CONVENIO NOMINATIVO ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES ÉPORA 2025

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES613 - Córdoba. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MONTORO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • CFD1 4D23 865C 91CD 66B5 Doy Fe Secretaria General GARCIA PALMA MARIA JOSEFA el 28-10-2025 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http:\\www.montoro.es\sede
  • MONTORO De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la ley 58/2003 de 17 de Noviembre general de subvenciones, los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos reglamentariamente establecidos. Por lo tanto, junto a la cuenta justificativa deberán de presentar la documentación acreditativa de las medidas de publicidad y medios de difusión adoptados.
  • QUINTA. Medidas de difusión y publicidad del carácter público de la financiación de la actividad ejecutada. De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la ley 58/2003 de 17 de Noviembre general de subvenciones, los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos reglamentariamente establecidos. Por lo tanto, junto a la cuenta justificativa deberán de presentar la documentación acreditativa de las medidas de publicidad y medios de difusión adoptados.
  • OCTAVA. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. Con el fin de llevar a cabo las actuaciones necesarias de control y supervisión del presente Convenio de Colaboración se establece una comisión de seguimiento del mismo. Ésta se podrá reunir a partir de la firma del convenio realizándose la convocatoria desde el Área M unicipal relacionada con la materia o actividad objeto de este convenio . Su
  • composición será la siguiente:  Concejalía Municipal relacionada con la materia o actividad objeto de este conve - nio.  Un técnico designado por la Concejalía Municipal relacionada con la materia/acti - vidad objeto de este convenio.  El Presidente de de la Asociación de Comerciantes Épora.  Un Técnico o un miembro de la Junta Directiva de la Asociación de Comerciantes Epora. A la Comisión de Seguimiento podrán ser convocadas otros técnicos con el objeto de aportar datos e informes relativos al correcto desarrollado del Convenio.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Comercio, Turismo y Pymes