o desarrollo de las actividades del calendario 2026 en Guadalajara contempladas en el convenio.  Efectividad del pago: Deberá acreditarse la salida efectiva de fondos dentro del periodo autorizado mediante el extracto bancario o el justificante de pago correspondiente.
  • Documentos acreditativos del pago de las facturas. Atendiendo a la forma de pago de las facturas presentadas con cargo a la
  • Transferencia bancaria: Se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto el número de factura o el concepto abonado.
  • Pagos mediante tarjeta de débito/crédito vinculada a dispositivos móviles o monederos digitales (Wallets, Apple Pay, Google Pay, etc.): En aquellos casos en los que el justificante del terminal punto de venta (TPV) refleje una numeración de tarjeta virtual (tarjeta tokenizada o de dispositivo) que no coincida con la numeración de la tarjeta física de la entidad, el beneficiario deberá acreditar la trazabilidad
  • Captura de pantalla o documento justificativo del monedero digital donde se aprecie claramente la vinculación existente entre los últimos dígitos de la tarjeta virtual utilizada y la tarjeta física original.
  • Certificado de titularidad bancaria que confirme que la entidad beneficiaria es la titular de la cuenta y de la tarjeta física asociada.
  • Extracto bancario de la cuenta corriente de la entidad donde conste el cargo definitivo de dicha operación.
  • Pagos en efectivo: De conformidad con el artículo 31.3 de la Ordenanza General de Subvenciones Públicas del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, únicamente se admitirá la acreditación de gastos pagados en efectivo para operaciones de importe inferior a 500,00 euros por factura. Para su debida acreditación, el beneficiario
  • La factura original con el sello de "PAGADO", fecha del cobro y firma del emisor.
  • En su defecto, un recibo de caja o documento de cobro firmado y sellado por
  • La comprobación y fiscalización de la subvención concedida se efectuará por la Intervención General Municipal y los servicios técnicos promotores, de conformidad con el artículo 32 de la Ordenanza municipal, el artículo 32 de la Ley 38/2003 y el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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