Convenio HERMANDAD EL REFUGIO: Personas sin hogar y Gota de leche.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • - A la finalización de la vigencia del Convenio y como fecha límite 15 de febrero de 202 7, la entidad beneficiaria presentará la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos del convenio que revestirá la forma de cuenta justificativa del gasto realizado, siguiendo las prescripciones establecidas en el artículo 46 de la Ordenanza. Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Convenio a firma ID FIRMA 16300897 PÁGINA 5 / 10
  • SANTA Y REAL HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DEL REFUGIO Y PIEDAD DE ZARAGOZA (SANTIAGO SANCHEZ JORCANO) -
  • M ANGELES OROS LORENTE - CONSEJERA DE POLÍTICAS SOCIALES 23 de julio de 2026 Ayuntamiento de Zaragoza- Documento firmado electrónicamente. Verifique su validez: https://www.zaragoza.es/verifica Código Seguro de Verificación: 50297MTc4NDYxNzQ2NzMxNjkwODUwMjU2
  • POLÍTICAS SOCIALES Página 6 de 10 Al ser la subvención concedida por importe igual o superior a 50.000 euros, se deberá justificar la misma con la aportación de un informe de auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
  • Un informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Anexo J06). En aquellos casos en que el beneficiario esté obligado a auditar sus cuentas anuales por un auditor sometido a la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, la revisión de la cuenta justificativa se llevará a cabo por el mismo auditor, salvo que las convocatorias prevean el nombramiento de otro auditor. En el supuesto en que el beneficiario no esté obligado a auditar sus cuentas anuales, la designación del auditor de cuentas será realizada por él. El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa tendrá la condición de gasto subvencionable. El beneficiario estará obligado a poner a disposición del auditor de cuentas cuantos libros, registros y documentos le sean exigibles en aplicación de lo dispuesto en la normativa vigente, así como a conservarlos al objeto de las actuaciones de comprobación y control previstas en la Ordenanza Municipal de Subvenciones.
  • Memoria de actuación (Anexo J01), conforme se indica en el punto 2.
  • Memoria económica abreviada que contendrá un cuadro presupuestario de ingresos que han financiado la ejecución del proyecto con indicación de las fuentes de financiación así como cuadro presupuestario de gastos debidamente agrupados por conceptos reflejándose las desviaciones acaecidas respecto de las cantidades inicialmente presupuestadas (Anexo J02).
  • Relación de facturas y documentos incluidos y comprobados en el informe del auditor (Anexo
  • Declaración responsable (Anexo J05), según modelo normalizado en la que se haga constar que las cantidades correspondientes al impuesto sobre el valor añadido, IVA, que hayan sido imputadas como gasto en la justificación, no han sido compensadas por la entidad beneficiaria, es decir, que no han sido recuperadas.
  • Fuentes de verificación (Anexo J07), conforme a lo indicado en la cláusula concerniente a la cláusula “difusión” del programa/proyecto.
  • - La memoria de actuación representa la evaluación de las actividades, actuaciones, actos y tareas llevados a cabo y finalizados. Por tanto, deberá referirse a todo aquello ya realizado y concluido, aportando datos exactos y concretos. En ella se presentarán todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el proyecto subvencionado, desagregados por sexo y edad, estableciendo porcentajes, de forma que puede conocerse la población sobre la que incide la subvención. Deberán cumplimentarse todos y cada uno de los apartados de la memoria.
  • - En la justificación económica se tendrán en cuenta los conceptos de justificación que cumplan los requisitos de los gastos subvencionables previstos en el artículo 32 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones. La naturaleza de los gastos subvencionables será la que se recoge en los artículos 33, 34 y 37 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones. Los gastos directos serán aquellos derivados específicamente del desarrollo de la actividad o programa subvencionados y, por tanto, serán subvencionables en su totalidad. En ningún caso se considerarán gastos justificables los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales y los gastos de procedimientos judiciales. Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Convenio a firma ID FIRMA 16300897 PÁGINA 6 / 10
  • POLÍTICAS SOCIALES Página 7 de 10 La entidad beneficiaria deberá tener presente que en ningún caso el importe del convenio podrá destinarse a la adquisición de mobiliario y equipos, de otros bienes de carácter inventariable ni a la realización de gastos de inversión.
  • - En aplicación del art. 37.3 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón en el caso de que el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa reguladora de la contratación pública para el contrato menor , el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que las realicen, presten o suministren o salvo que el gasto se hubiese realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. Dicha exigencia deberá acreditarse mediante su presentación en el documento J09.
  • - La acreditación de pago se efectuará mediante transferencia, adeudo bancario o documento inequívoco de que las facturas presentadas han sido pagadas. Si se abonan en efectivo las facturas deberán estar firmadas y selladas por la entidad emisora haciendo constar que las mismas ha sido abonadas y fecha de pago.
  • - Con relación al Impuesto sobre el Valor Añadido, solo se considerará gasto subvencionable el impuesto soportado que no pueda ser compensado a su vez por la entidad. A tal fin la entidad aportará los documentos en que conste la exención del pago de este impuesto para la actividad incluida en el Proyecto subvencionado y, en su caso, los porcentajes de exención de los que se beneficiaría, así como declaración responsable de que no ha imputado como gasto el IVA que haya deducido. Igualmente podrá presentar documentación complementaria (por ejemplo el certificado de la situación censal tributaria o modelo 390
  • - Cuando las actividades hubieran sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas, mediante declaración responsable efectuada al efecto y su pertinente apunte en el documento J02. La documentación justificativa deberá ser presenta da en tiempo y forma, por administración electrónica referenciando el expediente al que se aporta, a través de los modelos normalizados disponibles en el siguiente enlace. https://www.zaragoza.es/sede/portal/servicios-sociales/servicio/tramite/37678 Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Convenio a firma ID FIRMA 16300897 PÁGINA 7 / 10
  • Deberán presentarse, en todo caso, los documentos siguientes:
  • AUDITOR Adjuntar al expediente de manera electrónica. Modelo No Normalizado J07 FUENTES DE VERIFICACIÓN Adjuntar al expediente de manera electrónica. Modelo No Normalizado
  • POLÍTICAS SOCIALES Página 9 de 10 Las medidas de difusión deberán adecuarse al objeto subvencionado, tanto en su forma como en su duración, pudiendo consistir en la inclusión de la imagen institucional de la entidad concedente, así como leyendas relativas a la financiación pública en carteles, placas conmemorativas, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, o bien en menciones realizadas en medios de comunicación. Para ello, la entidad deberá ponerse en contacto con la Dirección de Comunicación del Excmo. Ayuntamiento

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social