Convenio la concesión de una subvención nominativa a la ASOCIACIÓN MÁLAGA ACOGE 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    La justificación de la ejecución del proyecto se efectuará po r la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, prevista en el artículo 26 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Málaga, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 30 de la Ley General de Subve nciones en relación con el artículo 72 del Reglamento que desarrolla la mencionada Ley. La documentación justificativa deberá presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, una vez ejecutado el proyecto y siempre antes del 31 de octubre de 2026. Firmado por: CASARES CERVERA, MARIA BEGOÑA Fecha Firma: 17/08/2026 10:29 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: CANTOS RECALDE, FRANCISCO MANUEL Fecha Firma: 17/08/2026 12:09 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: ORENSE TEJADA, JUAN RAMON Fecha Firma: 17/08/2026 13:56 Emitido por: FNMT-RCM Sellado por: AYUNTAMIENTO DE MALAGA Fecha Sello: 17/08/2026 14:00 Emitido por: FNMT-RCM Este ejemplar impreso de documento electrónico se puede verificar mediante el localizador MJDSLP1L7F8L51KJKKRJ53M7X en http://coteja.aytomalaga.intranet o escaneando el código QR que aparece a continuación.
  • justification
    Plazo. El Convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma y hasta el 30 de septiembre de 2026 y cubrirá las actuaciones realizadas por la entidad, dentro del marco del proyecto, desde el 1 de octubre de 2025.» Considerando que la entidad reúne los requisitos para obtener la condición de beneficiaria a los que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones (LGS, en adelante) y que, asimismo, manifiesta expresamente su compromiso de cumplir las obligaciones exigidas por la normativa de aplicación en los términos del Convenio de Colaboración a suscribir por las partes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la citada norma. Considerando, asimismo, que en el expediente obra informe de la Asesoría Jurídica, de fecha 6 de agosto de 2026 (CSV: ERI7JvzlVUFWAT5FHfClFg==), favorable a la concesión de la subvención solicitada. Considerando, a la vist a de lo anterior, que en fecha 10 de agosto de 2026 se emite informe de la Intervención General (CSV: XWEAC2Qb7A3yFO3XmcjPEA==), indicando que “SE INFORMA FAVORABLEMENTE la concesión de la presente
  • justification
    El mayor montante de la subvención es para sufragar gastos de personal, debiendo asegurarse el Área que no genere una relación laboral o de servicios entre la Entidad beneficiaria y este Ayunta miento.
  • justification
    En virtud de lo anterior y en base a lo previsto en el acuerdo de Delegaciones de la Ilma. Junta de Gobierno Local en las Concejalías, Presidencias de las Juntas Municipales de Distrito, Coordinaciones, Direcciones Generales y otros Órganos municipales, de fecha 17 de junio de 2023, por el que se delega en el Concejal Delegado del Área de Derechos Sociales, Diversidad, Igualdad y Accesibilidad, en concreto en su artículo 3.1.a), la competencia en materia de gestión económica de “las facultades inherentes al órgano concedente cuando se tramiten por el procedimiento de concesión directa al estar previstas nominativamente en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Málaga (…). Se entenderán incluidos en la presente delegación (…) la suscripción de los Convenios que deban articular dichas subvenciones cuando proceda conforme a la normativa vigente”.
  • justification
    Facilitar el ac ceso a las personas inmigrantes en situación de exclusión socioresidencial a los recursos específicos existentes.
  • justification
    Informar y orientar sobre los derechos, servicios y programas existentes a las personas inmigrantes en situación de exclusión socioresidencial.
  • justification
    Movilizar, apoyar y coordinar la actuación con las personas inmigrantes en situación de exclusión socioresidencial de os centros de Agrupación de Personas Sin Hogar de Málaga y otros recursos existentes en el entorno. Mediante este proyecto, interviene e n los Objetivos de Desarrollo Sostenible
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    ODS 11: Ciudades y Comunidades sostenibles.
  • justification
    Los concretos frutos del trabajo realizado serán para la entidad.
  • justification
    El servicio prestado en la ejecución del objeto del presente convenio se realizará preferentemente en dependencias de la entidad.
  • justification
    Los medios utilizados en dicha ejecución (ordenadores, material, teléfono, etc.) serán de la titularidad de la entidad.
  • justification
    Los gastos que genere su actividad serán a cargo de la entidad.
  • justification
    Las órdenes directas de trabajo serán dictadas por la entidad.
  • justification
    El Excmo. Ayuntamiento de Málaga no intervendrá en la fijación de la jornada de trabajo, horario, vacaciones, permisos ni retribución.
  • justification
    TERCERO. CUANTÍA E IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA. El coste de ejecución total del Proyecto es de 27.800,00 €. El Área de Derechos Sociales, Diversidad, Igualdad y Accesibilidad aporta la cantidad de 25.000,00 € (VEINTICINCO MIL EUROS) para el desarrollo de este Convenio. Dicho importe s e imputará a la partida 26 2317 48900 2048 , en el ejercicio presupuestario 2026. La entidad deberá aportar la documentación adecuada para justificar la totalidad de los gastos realizados en la ejecución del proyecto. Este coste de ejecución deberá ser justificado documentalmente en la forma prevenida en la normativa vigente que le resulte de aplicación.
  • justification
    CUARTO. PAGO DE LA SUBVENCIÓN. Para proceder al pago de la subvención se hace necesario que la entidad beneficiaria se encuentre al corriente en el cump limiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en relación con el artículo 88 puntos 1 y 2 del Reglamento que la desarrolla: “podrán realizarse pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención”. Dicho pago anticipado supondrá la entrega de fondos con carácter previo a la justificación, pudiendo alcanzar hasta el 75% de la subvención concedida a pagar en
  • justification
    Firmado por: CASARES CERVERA, MARIA BEGOÑA Fecha Firma: 17/08/2026 10:29 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: CANTOS RECALDE, FRANCISCO MANUEL Fecha Firma: 17/08/2026 12:09 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: ORENSE TEJADA, JUAN RAMON Fecha Firma: 17/08/2026 13:56 Emitido por: FNMT-RCM Sellado por: AYUNTAMIENTO DE MALAGA Fecha Sello: 17/08/2026 14:00 Emitido por: FNMT-RCM Este ejemplar impreso de documento electrónico se puede verificar mediante el localizador MJDSLP1L7F8L51KJKKRJ53M7X en http://coteja.aytomalaga.intranet o escaneando el código QR que aparece a continuación.
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    2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • justification
    parte de los gastos en que se hubiera incurrido, a efectos de pérdida de derecho al cobro, se aplicará el principio de proporcionalidad. III.- El pago del importe no anticipado de la subvención se realizará previa justificación por la entidad beneficiaria de la ejecución total del proyecto, que deberá presentarse en la Sede Electrónica del Ayuntamiento a través de los modelos normalizados, antes del 31 de octubre de 2026. El importe correspondie nte al pago no anticipado se abonará con cargo al ejercicio presupuestario del año 2026. IV.- La entidad deberá cumplimentar en todos sus extremos los apartados del modelo de memoria de justificación de subvenciones. En todo caso, la memoria de justificación del proyecto deberá estar firmada por el representante de la entidad.
  • justification
    Memoria técnica justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, do nde especificará con el máximo detalle: Las actividades realizadas, el número de participantes, los resultados obtenidos y las desviaciones respecto del proyecto original. El formato de esta memoria está estrechamente relacionado con el documento de formul ación del proyecto, de modo que mantiene una continuidad entre lo planificado (formulación del proyecto o reformulación del proyecto) con lo que se ha realizado (ejecución), y lo conseguido definitivamente (resultado y grado de consecución de los objetivos previstos). Cualquier información significativa deberá ser incluida en la memoria técnica.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social