Personas jurídicasES419 - Zamora

CONVENIO IEZ FLORIAN DE OCAMPO 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES419 - Zamora. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Declaración responsable del Presidente de la asociación cultural comprensivo de la totalidad de gastos e ingresos de la entidad por en la que se motiva la falta de medios económicos para el inicio de las actividades objeto de subvención previamente al otorgamiento de la ayuda.
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    Saldo bancario completo de todas las cuentas operativas de las que sea titular a fecha de solicitud del anticipo. No podrá realizarse el pago en tanto el beneficiario no se halle al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
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    CUARTA. El INSTITUTO DE ESTUDIOS ZAMORANOS FLORIAN DE OCAMPO, en orden a la justificación del empleo de la subvención, debiendo presentarse conforme los modelos Anexo III y IV (modelos que constan en
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    Memoria explicativa de las actividades realizadas, en la que conste expresa y de forma independiente en que medida los gastos reflejados en las facturas han alcanzado los objetivos y su correspondiente evaluación.
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    Balance de ingresos y gastos de la actividad realizada objeto de subvención.
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    Los documentos y facturas justificativas del gasto realizado. En las facturas habrá de anotarse la diligencia de estar subvencionada por esta Diputación.
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    Certificaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Socia l acreditativas de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
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    SEXTA. El INSTITUTO DE ESTUDIOS ZAMORANOS FLORIAN DE OCAMPO quedará sujeta a las obligaciones que para los beneficiarios establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en la Ordenanza General de Concesión de subvenciones de la Excma. Diputación; y, consecuentemente, deberá justificar el cumplimiento del objeto, condiciones y finalidad de la subvención. La Asociación deberá hacer constar la colaboración de esta Diputación Provincial en todas las actividades realizadas por ésta durante el presente ejercicio. Debe incluir la imagen institucional de esta Diputación Provincial, así como leyendas relativas a esta financiación pública, en carteles, placas conmemorativas, materiales impresos, y medios audiovisuales, o bien en menciones realizadas en medios de comunicación, donde deberá aparecer la 4 Cód. Validación: 97ALETPPJMP2YNGL9MJQNGJKG Verificación: https://diputaciondezamora.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 6
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    Vigilancia y control de su ejecución y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
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    Resolución de dudas y problemas de interpretación que puedan plantarse durante su cumplimiento.
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    El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo. 5 Cód. Validación: 97ALETPPJMP2YNGL9MJQNGJKG Verificación: https://diputaciondezamora.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 6
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    El mutuo acuerdo de los firmantes.
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    El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa no conlleva la indemnización de los perjuicios causados
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    Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
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    Cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes. Y estando ambas partes de acuerdo en el contenido del presente Convenio y para que así conste, y en prueba de conformidad firman los intervinientes en la fecha indicada en el margen.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura