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Convenio interadministrativo de cooperación para la realización de Escuelas de Verano entre la Comarca de Hoya de Huesc · 2026

Título oficial: Convenio interadministrativo de cooperación para la realización de Escuelas de Verano entre la Comarca de Hoya de Huesca/Plana de Uesca y el ayuntamiento de Santa Eulalia de Gállego. Ejercicio 2026.

Constituye el objeto del presente convenio la regulación de las condiciones en que se realizará la cooperación entre la Comarca de Hoya de Huesca/Plana de Uesca y el Municipio indicado anteriormente, en la programación, difusión y desarrollo de las Escuelas municipales de verano organizadas por su Ayuntamiento dentro del “Programa de cooperación para la realización de las mismas durante el ejercicio 2026”.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES24 - ARAGON. La gestiona COMARCA DE HOYA DE HUESCA/PLANA DE UESCA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.067,70 €. Inicio: 16/09/2026. Plazo: Fin: 18/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • El Ayuntamiento en su condición de beneficiario, tendrá la obligación de justificar los gastos realizados en ejecución del convenio, en la forma que se indica en el anexo I.
  • asumidos por las partes. El eventual incumplimiento dará lugar al reintegro total o parcial de las cantidades correspondientes a las actividades pendientes de realizar, en los términos previstos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El incumplimiento de la s obligaciones contenidas en el presente convenio podrá, asimismo, dar lugar a una posible indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, según los procedimientos establecidos en la legislación vigente.
  • Que no incurren en ninguna de las causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El solicitante podrá acreditarlo mediante certificado del Secretario en el formulario de solicitud (Modelo S01).
  • Que se hallan al corriente con sus obligaciones de pago con la Comarca Hoya de Huesca|Plana de Uesca. El cumplimiento de este requisito será comprobado directamente por el órgano instructor del procedimiento de concesión.
  • Que se hallan al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Los certificados correspondientes serán recabados directamente por el órgano instructor del procedimiento de concesión, siempre que el solicitante autorice la consulta a la Comarca Hoya de Huesca|Plana de Uesca (Modelo S02). No obstante, si el solicitante no concediera autorización o denegara expresamente el consentimiento para que se recaben los expresados certificados, deberá aportarlos por sí mismo junto con la solicitud.
  • Que el solicitante ha cumplido efectivamente con los requisitos y la realización de la actividad en todas las ayudas que le hayan sido concedidas con anterioridad para el mismo destino y finalidad en el ejercicio anterior por la Comarca Hoya de Huesca|Plana de Uesca. La apreciación de esta condición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación y/o reintegro de la aportación financiera.
  • Que se encuentran al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económico - financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores (Modelo S03). Cultura, enseñanza y juventud Expediente 1766149K
  • 6 REQUISITOS DE SERVICIO La entidad local que se adhiera a este programa debe prestar el servicio de desarrollo efectivo de una escuela de verano en el ámbito rural de la Hoya de Huesca con los requisitos y características propias de ésta. En este sentido, a los efectos de este programa de colaboración, se entenderá por escuela de verano la actividad formativa y
  • Que la organización, desarrollo y ejecución del proyecto sea liderado por un ayuntamiento o entidad local menor integrante de la demarcación comarcal de la Hoya de Huesca.
  • Que las instalaciones donde se desarrollen las escuelas de verano estén debidamente acondicionadas, cumpliendo con la normativa vigente, y que éstas radiquen en cualquier localidad del ámbito rural de la Hoya de Huesca.
  • Que cuente con un director y, en su caso, monitor o monitores con titulación homologada para el desarrollo de la actividad. En cualquier caso, todos los integrantes del equipo deberán obtener el certificado negativo de delitos de naturaleza sexual.
  • Que, como máximo, cuente con una ratio de un monitor por cada quince participantes o fracción.
  • Que la escuela cuente con una inscripción y asistencia mínima de cinco participantes de media.
  • Que las personas participantes sean nacidas entre 2014 y 2023, ambos inclusive. La propuesta de cada entidad puede ser más restrictiva, pero siempre dentro de esta horquilla de edad.
  • Que la escuela se programe dentro del periodo escolar de vacaciones estivales, teniendo en todo caso una duración mínima de dos semanas consecutivas.
  • Que en cada semana se ofrezca un mínimo de cinco jornadas de actividad.
  • Que cada jornada de actividad tenga una duración mínima de 3 horas y un máximo de 8 horas.
  • Que entre las actividades a realizar cuente con contenido de índole cultural (plástico, musical, teatral…) y también vinculado al conocimiento y valoración Cultura, enseñanza y juventud Expediente 1766149K
  • 9 del patrimonio cultural local (monumentos, fiestas tradicionales, tradición oral…). Este contenido deberá especificarse expresa y detalladamente en el proyecto o memoria.
  • Que se acredite tener contratada póliza de seguro de responsabilidad civil que dé cobertura a los posibles siniestros que puedan producirse en el transcurso de la actividad.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Constituye el objeto del presente convenio la regulación de las condiciones en que se realizará la cooperación entre la Comarca de Hoya de Huesca/Plana de Uesca y el Municipio indicado anteriormente, en la programación, difusión y desarrollo de las Escuelas municipales de verano organizadas por su Ayuntamiento dentro del “Programa de cooperación para la realización de las mismas durante el ejercicio 2026”.