CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUELVA Y CRUZ ROJA 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES615 - Huelva. La gestiona AYUNTAMIENTO DE HUELVA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • El Ayuntamiento de Huelva colabora con la financiación de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 EUROS ) con cargo a los vigentes Presupuestos del 2026, a los fines anteriormente descritos y para el periodo de vigencia del presente convenio. El Ayuntamiento de Huelva procederá al pago del importe de la subvención después de su justificación, siempre que no tengan pendientes justificaciones de gastos de anteriores convenios, y según la disponibilidad de la Tesorería Municipal, contemplándose la posibilidad del cincuenta por ciento de pago anticipado.
  • Supervisar las actividades y exigir la documentación o información necesaria para su control.
  • Convocar la Comisión de Seguimiento.
  • Las partes utilizarán o aplicarán los datos personales única y exclusivamente conforme a las finalidades e instrucciones derivadas de este convenio, y no los comunicarán o cederán a otras personas, ni siquiera para su conservación.
  • Las partes adoptarán las medidas de seguridad, técnicas y organizativas, establecidas en el Reglamento de Medidas de Seguridad, RD 1720/2007, de 21 de diciembre, todo ello de cara a evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los datos personales, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
  • Las partes están obligadas a guardar el secreto profesional respecto de los datos de carácter personal que trate en el cumplimiento del convenio, obligación que subsistirá aún cuando finalice la vigencia del mismo. Pág. 10 de 12 COPIA AUTÉNTICA. El documento electrónico ha sido aprobado. Este documento ha sido firmado por Concejala Delegada del Área Régimen Interior, Recursos Humanos y Modernización Digital (ELENA PACHECO GARCIA) a las 08:34 del día 17/07/2026y porSegundo Teniente de Alcalde (FRANCISCO JAVIER MUÑOZ GONZALEZ) a las 09:04 del día 17/07/2026. Por medio del código de verificación 0Z680L1J5V3H4I3Z0ZR2 podrá comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Huelva (https://sede.huelva.es)
  • Una vez cumplida la prestación, y en el momento en que, en cumplimiento de las condiciones pactadas o legalmente previstas, finalice la relación entre ambas partes, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos, excepto en lo que la normativa y/o decisiones judiciales pudieran establecer con respecto al mantenimiento temporal mínimo de ciertos datos que por su naturaleza así se requiera; el mismo destino habrá de darse a cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. El incumplimiento de cualquiera de los acuerdos anteriores será causa suficiente para la rescisión del presente convenio, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier clase en que se puedan incurrir por tal incumplimiento.
  • Se contempla el pago anticipado del 50% de la subvención y la justificación en tres meses desde la finalización del periodo de vigencia del convenio, debiendo estar justificadas previamente las subvenciones concedidas con anterioridad.
  • La regla general que contempla la L.G.S. en el art. 34 es que “…el pago de la subvención se realizar· previa justificación por el beneficiario de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el que se concedió…”. Los pagos anticipados son excepciones que están teniendo lugar de forma generalizada.
  • No se establecen en el convenio garantías de tipo alguno para el caso de pagos a cuenta o anticipados, por lo que no serían exigibles, conforme al art. 42.2 d) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
  • Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el artículo 31.3 de la LGS para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
  • El beneficiario se compromete a destacar la colaboración en programas, comunicaciones y publicaciones que tengan relación con las actividades subvencionadas, incorporando de forma visible el logotipo del Ayuntamiento de Huelva”. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los ocho miembros presentes de los nueve que la componen, ACUERDA aprobar la Propuesta que antecede en sus justos términos. Para que así conste, y de orden y con el visto bueno del Ilmo. Sr. Teniente de Alcaldesa en funciones de Alcalde Acctal. (Decreto nº 3403/2026), se emite el presente certificado de conformidad con el artículo 206 del RD 2568/1986, se hace la expresa advertencia de que el presente certificado se expide antes de la aprobación de la correspondiente acta relativa a la sesión de la Junta de Gobierno Local en cuestión. En Huelva, a la fecha y con las firmas electrónicas que figuran en el documento. Pág. 12 de 12
  • PACHECO GARCIA, ELENA Concejala Delegada del Área Régimen Interior, Recursos Humanos y Modernización Digital 17/07/2026 08:34 COPIA AUTÉNTICA. El documento electrónico ha sido aprobado. Este documento ha sido firmado por Concejala Delegada del Área Régimen Interior, Recursos Humanos y Modernización Digital (ELENA PACHECO GARCIA) a las 08:34 del día 17/07/2026y porSegundo Teniente de Alcalde (FRANCISCO JAVIER MUÑOZ GONZALEZ) a las 09:04 del día 17/07/2026. Por medio del código de verificación 0Z680L1J5V3H4I3Z0ZR2 podrá comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Huelva (https://sede.huelva.es)

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social